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Ayuda
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El SCIJ
de la Procuraduría General de la República permite la consulta de normas
(leyes, decretos ejecutivos, reglamentos, acuerdos, etc), pronunciamientos
(dictámenes, opiniones legales o judiciales) y asuntos constitucionales. El
buscador simple permite hacer una búsqueda sobre cualquiera de esas áreas de
una forma rápida y fácil como se explica a continuación.
¿Cómo buscar? Resultados Reordenar
resultados
El SCIJ le ofrece cuatro formas diferentes de buscar normas,
pronunciamientos y asuntos constitucionales. La primera se ha llamado búsqueda
simple porque solamente tiene cuatro campos para buscar cualquier documento.
Además está la búsqueda libre, la temática y la selectiva. La búsqueda libre
consulta directamente los textos de las normas, pronunciamientos e informes de
la Procuraduría General. La búsqueda temática busca las normas y
pronunciamientos por medio de
descriptores asociados a ellos. Y la búsqueda selectiva permite la consulta de
normas, pronunciamientos y asuntos constitucionales por medio de las características propias de cada documento
(número, tipo, fecha, etc.).
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Pantalla inicial del SCIJ – Procuraduría General de la República
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A continuación se explica la forma de utilizar cada una de las características
que se muestran en la pantalla inicial del sitio web del SCIJ de la
Procuraduría General.
El buscador simple se encuentra ubicado al lado izquierdo, bajo el
título Buscar. En él se encuentran cuatro campos: uno para digitar
el o los criterios de búsqueda, otro para seleccionar el área en la que se
desea realizar la consulta, uno más por si se quiere indicar el año de la
norma, pronunciamiento o asunto constitucional y finalmente un control para
indicar la cantidad máxima de resultados.
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Búsqueda simple
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El primer campo (y que usualmente aparece vacío) es para digitar lo que
se desea buscar, no importa si es el número de la norma ó pronunciamiento, un
expediente, el nombre de una norma o de un accionante o algún otro dato el que
se conoce. Cualquier dato se puede escribir ahí. Además se pueden digitar más
de una palabra o números, inclusive combinar palabras y números, por ejemplo:
nombre de una norma y número de la norma. Es necesario que se digite algo en
este campo si se quiere realizar una consulta simple. Los otros tres campos
son opcionales, por lo que se pueden ignorar si así se desea. De ser así, el sistema tomará por
defecto la selección de 50 resultados, y buscará en la ficha del documento, sin
importar el año. Otro aspecto importante que cabe mencionar es que para el
sistema le es indiferente si la palabra o palabras que digitó el usuario en el
primer campo llevan tilde, ya que siempre mostrará los resultados que calcen con
ambos casos. Además, el sistema evitará un posible ataque de código malicioso
revisando que la(s) palabra(s) que digite el usuario en este campo, no
correspondan a palabras reservadas del lenguaje SQL.
El segundo campo, el cual se ubica inmediatamente debajo del anterior,
permite la selección del área en la que se va a realizar la consulta. Las tres
áreas son: normativa, pronunciamientos y asuntos constitucionales. La que
aparece inicialmente seleccionada por omisión es normativa, por lo que si no se
cambia esa opción el sistema retornará solamente normas como parte de los
resultados. Si lo que se desea es buscar un pronunciamiento, se debe
seleccionar la segunda opción; mientras que si lo que se desea es un asunto
constitucional se debe elegir la tercera alternativa.
El tercer campo, ubicado a la derecha del control anterior, sirve para
digitar el año de la norma, pronunciamiento o asunto constitucional que se
busca. Se debe digitar los 4 dígitos del año. No es necesario especificar un
año en particular, ya que por omisión el sistema busca en todos los años. Si se
digita un valor en ese campo el sistema revisa que corresponda a un año válido,
por ejemplo, no permite que se digite letras, años que todavía no existen (ej.
el próximo año) o menos de cuatro dígitos. Si el área seleccionada al campo
anterior es normativa, el campo del año se interpreta como el año de aprobación
de la norma; mientras que si se eligió pronunciamientos como el área en la que
se realiza la búsqueda, el campo del año el sistema lo tomará como el año del
pronunciamiento. Si el área seleccionada es asuntos constitucionales el año
corresponde al año de ingreso del expediente.
El cuarto campo permite indicarle al sistema cuantos resultados como
máximo debe retornar. Ese control se encuentra a la par del botón titulado
Buscar. El sistema ofrece la
posibilidad de seleccionar como máxima cantidad de resultados: 50, 100, 150,
200, 300, 400, 500 ó todos los resultados. Esta última alternativa cobra
sentido cuando la consulta puede retornar más de 500 resultados. Es importante tener en cuenta que este campo
no indica la cantidad que siempre va a retornar el sistema, porque se pueden
dar el caso de que para una búsqueda en particular la cantidad de resultados
sea mucho menor a la solicitada.
Cuando se ha digitado el o los criterios se procede a hace clic en el
botón Buscar para que el sistema busque en su base de datos relacional
aquellos documentos que cumplan con todos los criterios especificados.
Abajo del botón Buscar se puede hallar un pequeño control o campo que
permite seleccionar si la busqueda se desea realizar en la 'Ficha del documento'
o en el 'Contenido del texto'. Por default siempre aparece seleccionada la
'Ficha del documento'.
No es necesario que se indique un año o cantidad de resultados máxima,
esos campos son opcionales. En su expresión mínima se puede digitar el dato que
se conozca en el primer campo y luego proceder a hacer clic en el botón
Buscar. Así de simple, de ahí su nombre.
En el formulario de búsqueda simple se pueden encontrar dos imágenes
con un signo de pregunta cada una. Si se hace clic en una imagen de esas el
sistema mostrará un mensaje de ayuda explicando para que sirven los campos del
formulario. Ese mensaje de ayuda se puede desplegar y ocultar en el momento en
que se desee.
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Ayuda
de búsqueda simple
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Para terminar con ese
formulario, hace falta mencionar que al final de la sección de Búsqueda
Simple, se encuentra el enlace de Búsqueda Avanzada, en el cual se mostrará una pantalla para seleccionar un formulario de búsqueda
avanzada de normativa, pronunciamientos o asuntos constitucionales que permite
una búsqueda mucho más detallada que la simple, tal y como se muestra en la
figura siguiente.
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Pantalla
de búsqueda avanzada
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En la siguiente imagen se
puede visualizar un ejemplo de la pantalla de resultados para una búsqueda
simple de normas. Aunque la imagen muestra únicamente los resultados de normas,
los resultados de búsquedas de pronunciamientos y asuntos constitucionales son
similares, con la diferencia únicamente en los resultados propiamente dichos,
pero no así en el diseño y forma de uso.
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Página de resultados para una búsqueda simple en normas
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En la parte superior de la
pantalla se muestra que la palabra buscada fue 'Penal' y cuantos resultados se encontraron
como parte de esa búsqueda. Además se hayan una serie de números que permiten
accesar cualquiera de las páginas de resultados. Esto de las páginas se da
porque por página se presentan una cantidad fija de resultados (en el momento
de hacer este manual, esa cantidad es de 10 resultados por página) para no
presentar pantallas interminables y saturadas de resultados. Presentando los
resultados agrupados por páginas el sistema permite seleccionar cualquier
página directamente con esos enlaces que se muestran en la parte superior e
inferior de la pantalla. Así, por ejemplo si una consulta retorna 45 normas en
total, presentará 5 páginas, la primera con los resultados de la 1 a la 10, la
segunda con los resultados del 11 al 20, la tercera página mostrará los
resultados de la 21 al 30, mientras que la cuarta página hará lo mismo con los
resultados del 31 al 40 y finalmente la quinta página mostrará los resultados
de la 41 a la 45. El sistema marca con color rojo la letra de la página que
está mostrando, en el ejemplo anterior, la página seleccionada es la 1 y por lo
tanto muestra los resultados desde el 1 hasta el 10.
Si los resultados son de
normas, cada resultado muestra lo siguiente:
- Un número que indica la posición del resultado según el
ordenamiento de los resultados.
- El tipo de norma (ley, decreto ejecutivo, acuerdo, reglamento,
etc.)
- El número de la norma
- La fecha de la norma
- El estado de la norma (si no está vigente)
- El nombre de la norma.
- Enlace a la ficha de la norma.
- Enlace al texto del primer artículo de la norma (si se tienen los
artículos)
Si los resultados son de
pronunciamientos, cada resultado muestra lo siguiente:
- Un número que indica la posición del resultado según el
ordenamiento de los resultados.
- El tipo de pronunciamiento (dictamen, opinión legal o jurídica)
- El número del pronunciamiento
- La fecha del pronunciamiento
- El estado del pronunciamiento (si no es vigente)
- Enlace a la ficha del pronunciamiento
- Enlace al resumen del pronunciamiento (si lo posee)
- Enlace a los descriptores del pronunciamiento
Si los resultados son de
asuntos constitucionales, cada resultado muestra lo siguiente:
- Un número que indica la posición del resultado según el
ordenamiento de los resultados.
- El expediente
- El accionante o consultante
- La clase de asunto
- Un enlace al expediente del asunto constitucional
Al lado derecho se pueden
encontrar dos imágenes que permiten ir al final o inicio de la página de resultados,
esto con el objetivo de facilitar un poco el scroll de esa pantalla.
Desde cualquier página de resultados (con excepción de las páginas de resultados de las búsquedas temáticas de normativa, normas usuales y temática de pronunciamientos),
el sistema mostrar un “mini-formulario” de re-ordenamiento de los resultados obtenidos de la búsqueda,
independientemente si los resultados son de normas, pronunciamientos o asuntos constitucionales.
Basta con que el usuario seleccione el rubro por el que desea ver los resultados, o el sentido (ascendente o descendente) en el que desea que se le desplieguen.
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Mini-formulario de reordenamiento de resultados
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Mediante este “mini-formulario” se reordenarán todos los resultados que se están visualizando (incluyendo no sólo la página que se encuentre seleccionada en ese momento, sino todas las páginas de los resultados).
Es importante indicar que cada vez que se seleccione alguna opción de cualquiera de los dos controles que conforman este “mini-formulario”,
el sistema automáticamente procederá a re-ordenar los resultados desplegados por el nuevo criterio seleccionado.
Los rubros por los cuales se pueden reordenar los resultados de las búsquedas de las normativas, los pronunciamientos y los asuntos constitucionales son los siguientes:
- Búsqueda libre de normativas: Fecha, Tipo, Ente Emisor.
- Búsqueda selectiva de normativas: Fecha, Tipo, Ente
- Búsqueda libre de pronunciamientos: Fecha, Tipo; Ente
- Búsqueda selectiva de pronunciamientos: Fecha, Número, Tipo
- Búsqueda libre asuntos constitucionales: Expediente, Accionante, Clase, Fecha
- Búsqueda selectiva de asuntos constitucionales: Expediente, Accionante, Clase
Si por otro lado, lo que se desea es filtrar más los resultados obtenidos en la consulta inicial,
realizando una nueva búsqueda solo sobre los resultados obtenidos, a la derecha del “mini-formulario” de reordenamiento,
en las páginas de resultados de las búsquedas libres de las normativas, los pronunciamientos y los asuntos constitucionales,
se ubica otro “mini-formulario” de búsqueda, tal y como se puede apreciar en la siguiente figura
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Formulario para reordenar o buscar entre los resultados después de una búsqueda simple
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Para ello basta con que el usuario digite el texto que desea buscar y, al hacer clic en el botón “Buscar” el sistema procederá a realizar la nueva búsqueda incluyendo el texto anterior y el nuevo texto indicado por el usuario,
ordenándola de acuerdo al rubro y al sentido (ascendente o descendente) que se encuentre seleccionado actualmente en el “mini-control” de reordenamiento de resultados. Cabe señalar que el
sistema le aplicará los mismos filtros de seguridad al texto digitado por el usuario en este nuevo “mini-control” de búsqueda para evitar la inserción de código malicioso que pueda poner en riesgo la integridad o seguridad de la información almacenada en la base de datos de SCIJ_NRM.
Es el menú superior que aparece en todas las páginas del nuevo sitio web del SCIJ – PGR.
En él se puede localizar el logo del SCIJ en la parte superior izquierda de la pantalla del explorador.
En el lado opuesto, esquina superior derecha se encuentra el logo de la Procuraduría General de la República que a su vez es un link hacia la página principal de esta Institución Pública.
Seguidamente se pueden localizar siete opciones de menú generales en todo el Sistema Costarricense de Información Judicial como lo son:
un link para el SCIJ del Poder Judicial, otro para el sitio de jurisprudencia del Poder Judicial, otro para el SCIJ del SINALEVI
de la Procuraduría General de la República, el cuarto link es para ir al SCIJ del Ministerio de Hacienda,
el quinto link para acceder al sitio de la corte interamericana, el sexto link para ir a la ayuda del sitio web
y finalmente el séptimo link para ir al mapa del sitio de todo el SCIJ.
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Menú
Principal del SCIJ
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Se llama menú principal ya
que se encuentra durante todas las páginas del sitio y contienen en sí las
grandes áreas del sistema. Por su parte el menú que se visualiza en el lado
izquierdo, con fondo azul y letras blancas, se le conoce como menú contextual
puesto que suele cambiar de acuerdo con lo que se esté visualizando en la parte central
de la pantalla.
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Menú contextual inicial para del SCIJ Procuraduría General
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El menú de la figura anterior muestra cinco opciones, no obstante la primera de ellas no se puede seleccionar, nada más actúa como indicador del área a la que se refieren las otras opciones. Las opciones son para ir a los formularios de búsqueda libre, selectiva, temática y de normas usuales de las normas.
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