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 Normativa >> Tratados Internacionales 8661 >> Fecha 19/08/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Tratados Internacionales 8661 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

Artículo 10

Derecho a la vida

Los Estados Partes reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.


 

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