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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 43
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Artículo 43
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43

Artículo 43.-Todo egreso se hará por medio de cheque contra el

Banco, expedido nominalmente a favor del interesado el reembolso de la

Caja Chica se hará una vez agotado el monto autorizado por la Junta

Directiva, con cheque expedido a favor de la persona que administre esta

caja.

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