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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26831 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 175
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26831 - Articulo 175
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Artículo 175
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Artículo 175

Artículo 175.- Recurso de revocatoria en el transporte público. Contra toda actuación administrativa que afecte los intereses de las partes involucradas o deniegue el otorgamiento de cualquier beneficio que establece la ley 7600 y el presente reglamento, podrán interponerse dentro del término de tres días, contados a partir de la comunicación del acto, recursos de revocatoria ante el órgano que lo dictó y apelación ante la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.


 

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