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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 148
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 148
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Artículo 148
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148

Artículo 148.-Los miembros del colegio no están obligados a

afiliarse a ninguna Agrupación Gremial.

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