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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 67
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 67
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Artículo 67
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67

CAPITULO X

DE LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 67.-La elección de los miembros de la Junta Directiva se

hará de acuerdo al Reglamento Interno de Elecciones que aprobará la

Asamblea General.

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