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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 1
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Decreto Ejecutivo

REGLAMENTO A LA LEY ORGANICA

DEL COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS

CAPITULO I

DE LAS DEFINICIONES

Artículo 1º.-Las palabras, nombres, términos y frases que se emplean

en las disposiciones de este reglamento, se entenderán de la siguiente

forma:

a. ASESORIA PERMANENTE: Asesoría en la que un Médico Veterinario y el

establecimiento se comprometen ante el Colegio, mediante contrato; a

prestar el primero y recibir el segundo, asesoría técnica en forma

sistemática. La frecuencia, el tipo y otras características serán

definidas en el contrato y aprobadas por el Colegio;

b. BITACORA: Cuaderno de bitácora de regencia;

c. COLEGIADO: Miembro del Colegio de Médicos Veterinarios;

d. COLEGIO: Colegio de Médicos Veterinarios;

e. CUOTA ESPECIAL: Cuotas establecidas por las Agrupaciones Gremiales o

Filiales Regionales que satisfacen únicamente sus respectivos

asociados;

f. CUOTA EXTRAORDINARIA: Cuota que establece la Asamblea General con un

destino específico y que deben satisfacer todos los colegiados;

g. CUOTA ORDINARIA: Cuota mensual que deben satisfacer los miembros del

Colegio y que establece la Asamblea General;

h. DIRECTIVO: Integrante de la Junta Directiva;

i. FONDO: Fondo de Mutualidades y Contingencias;

j. INSPECTORIA: Organo del Colegio, dependiente de la Fiscalía,

encargado del control de la asesoría permanente ligada al crédito;

k. JUNTA DIRECTIVA: Junta Directiva del Colegio de Médicos

Veterinarios;

l. LEY ORGANICA: Ley No. 3455, Ley Orgánica del Colegio de Médicos

Veterinarios del diez de noviembre de 1964;

m. MEDICINA VETERINARIA: Profesión del área biológica del grupo de las

Ciencias de la Salud o Ciencias Médicas;

n. MEDICO VETERINARIO: Profesional con grado académico mínimo de

licenciado en Medicina Veterinaria;

ñ. PAPELERIA OFICIAL: Bitácoras, Protocolos, Certificados, Constancias,

Recetas y otros documentos del Colegio que la Junta Directiva

determine que deben ser usados por sus miembros;

o. PREMIO: Premio otorgado por el Colegio de Médicos Veterinarios;

p. PROFESION: Profesión de Medicina Veterinaria;

q. PROTOCOLO: Cuaderno de Protocolo de asesoría permanente;

r. REGLAMENTO O CODIGO INTERNO: Regulación interna del Colegio dictada

por la Asamblea General.

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