Este servicio le permite presentar una denuncia ante la
Procuraduría de la Ética Pública (PEP).
Antes de presentar su denuncia, debe leer y aceptar los términos del servicio.
¿Qué conductas o hechos puede denunciar ante la PEP?
La Procuraduría de la Ética Pública es competente para investigar denuncias sobre
presuntos actos de corrupción. Importante señalar que la corrupción se define como
el uso indebido del poder o de los recursos públicos para beneficio personal,
político particular o de terceros.
Entre otras conductas que pueden constituir actos de corrupción se incluyen:
- Infracciones al deber de probidad que sugieran la comisión de actos de corrupción.
- El aprovechamiento indebido del cargo o de la función pública.
- Las actuaciones en situación de conflicto de intereses.
- Faltas al deber de abstención.
- Nombramientos de familiares (nepotismo).
- Conductas que puedan configurar posibles delitos contra los deberes de la función pública.
¿Qué conductas o hechos NO son competencia de la PEP?
La Procuraduría de la Ética Pública no es competente para atender, entre otros:
-
Delitos comunes, tales como robos, hurtos, estafas, fraudes o suplantación de identidad.
En estos casos, puede dirigir su denuncia al Organismo de Investigación Judicial (OIJ)
al correo oij_denuncias@poder-judicial.go.cr.
-
Irregularidades en el uso de fondos, bienes y recursos públicos o en los procesos de
contratación administrativa y presupuestos. En estos casos, puede dirigirse a la
Contraloría General de la República (CGR) mediante el siguiente enlace:
Formulario de denuncia digital – CGR
Si su denuncia corresponde a alguno de los hechos o conductas señaladas anteriormente,
la PEP no podrá tramitarla.
Al dar clic en el botón ACEPTO, usted declara que da por entendida
la información que se le ha expuesto y acepta los términos y condiciones del servicio.