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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 207 del 20/09/2024
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Dictamen 207
 
  Dictamen : 207 del 20/09/2024   

20 de setiembre de 2024


PGR-C-207-2024


 


Señor


José Francisco Matamoros Bonilla


Fiscal


Colegio de Ciencias Económicas de Costa Rica


 


Estimado señor:


 


            Con la aprobación del Procurador General de la República, doy respuesta a su oficio no. CCE-FI-1542-2024 de 4 de setiembre de 2024, mediante el cual, a raíz de lo indicado en el dictamen no. PGR-C-187-2024 de 4 de setiembre de 2024, requiere se le aclare lo siguiente:


 


“¿En que forma la Fiscalía resulta un órgano sometido a la estructura institucional y orgánica de la Junta Directiva?, lo anterior, para comprender de mejor forma, el requisito de accionar la potestad consultiva de la Procuraduría a través de ese otro órgano del Colegio.”


 


            Aunque su gestión no se presenta como una solicitud de reconsideración del dictamen PGR-C-187-2024, debe aclararse que los criterios que emite la Procuraduría declarando la inadmisibilidad de una consulta no pueden ser objeto de las gestiones de reconsideración que prevé el artículo 6° de nuestra Ley Orgánica (no. 6815 de 27 de setiembre de 1982). (Véanse los dictámenes nos. C-136-2006 de 3 de abril de 2006, C-056-2014 de 6 de febrero de 2014, C-079-2020 de 4 de marzo de 2020 y C-121-2020 de 3 de abril de 2020).


 


También, pese a que nuestra Ley Orgánica no contempla la gestión de adición y aclaración de dictámenes, ésta podría ser atendida exclusivamente cuando uno de nuestros criterios sea incompleto o posea contradicciones, ambigüedades u oscuridades. (Al respecto, véanse nuestros dictámenes Nos. C-318-2011 de 16 de diciembre de 2011, C-275-2018 de 5 de noviembre de 2018 y C-119-2019 de 30 de abril de 2019).


 


Si bien es cierto, mediante esa gestión pueden aclararse puntos confusos de un dictamen o adicionarse algún aspecto que, aunque consultado, haya sido omitido, no podría fungir como un medio para solicitar la ampliación de nuestro criterio sobre cuestiones que no fueron consultadas originalmente o para responder nuevas dudas que surgen a raíz de nuestro dictamen.


 


 


Pese a lo anterior, debe aclararse que en el dictamen PGR-C-187-2024 se declaró inadmisible la consulta planteada porque la Fiscalía no es un órgano que ejerza la jerarquía de la Corporación, es decir, la Fiscalía no es el jerarca del Colegio de Ciencias Económicas.


 


Por ello se indicó que “la Fiscalía es un órgano sometido a la estructura institucional y orgánica del Colegio, y, por tanto, no ostenta funciones de jerarca del Colegio. En consecuencia, no está legitimado para consultar.” Por tanto, queda claro que en ese dictamen no se dijo, como lo indica en su nota, que la Fiscalía es un órgano sometido a la estructura institucional y orgánica de la Junta Directiva.


 


             De usted, atentamente,


 


 


 


                                                                       Elizabeth León Rodríguez


                                                                       Procuradora


ELR/ysb


Cód. 8865-2024