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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Jurídica 068 del 01/10/2012
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Opinión Jurídica 068
 
  Opinión Jurídica : 068 - J   del 01/10/2012   

1 de octubre del 2012

1 de octubre del 2012


OJ-068-2012


 


Licenciada


Silma Bolaños Cerdas


Jefa del Área


Comisión Permanente de Asuntos Económicos


Asamblea Legislativa


S. O.


 


Estimada señora:


 


            Con la aprobación de la Procuradora General de la República, me refiero a su oficio TUR-968-18.162-11 recibido el 18 de octubre de 2011, en el cual se consulta nuestro criterio respecto al proyecto denominado “Ley para la Promoción del Turismo Rural”, que se tramita bajo el expediente legislativo número 18.162. Antes de atender su solicitud, me permito aclararle que éste pronunciamiento no reviste el efecto vinculante que caracteriza a nuestros dictámenes.


 


            Al respecto, se hace ver que el 17 de julio de 2009 se promulgó la Ley 8724 de Fomento del Turismo Rural Comunitario, la cual tiene por objeto “fomentar la actividad turística de tipo rural comunitario, cuyas siglas serán TRC, por medio del impulso de empresas de base familiar y comunitaria, conformadas según la Ley de asociaciones, 218, y la Ley de asociaciones cooperativas y creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, 4179, y sus reformas, con el fin de que las personas habitantes de las comunidades rurales procuren la gestión de su propio desarrollo, incluido el manejo de destinos turísticos locales; además, que participen en la planificación y el aprovechamiento de los recursos naturales de su entorno de manera sostenible, a fin de que les permita una mejor condición de vida” (artículo 1°). Ley, que además de regular –entre otros aspectos relevantes- el tema de los beneficios e incentivos destinados a las agrupaciones que cuentan con la declaratoria turística, se encuentra debidamente reglamentada por el decreto ejecutivo 36273, del 27 de setiembre de 2010.


 


            En ese sentido, lo primero que se debe considerar en la discusión de esta iniciativa de ley, es que desde hace tres años existe una ley para Fomentar el Turismo Rural Comunitario. A partir de allí, se podrá definir si el proyecto de ley tiene alguna viabilidad, o si más bien se desestima de manera definitiva.


 


Atentamente,


 


Gloria Solano Martínez


Procuradora


GSM/HMU