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Transitorio I- El certificado de Buenas Prácticas
de Manufactura solicitado en el numeral 11.5, 16.5, 18.9.2,
18.11.1, 18.16.3 del presente decreto, no será exigido hasta que a nivel nacional
se cuente con un Reglamento
de Buenas Prácticas de
Manufactura para EMB.
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