ARTÍCULO 5- Proceso de transición
El Concejo de Distrito de Puerto Jiménez y la
Municipalidad de Golfito, en caso de que así lo considere necesario, coordinará
el proceso de transición con el Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica (Mideplán) y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), en
conjunto con la Municipalidad de Golfito. La Contraloría General de la
República deberá brindar al nuevo cantón, en coordinación con Mideplán e IFAM,
cada una en el ámbito de sus competencias, el asesoramiento necesario que
facilite la transición presupuestaria correspondiente.
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