TÍTULO VII
- SANCIONES
CAPÍTULO I
- Sanciones administrativas
ARTÍCULO 54.-
El Ministerio de Salud podrá suspender o revocar la
autorización para realizar los procesos de donación y trasplante de órganos o
tejidos a los establecimientos de salud que no cumplan alguno de los requisitos
establecidos en la presente ley.
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