Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37899 >> Fecha 08/07/2013 >> Articulo 50
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 50     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 37899 - Articulo 50
Ir al final de los resultados
Artículo 50
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente

Artículo 50.—Confidencialidad de la información. Toda documentación e información aportada al expediente se presumirá confidencial, e inicialmente se incorporará al expediente confidencial de la investigación, para luego ser clasificada como corresponda.

Ir al inicio de los resultados