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CAPITULO XXVIII
DEL CIERRE DE NEGOCIOS
(Así adicionado este
Capítulo por el artículo 3º del Decreto Nº 21580 de 10 de setiembre de 1992,
integrado por los artículos 84 a 86: fue DEROGADO por el artículo 16 del Decreto
Ejecutivo Nº 25046 de 26 de marzo de 1996, regulándose actualmente la materia
en el Capítulo XXVII anterior)
ARTICULO 113.-(Derogado por
el artículo 16 del decreto ejecutivo Nº 25046 de 26 de marzo de 1996)
(Corrida la numeración por el artículo 5° del decreto ejecutivo N°
41818 del 17 de junio de 2019, que lo traspaso del artículo 84 al 82, ya que
mediante el artículo 5° del decreto ejecutivo N° 41818 del 17 de junio de 2019,
se ordena derogar los numerales 18 y 19)
(Corrida su numeración por el artículo 5° del decreto
ejecutivo N° 41818 del 17 de junio del 2019, que lo traspasó del artículo 82 al
81 , ya que mediante el artículo 5° del decreto ejecutivo N° 41818 del 17 de
junio de 2019, se ordena derogar el original artículo 26” Venta de terrenos en lotes urbanizados”)
(Corrida su numeración por el artículo 3° del decreto
ejecutivo N° 41818 del 17 de junio del 2019, que lo traspasó del artículo 81 al
103)
(Corrida su numeración
por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41818 del 17 de junio del 2019, que
lo traspasó del artículo 103 al 113, toda vez que incluyó un nuevo Título V que
contiene de los artículo 65 al 74)
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