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ARTICULO
92.Tarifas. La tarifas aplicables a los montos de las rentas remesadas al
exterior, son las que se indican en el artículo 59 de la ley.
(Así
reformado por el inciso 13) del artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 29643 de 10
de julio del 2001).
(Corrida la numeración
por el artículo 5° del decreto ejecutivo N° 41818 del 17 de junio de 2019, que
lo traspaso del artículo 63 al 61, ya que mediante el artículo 5° del decreto
ejecutivo N° 41818 del 17 de junio de 2019, se ordena derogar los numerales 18
y 19)
(Corrida su numeración por el artículo 5° del decreto
ejecutivo N° 41818 del 17 de junio del 2019, que lo traspasó del artículo 61 al
60 , ya que mediante el artículo 5° del decreto ejecutivo N° 41818 del 17 de
junio de 2019, se ordena derogar el original artículo 26” Venta de terrenos en lotes urbanizados”)
(Corrida su numeración por el artículo 3° del decreto
ejecutivo N° 41818 del 17 de junio del 2019, que lo traspasó del artículo 60 al
82)
(Corrida su numeración
por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41818 del 17 de junio del 2019, que
lo traspasó del artículo 82 al 92, toda vez que incluyó un nuevo Título V que
contiene de los artículo 65 al 74)
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