CAPÍTULO II
SECCIÓN I
DISPOSICIONES
GENERALES
ARTÍCULO
11.- Juramentación
Los magistrados presentarán juramento constitucional ante la Corte
Suprema de Justicia. Quienes ejerzan la Secretaría y la Prosecretaría, los
delegados, los jefes de sección o de departamento del Tribunal, así como el
director, los oficiales mayores, el secretario, los jefes de sección y los
jefes de oficinas regionales del Registro Civil y del Registro Electoral, lo
harán ante el TSE.
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