DECRETOS
N°
25270-H
(Nota de Sinalevi: Mediante el
artículo 597 del Reglamento a la Ley General de Aduanas aprobado mediante
decreto ejecutivo N°
44051 del 18 de mayo de 2023, se ordenó derogar el presente decreto
ejecutivo, excepto sus Títulos
II y III)
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y
EL MINISTRO DE HACIENDA,
En
uso de las facultades que le confieren los incisos 3), 10) y 18) del artículo
140 de la Constitución Política de la República de Costa Rica,
Considerando:
I.-Que
mediante Ley N° 7485 de 6 de abril de 1995 se aprobó el Protocolo de
Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano II.
II.-Que
mediante Ley N° 7557 de 20 de octubre de 1995 se promulgó la Ley General de
Aduanas.
III.-Que
de acuerdo con el Transitorio V de la Ley General de Aduanas, el Poder
Ejecutivo debe proceder a su reglamentación. Por tanto,
DECRETAN:
El siguiente,
REGLAMENTO A LA LEY GENERAL DE ADUANAS
LEY
No. 7557 DE 20 DE OCTUBRE DE 1995
TÍTULO I
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Objeto
Artículo 1º-Objeto.
(Derogado por el artículo
597 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante decreto
ejecutivo N° 44051 del 18 de mayo del 2023)
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