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 Normativa >> Ley 8149 >> Fecha 05/11/2001 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 8149 - Articulo 5
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Artículo 5
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ARTÍCULO 5

ARTÍCULO 5.- El Instituto establecerá un nexo institucional con el Servicio de Extensión Agrícola del Estado, que garantice la transferencia tecnológica a los pequeños y medianos productores agropecuarios, en forma directa y sin costo.

 

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