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Artículo 4º—Administración y fiscalización del impuesto
Artículo 4º—Administración y fiscalización del impuesto. La administración y fiscalización del impuesto corresponden a la Dirección General de Tributación. La recaudación sobre la producción nacional le corresponderá a dicha dirección y las aduanas del país recaudarán el impuesto relativo a las importaciones o internaciones.
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