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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29428 >> Fecha 30/03/2001 >> Articulo 60
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29428 - Articulo 60
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Artículo 60
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Artículo 60

Artículo 60.—De las funciones por equivalencias. Los funcionarios del Servicio Exterior desempeñarán funciones indistintamente en el Servicio Interno, en el Servicio Diplomático o Consular, de acuerdo con las siguientes equivalencias.

a) En el Servicio Interno:

Categoría Equivalencia Cargos aplicables /Funciones

Primera Director Embajador Jefe de Gabinete

Embajador Inspector de Embajadas

Embajador Director

Embajador Director Alterno

Embajador Asesor

Segunda Jefe de Departamento Ministro Jefe de Departamento

Ministro Asesor

Ministro Experto de Dirección

Tercera Subdirector del Ceremonial Consejero Subdirector del Ceremonial

Consejero Jefe de Oficina

Consejero de Dirección

Cuarta Jefes o Encargados de Sección Primer Secretario Experto de Área

Quinta Funcionario auxiliar con más

de 4 anos de servicio Segundo Secretario Analista e

Investigador

Sexta Funcionario auxiliar con más

de 2 y menos de 4 anos de servicio Tercer Secretario Analista

Sétima Funcionario auxiliar en período de

prueba y hasta 2 anos de servicio Agregado Asistente

b) En el Servicio Diplomático:

Categoría Equivalencia Cargos /Funciones

Primera Embajador Jefe de Misión o representante ante

Organismos Internacionales. Es a quien

corresponde la organización y

representación de la misión.

Excepcionalmente se le designa como

embajador o representante alterno, de

acuerdo a las disposiciones del Estado

receptor y de la Convención de Viena.

Segunda Ministro Ostenta la representación de la Misión en

ausencia del Embajador y es quien ejecuta

programas políticos y económicos y

cualquier otra función que le asigne el

Embajador

Tercera Consejero Ejecuta una labor de asistencia al Ministro

de la Misión y cualquier otra función que le

asigne éste y/o el Jefe de Misión.

Cuarta Primer secretario Los primeros, segundos y terceros

secretarios ejecutan programas específicos

asignados por el Jefe de Misión o bien el

Ministro de la Misión. Además Ejecuta

labores de asistencia a las categorías

superiores

Quinta Segundo Secretario (igual al primer secretario)

Sexta Tercer Secretario (igual al primer secretario)

Sétima Agregado Labores de agregaduría comercial, cultural,

agrícola, de prensa o cualquier otra espe-

cialidad y las que le asigne el Jefe de la

Misión

c) En el Servicio Consular

Categoría Equivalencia Cargos /Funciones

Primera ----- ------

Segunda Cónsul General de Primera

Clase Desempeña las labores consulares

previstas en la Ley Orgánica del

Servicio Consular, en oficinas

consulares que tienen su sede en

capitales nacionales o en la

ciudad más populosa de un

Estado federado. Funge como

Jefe de la Oficina Consular.

Tercera Cónsul General de Segunda

Clase. Desempeña las labores consulares

previstas en la Ley Orgánica del

Servicio Consular, en oficinas

consulares que tienen su sede en

capitales de Estados federados no

comprendidas en el aparte

anterior.

Cuarta Cónsul de Primera Clase Desempeña las labores consulares

previstas en la Ley Orgánica del

Servicio Consular, en oficinas

consulares que tienen su sede en

capitales provinciales o

departamentales de Estados

unitarios o en otras ciudades

ubicadas en la jurisdicción de un

Consulado General de Primera

Clase, o en uno de éstos bajo la

autoridad del Cónsul General de

Primera Clase.

Quinta Cónsul de Segunda Clase Desempeña las labores consulares

previstas en la Ley Orgánica del

Servicio Consular, en oficinas

consulares que tienen su sede en

otras ciudades ubicadas en la

jurisdicción de un consulado

General de segunda, no com-

prendidas en los apartes

anteriores, o en uno de éstos bajo

la autoridad de un Cónsul

General de Segunda Clase.

Sexta Vicecónsul Colabora con y ejecuta los

trámites consulares bajo las

instrucciones de un Cónsul o

Cónsul General.

Sétima Agente Consular Se designa para cumplir

funciones específicas en materia

consular, bajo las instrucciones

de un Cónsul o Cónsul General.

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