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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29375 >> Fecha 08/08/2000 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 29375 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15

Artículo 15.—La coordinación interinstitucional se llevará a cabo a través de las siguientes instancias: a- Comisión Técnica Nacional de Uso, Manejo y Conservación de Suelos; b- los Comités de Manejo, Conservación y Recuperación de Suelos por Áreas; c- Direcciones Nacionales y Regionales del MAG y sus Agencias de Servicios Agropecuarios, Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica y la Secretaría Nacional de las Covirenas.

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