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Artículo 5°Derechos y
obligaciones del patentado. La municipalidad delega en el patentado su facultad de
ejercer el control y la explotación de las actividades lucrativas necesarias para el
desarrollo del cantón. Mediante el certificado que contiene el derecho de patente, el
patentado adquiere derechos y obligaciones de acuerdo a la ley los cuales deberá ejercer
y cumplir fielmente bajo pena de ser sancionado de acuerdo a este Reglamento y las normas
vigentes en la nación.
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