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 Normativa >> Reglamento municipal 90 - 1 >> Fecha 05/10/1999 >> Articulo 12
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Normativa - Reglamento municipal 90 - 1 - Articulo 12
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Artículo 12
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Articulo 12.—Sanciones por incumplimiento de requisitos. La Municipalidad podrá sancionar mediante las normas que tiene este Reglamento y las otras que no se le opongan y le complementen, aquellas conductas del patentado que impliquen el incumplimiento de los requisitos ya dichos atrás, antes y durante el ejercicio del derecho consagrado en el certificado de la patente y de acuerdo a las normas del Ordenamiento Jurídico vigente.

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