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Articulo 12.Sanciones por
incumplimiento de requisitos. La Municipalidad podrá sancionar mediante las
normas que tiene este Reglamento y las otras que no se le opongan y le complementen,
aquellas conductas del patentado que impliquen el incumplimiento de los requisitos ya
dichos atrás, antes y durante el ejercicio del derecho consagrado en el certificado de la
patente y de acuerdo a las normas del Ordenamiento Jurídico vigente.
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