Articulo 17.Subcategorias de
patentados de acuerdo a la determinación. De entre los patentados ya existentes que
actualmente tienen una licencia municipal en explotación pueden reconocerse las
siguientes subcategorías:
a) Patentados existentes que declaran
impuesto de renta: son aquellos que ya han declarado, al menos en una ocasión
anteriormente, el impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa
sobre sus ingresos brutos de operación.
b) Patentados existentes que no han
declarado impuesto de renta: son aquellos que aún no han declarado, ni siquiera una sola
vez, el impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa
sobre sus ingresos brutos de operación.
c) Patentados existentes que funcionan como
sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen en lugares distintos de
donde están ubicadas sus casas matrices pero que deben poseer los mecanismos de control
interno, tanto contable como financieramente, para la determinación exacta de los
ingresos que reciben por sus operaciones en el área de influencia geográfica de la
Municipalidad de Pérez Zeledón de acuerdo al articulo 2 de este Reglamento.
d) Patentados existentes que abren
sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen actualmente con una patente
o licencia municipal en una casa matriz la cual que desea expandirse a otro lugar distinto
del que ya funciona, como una sucursal o agencia.
e) Patentados que son agentes
distribuidores o vendedores: Son aquellos que realizan la actividad lucrativa de venta de
productos y servicios dentro del cantón de Pérez Zeledón como agentes distribuidores o
vendedores de casas matrices ubicadas fuera o dentro de este cantón, sin utilizar un
inmueble para el desarrollo de su actividad, sino por medio de vehículos automotores.
De entre los patentados nuevos que
solicitan una licencia municipal se pueden distinguir las siguientes subcategorias:
a) Patentados nuevos que declaran impuesto
de renta: son aquellos que ya han declarado, al menos en una ocasión anteriormente, el
impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa sobre sus ingresos
brutos de operación.
b) Patentados nuevos que no declaran
impuesto de renta: son aquellos que aún no han declarado, ni siquiera una sola vez el
impuesto sobre la renta a la Dirección General de Tributación Directa sobre sus
ingresos brutos de operación.
c) Patentados nuevos que funcionaran como
sucursales: Son aquellas actividades lucrativas que se ejercerán en lugares distintos de
donde están ubicadas sus casas matrices pero que deben poseer los mecanismos de control
interno, tanto contable corno financieramente, para la determinación exacta de los
ingresos que reciben por sus operaciones en el área de influencia geográfica de la
Municipalidad de Pérez Zeledón de acuerdo al articulo 2 de este Reglamento.
d) Patentados nuevos que abren sucursales:
Son aquellas actividades lucrativas que se ejercen actualmente con una patente o licencia
municipal en una casa matriz la cual desea expandirse a otro lugar distinto del que ya
funciona, como una sucursal o agencia.
e) Patentados nuevos que desean ser agentes
distribuidores o vendedores: Son aquellos que realizarán la actividad lucrativa de venta
de productos y servicios dentro del cantón de Pérez Zeledón como agentes distribuidores
o vendedores de casas matrices ubicadas fuera o dentro de este cantón, sin utilizar un
inmueble para el desarrollo de su actividad. sino por medio de vehículos automotores.