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TRANSITORIO PRIMERO
Considerando que para el
logro de una eficiente organización acorde con los objetivos legales y reglamentarios
propuestos es necesario un cambio estructural, el Despacho Ministerial ordenará los
movimientos de personas que correspondan de conformidad con la legislación vigente en el
régimen de empleo público.' No se concretará ninguna supresión de puestos hasta tanto
no se haya cumplido con los procedimientos constitucionales y legales existentes.
En un término no mayor
a seis meses deberán haberse realizado los traslados de plaza cuando corresponda a efecto
de cumplir con la estructura y las funciones establecidas para cada una de las
estructuras.
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