1. Generar las políticas institucionales
en materia de los Recursos Humanos.
2. Coordinar y orientar con los Directores
de la Institución, planes estratégicos y operativos en materia de administración de
recursos humanos.
3. Promover y coordinar con los Directores
de la Institución, la dotación del mejor recurso humano, para el Ministerio, que ofrezca
el mercado laboral a través de procesos científicos de reclutamiento y selección.
4. Promover y establecer directrices para
estimular la Carrera Administrativa a través de la realización de concursos internos.
5. Propiciar la evaluación del personal en
período de prueba.
6. Establecer, normar y ejecutar planes de
inducción del nuevo empleado de la Institución.
7. Coordinar el diseño e implementación
de instrumentos que permitan la evaluación periódica y eficaz del desempeño del
personal.
8. Adecuar la estructura de puestos a las
condiciones del Ministerio a través de la elaboración de Manuales Institucionales de
cargos y análisis de puestos.
9. Mantener actualizados las descripciones
de cargos, diseños y clasificación de puestos.
10-Establscer y dar mantenimiento adecuado
al otorgamiento de incentivos y beneficios.
11. Registrar, mantener el control y
aprobar todo tipo de movimiento de personal que se de en la Institución en coordinación
con las instancias administrativas correspondientes.
12. Brindar un servicio de calidad al
cliente a través de sistemas de información confiables.
13. A través de la Comisión de Salud
Ocupacional mantener índices de salud física de la institución con el fin de lograr el
normal desempeño de sus funciones y el bienestar personal.
14. A través del Consultorio Médico
procurar que el personal de la Institución cuente con una adecuada atención en salud
tanto preventiva como curativa, para así complementar el bienestar físico y mental.
15. Mantener un adecuado clima de
relaciones laborales entre las autoridades, los funcionarios y funcionarías del
Ministerio.
16. Asegurar la justicia en la solución de
los conflictos que se generen, entre los funcionarios y funcionarías y sus jefaturas,
atendiendo denuncias y reclamos de todo tipo que les sean puestos en su conocimiento a
través de reclamo formal. Investigar éstos y cumplir con los requisitos del debido
proceso y aplicar la acción que corresponda.
17. Establecer las normas de procedimiento
y control a las cuales se sujetarán los Directores de la institución en la aplicación
del régimen disciplinario que aseguren el debido cumplimiento de las garantías
constitucionales en cuando a debido proceso, racionalidad de la sanción, como una
instancia.
18. Queda excluida de dicha competencia
disciplinaria el despido, que es competencia exclusiva del Despacho Ministerial y para lo
cual se dictarán las regulaciones necesarias para que dicha competencia sea ejercida
legal y oportunamente.
19. Refrendar los diferentes contratos en
materia de capacitación, incentivos dedicación exclusiva y prohibición.
20. Reconocer en beneficio de los
funcionarios y funcionarías de la institución las actividades de capacitación
realizadas dentro y fuera del Régimen de Servicio Civil.
21. Tramitar y aprobar los diferentes
movimientos de personal tales como nombramientos internos, en propiedad, reasignaciones,
ceses; traslados, etc. que deban ser registrados mediante acción de personal.
22. Promover el desarrollo de las
capacidades reales y potenciales de los servidores, para aumentar su eficiencia y
efectividad en el desempeño de sus labores a través de la planificación, coordinación
y administración de planes de capacitación, desarrollo, motivación, y bienestar del
recurso humano y mejorar el clima laboral de la Institución.
23. Controlar y dictar las normas para la
actualización y custodia de los expedientes de los funcionarios y funcionarías de la
Institución.
24. Elaborar el presupuesto para el pago de
salarios y pluses de los funcionarios y funcionarías de la Institución e informar a los
Directores lo correspondiente.
25. Brindar asesoría técnica y legal en
materia de Administración de Recursos Humanos.
26. Promover la implementación y
funcionamiento de la Comisión de Becas y ascensos de este Ministerio.
27. Cualquier otra función que le asigne
el Sistema de Administración de Recursos Humanos de la Dirección General de Servicio
Civil, así como Autoridades Superiores, leyes y reglamentos.