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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26431 >> Fecha 02/10/1997 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26431 - Articulo 28
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DE LA DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN AGROPECUARIA

    Artículo 28—La Dirección de Extensión Agropecuaria, tendrá las siguientes funciones:

1. Diseñar los lineamientos de Política, instrumentos legales y normas técnicas y administrativas para orientar y regular las actividades del servicio de extensión del MAG.

2. Establecer mecanismos de integración de los procesos de extensión, investigación y protección de tal manera que los productos de estos procesos lleguen en forma coherente a los pequeños productores y productoras.

3. Promover procesos participativos para la determinación y priorización de proyectos de extensión, adaptación tecnológica y experimentación con productores y productoras como alternativas de solución de problemas planteados en los sistemas de producción de los agricultores.

4. Contribuir en la implementación de normas y procedimientos necesarios para la elaboración y ejecución de los planes y programas de la extensión agropecuaria, así como para la, formulación y ejecución del presupuesto asignado a la Dirección. , 5. Asesorar a las autoridades institucionales en las decisiones de políticas relacionadas con el campo de la extensión agropecuaria.

6. Planificar, coordinar y evaluar el Programa Nacional de Extensión Agropecuaria con las distintas direcciones regionales y nacionales.

7. Diseñar mecanismos que permitan la participación integrada de otras instituciones en apoyo a los programas de extensión agropecuaria.

8. Participar activamente en los Programas Nacionales de Investigación y Transferencia Tecnológica (PITTAS) para beneficiar a productores y productoras con los resultados generados a través de estos programas.

9. Contribuir en la ejecución de políticas a través del desarrollo de actividades de extensión realizadas por el MAG, con las demás instituciones y organismos que forman parte del Sistema Nacional de Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria.

10.Asesorar a los Programas Nacionales de Investigación y Transferencia de Tecnología (PITTAS), en aspectos metodológicos y técnicos en lo que corresponde a transferencia tecnológica, para el trabajo con los pequeños agricultores y agricultoras.

11. Establecer mecanismos de integración y coordinación con instituciones y ONG'S que ejecutan programas de extensión agropecuaria y desarrollen acciones, metodologías y técnicas participativas.

12. Formular y ejecutar políticas y estrategias tendientes a lograr la equidad entre los géneros y la valorización del papel de la mujer en los sistemas productivos.

13. Desarrollar, promover y capacitar en estrategias y metodologías que tiendan a fortalecer la participación de la mujer productora en los procesos productivos, organizacionales y de gestión.

14. Diseñar los instrumentos metodológicos para el desarrollo de los sistemas de información que tiendan a facilitar la labor del personal y de los agricultores.

15. Diseñar los instrumentos técnicos y metodológicos que permitan el desarrollo de los procesos de planificación, seguimiento y evaluación de extensión agropecuaria.

16. Orientar, facilitar y capacitar a las familias de pequeños agricultores para que a través de alternativas tecnológicas y organizacionales puedan insertarse con éxito en los procesos de apertura comercial.

17.Informar, orientar y capacitar a las organizaciones de productores y productoras agropecuarias para el fortalecimiento de su capacidad de gestión a fin de que accecen con éxito los servicios ofrecidos por las instituciones públicas y la empresa privada.

18. Fomentar en el personal de la institución y del sector agropecuario, así como a productores y productoras agropecuarios en lo referente al desarrollo de una producción sostenible y competitiva.

19. Diseñar estrategias y metodologías operativas que le permitan al personal técnico de la institución, mejorar la eficiencia en el trabajo con los grupos de pequeños y medianos productores y productoras.

20. Desarrollar las orientaciones técnicas y metodologías participativas que faciliten la implementación de opciones productivas tendientes a diversificar los sistemas de producción de los pequeños productores tales como: la caprinocultura, apicultura, producción de orquídeas, etc.

21. Cualquier otra función que las autoridades superiores, leyes y reglamentos le asignen.

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