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TRANSITORIO TERCERO
En atención a la
creación de la Proveeduría Institucional establecida en el presente Decreto, y
posteriormente a su publicación, el Ministerio de Agricultura y Ganadería presentará a
la Proveeduría Nacional la estructura organizacional de la misma, a los efectos de
formalizar el acuerdo correspondiente para el inicio de sus operaciones.
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