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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 27/11/2023 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2: De la dependencia encargada de la aplicación del presente reglamento: La Dirección de Desarrollo Social, es la encargada de dirigir, coordinar, articular y supervisar el proceso de ejecución del Programa de Protección y Promoción Social en el marco del Modelo de Intervención Institucional vigente. Además de establecer las directrices y mecanismos técnicos-operativos que permiten un ágil y debido control de los servicios, beneficios, subsidios y transferencias monetarias, por medio de sus áreas técnicas y sus áreas regionales ejecutoras. También es la instancia encargada de velar por que la inversión social que ejecuta el IMAS, contribuya con el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas, hogares, grupos y comunidades en situación de pobreza extrema y pobreza. A las demás dependencias institucionales, les corresponde coadyuvar, colaborar, apoyar y asesorar para lograr los fines del programa sustantivo.

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