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  Asuntos const. >> Resultados >> 96-005861-0007-CO >> Fecha >> 22/10/1996
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SCIJ - Asuntos Expediente 96-005861-0007-CO
Expediente: 96-005861-0007-CO     del: 22/10/1996
Clase de asunto: Acción de inconstitucionalidad
Accionante: BERNARDO RODRIGUEZ VILLALOBOS
Fecha de la admisión: 11/03/1997
Fecha publicación de la admisión: 04/04/1997


Sentencias
No. Sentencia: 11036   Del: 13/12/2000   Ver texto del voto  
Boletín Judicial: 17   del:  24/01/2001


Observaciones expediente 96-005861-0007-CO
11036-2000 de las 14:00 hrs del 13/12/2000.
Se declaran con lugar las acciones acumuladas. En consecuencia, se anula por inconstitucional la disposición del último párrafo del artículo 64 del Código Electoral que establece que la impugnación de la validez de los acuerdos tomados en las asambleas de los partidos políticos a que ese artículo se refiere, requiere de la concurrencia de un grupo no menor del diez por ciento de los participantes de cada una de esas asambleas. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. En lo demás, se declaran sin lugar las acciones.-