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  Asuntos const. >> Resultados >> 23-008758-0007-CO >> Fecha >> 19/04/2023
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SCIJ - Asuntos Expediente 23-008758-0007-CO
Expediente: 23-008758-0007-CO     del: 19/04/2023
Clase de asunto: Amparo
Accionante: -


Sentencias
No. Sentencia: 13920   Del: 09/06/2023   Ver texto del voto  


Observaciones expediente 23-008758-0007-CO
Voto 2023-013920 del 9 de junio de 2023. Se declara con lugar el recurso. Se anula la cancelación de la presentación de la escritura nro. 153 otorgada ante la notaria pública Giselle Solórzano Guillén, a la que se le asignó el tomo 2023, asiento 114276, consecutivo 1. Se ordena a Agustín Meléndez García y Jorge Enrique Alvarado Valverde, por su orden director general y director del Registro de Personas Jurídicas, ambos del Registro Nacional, que coordinen lo necesario, giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias, para que, dentro del plazo de CINCO DÍAS contado a partir de la notificación de esta resolución, se analice nuevamente la escritura recibida por el Registro Nacional el 15 de febrero de 2023 (tomo 2023, asiento 114276, consecutivo 1) a la luz de los parámetros establecidos en esta sentencia. Se advierte a la autoridad recurrida que, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Registro Nacional al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia en la vía contencioso-administrativa. La magistrada Garro Vargas salva el voto y declara sin lugar el recurso. Notifíquese.