Voto 2005-13916 del 11/10/2005. Acción de Inconstitucionalidad de José Olivier Quesada en contra de los artículos 38 y 44 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, número 7593 del nueve de agosto, la resolución de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos número RRG-3333-2004 de las quince horas treinta minutos del doce de febrero del dos mil cuatro y el Convenio MOPT-ARESEP de las catorce horas del diez de febrero del dos mil cuatro. Se RECHAZA DE PLANO la acción en cuanto a las violaciones a los principios de legalidad y debido proceso en relación con los artículos 38 y 44 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos número 7593 del nueve de agosto de mil novecientos noventa y seis. En cuanto a la resolución de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos número RRG-3333-2004 de las quince horas treinta minutos del doce de febrero del dos mil cuatro y el Convenio MOPT-ARESEP de las catorce horas del diez de febrero del dos mil cuatro, se RECHAZA POR EL FONDO la acción. Continúense los procedimientos en relación con la alegada violación a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, respecto de la sanción establecida en el artículo 38 de la referida Ley. El Magistrado Volio salva el voto y rechaza de plano la acción.-
Voto 2008-17303 del 19 de noviembre de 2008. Se declara sin lugar la acción.-
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