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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 140
 
  Dictamen : 140 del 04/09/1992   
 
Resumen

C-140-1992


INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO. IMPUESTO TERRITORIAL. EXENCIONES TRIBUTARIAS.


El Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, mediante oficio D.E. 520-92 de 17 de agosto de 1992, solicita el criterio de esta Procuraduría General con respecto a su las exenciones otorgadas al INFOCOOP mediante el inciso a) del artículo 158 de la Ley 6756 de 5-5-1982 se mantienen vigentes con la promulgación de la Ley 7293 de 3-3-1992.


El Lic. Juan Luis Montoya Segura, Procurador Adjunto, mediante dictamen Nº C-140/92 de 4 de setiembre de 1992 evacua la consulta en el sentido de que por disposición del inciso 1) del artículo 2º de la Ley 7293, las exenciones que disfruta el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo con fundamento en el artículo 158 de la Ley 6756 y sus reformas se mantienen vigentes, con la limitación que impone el artículo 50 de la Ley 7293 que modifica el artículo 63 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en el sentido de que las exenciones otorgadas no se extienden a los tributos establecidos con posterioridad a la fecha de su creación. Además, la exención del pago del impuesto territorial sobre bienes inmuebles del INFOCOOP se mantiene.


pcm