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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 012
 
  Dictamen : 012 del 11/01/2002   
 
Resumen

C-012-2002


CONTRATOS DE EXPORTACIÓN - CERTIFICADOS DE ABONO TRIBUTARIO- CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL - REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL - CUOTAS OBRERO PATRONALES-


    El Ministro de Comercio Exterior consulta si resultan aplicables a los beneficios fiscales derivados del régimen de contratos de exportación, las condiciones y requisitos a que hace referencia el artículo 74 inciso 5) de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (según reforma introducida por la Ley de Protección al Trabajador, n.° 7983 de 16 de febrero del 2000) aún cuando dicho régimen feneció con el período fiscal del año 1999, o sea, antes de que entrara en vigencia la Ley n.° 7983 de cita.


    Este Despacho, en su dictamen C-012-2002, del 11 de enero del 2002, suscrito por el MSc. Julio César Mesén Montoya, Procurador Adjunto, indicó que el requisito introducido al artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social por la Ley de Protección al Trabajador, en el sentido de estar al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con esa Institución para tener derecho al disfrute de cualquier régimen de exoneración e incentivos fiscales, solo es aplicable a aquellos beneficios cuyo hecho generador haya ocurrido después del 16 de febrero del año 2000, fecha en la cual entró en vigencia dicha reforma.