Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 292 del 23/10/2001 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 292
 
  Dictamen : 292 del 23/10/2001   
 
Resumen

C-292-2001


ALCALDE MUNICIPAL- NOMBRAMIENTO- REQUISITOS


            El Concejo Municipal de Aguirre consultó a este Despacho si el inciso c) del artículo 15 del Código Municipal - donde se fija como requisito para el nombramiento de un alcalde municipal, que la persona que se designe haya estado inscrito electoralmente, por lo menos con dos años de anterioridad en el cantón donde ha de servir el cargo- es aplicable en la actualidad, o si lo es a partir del momento en que ese funcionario se elija mediante votación popular.


            Este Despacho, mediante dictamen C- 292-2001, del 23 de octubre del 2001, suscrito por el MSc. Julio César Mesén Montoya, reiteró lo expuesto en su dictamen C.- 289-2000, del 20 de noviembre del 2000, y en su opinión Jurídica O.J. 135-2000, del 5 de diciembre de ese mismo año, en el sentido de que los alcaldes nombrados por el Concejo Municipal después de la vigencia de la Ley n.° 7794, y antes de que los alcaldes electos popularmente el primer domingo de diciembre del 2002 ocupen sus cargos, deben cumplir, al momento de su nombramiento, con el requisito de haber estado inscritos electoralmente con por lo menos dos años de anterioridad en el cantón donde han de servir el cargo.