Nº 034-MIDEPLAN-MTSS-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA
Y LOS MINISTROS DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
Y DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
Con fundamento
en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 8) y 20), así
como el ordinal 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 28 párrafo
2), inciso b ), 99, 100, 107, 113 incisos 2) y 3) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 46 de la
Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley Nº2 l 66 del 9 de octubre de
1957, adicionado por el Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas, Ley Nº 9635 del 3 de diciembre del 2018; los artículos 1, 4 y 9 de la
Ley para Regular el Teletrabajo, Ley Nº 9738 del 18 de setiembre del 2019; el
Reglamento para regular el teletrabajo, Decreto Ejecutivo Nº
42083-MP-MTSS-MIDEPLAN-MICITT del 20 de diciembre del 2019 y la Directriz para
la Implementación del Teletrabajo como Modalidad Ordinaria, Directriz
Nº002-MTSS-MIDEPLAN del 14 de junio de 2022.
CONSIDERANDO:
l.- Que la Ley
para Regular el Teletrabajo, Ley N°9738 del 18 de setiembre del 2019, publicada
en el Alcance Nº 211 a la Gaceta Nº184 del 30 de setiembre de 2019, tiene por
objeto promover, regular e implementar el teletrabajo como un instrumento para
la generación de empleo y modernización de las organizaciones públicas y
privadas, a través de la utilización de tecnologías de la información y
comunicación. Asimismo, establece que el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social es el ente rector en materia de teletrabajo, y
por ende, formulará y dará seguimiento a la política pública para el fomento
del teletrabajo, en coordinación con otras instituciones.
II.- Que el
artículo 46 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley Nº 2166 del
9 de octubre de 1957, adicionado por el Título III de la Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas, Ley Nº9635 del 3 de diciembre del 2018, publicada en
el Alcance Nº 202 a la Gaceta Nº225 del 04 de diciembre de 2018, establece que
toda la materia de empleo del sector público estará bajo la rectoría del
Ministro o la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, quien deberá
establecer, dirigir y coordinar las políticas generales así como definir los
lineamientos y las normativas administrativas que tiendan a la unificación,
simplificación y coherencia del empleo en el sector público, velando para que
las instituciones del sector público respondan adecuadamente a los objetivos,
las metas y las acciones definidas.
III.- Que
mediante la Directriz para la Implementación del Teletrabajo como Modalidad
Ordinaria, Directriz N°002-MTSS-MIDEPLAN del 14 de junio de 2022, publicada en
el Alcance Nº 138 a la Gaceta Nº 128 del 06 de julio de 2022, se instruye a los
jerarcas de la Administración Pública Central y se insta a los jerarcas de la
Administración Pública Descentralizada para que garanticen la implementación
del teletrabajo como modalidad ordinaria, por cuanto se ha determinado que el
teletrabajo es una práctica laboral que genera beneficios para las
organizaciones, los trabajadores y los usuarios de los servicios, en aspectos
como ahorros en costos laborales, disminución en tiempos de transporte, mejora
en la calidad de vida de las personas teletrabajadoras
y disminución en el tránsito vehicular, lo que en estos momentos resulta
urgente para todas las personas trabajadoras que se desplazan a sus centros de
trabajo desde la provincia de Cartago por la autopista Florencio del Castillo,
del Sector de Hacienda Vieja en Curridabat y Sector Este, Circundante, por lo que se
procede con la emisión de la presente Directriz.
IV.- Que en el
Alcance número 50 a la Gaceta número 55 del 24 de marzo del 2023, se publica la
Directriz Nº 015-MP-MIDEPLAN- MTSS-MOPT, para que se aplique, como medida
urgente y excepcional, la aplicación de la modalidad de trabajo a distancia o
teletrabajo para todas las personas funcionarias, en aquellos puestos que así
lo permitan y que se desplazan a sus centros de trabajo desde la provincia de
Cartago y las zonas aledañas, debido la afectación por el cierre de La Galera y
la autopista Florencio del Castillo. Adicionalmente, mediante el artículo 1º de
la Directriz denominada: "Prórroga instauración del teletrabajo ante la afectación
por el cierre de La Galera y la Autopista Florencia del Castillo", Nº 024-MP-MIDEPLAN-MTSS-MOPT
del 14 de setiembre del 2023, se acordó pro11"0gar la Directriz
Nº015-MP-MIDEPLAN-MTSS-MOPT, hasta el 28 de febrero del 2024.
V.- Que 16 de
febrero de 2024, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes estará dando
inicio a los trabajos para la construcción de una rotonda en el Sector de
Hacienda Vieja en Curridabat como parte de un proyecto que busca agilizar la
circulación de esa zona. Este proyecto de interés público busca incrementar la
capacidad vehicular, disminuir el congestionamiento vial en la intersección,
disminuir los tiempos de viaje de los usuarios, así como la reducción de accidentes
de tránsito.
VI.- Que por
este punto circulan diariamente alrededor de cuarenta y cuatro mil vehículos,
generando un alto congestionamiento vial. Además, debido a las obras de
construcción en curso, se producirán cambios en la circulación vial, lo que
requerirá desvíos y, como resultado, podría dificultar el desplazamiento de las
personas que se dirigen a sus lugares de trabajo. Por tanto, emiten la
siguiente directriz a toda la Administración Pública Central y se insta a la
Administración Pública Descentralizada:
INSTAURACIÓN DEL TELETRABAJO
ANTE LA AFECTACIÓN
POR LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS
EN EL SECTOR DE HACIENDA VIEJA EN
CURRIDABAT Y EN LA AUTOPISTA
FLORENCIO DEL CASTILLO
Artículo 1°.-Se instruye a toda la
Administración Pública Central y se insta a la Administración Pública
Descentralizada, para que se aplique, como medida urgente y excepcional, la
aplicación de la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para todas las
personas funcionarias, en aquellos puestos que así lo permitan y que se desplazan
a sus centros de trabajo desde la provincia de Cartago y las zonas aledañas,
debido la afectación por la construcción de obras en el Sector de Hacienda
Vieja en Curridabat, Sector Este Circundante y en la autopista Florencio del
Castillo.