COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE MONTES DE OCA
LA JUNTA DIRECTIVA DEL COMITÉ CANTONAL
DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE MONTES DE OCA
Resultando:
1º-Que en la sesión ordinaria N° 39-2021, artículo N° 6, punto N° 3, del
día 25 de enero del 2021, el Concejo Municipal de Montes de Oca, resolvió
devolver el proyecto de "Reglamento para el trámite de aprobación y aplicación
de modificaciones presupuestarias del Comité Cantonal de Deportes y Recreación
de Montes de Oca", a esta Junta Directiva, indicando que es competencia de este
órgano colegiado aprobar dichos presupuestos y que para efectos de organización;
deberán enviar a publicación el mismo.
2º-Que en cumplimiento del acuerdo CCDRMOAC-067-2021, consignado en el
acta de la sesión ordinaria N° 07-2021, artículo 7.1°, del 09 de febrero del
2021, se procedió con la solicitud de creación de usuarios para la tramitación
de publicaciones en diarios oficiales en el portal transaccional de la Imprenta
Nacional.
Considerando:
1º-Que el Código Municipal, Ley N° 7794, en su numeral 179 establece que
los comités cantonales de deportes y recreación coordinarán con la
municipalidad respectiva lo concerniente a inversiones y obras en el cantón.
Las municipalidades deberán asignarles un mínimo de un tres por ciento (3%) como
mínimo de los ingresos ordinarios anuales municipales, que se distribuirá en un
diez por ciento (10%) máximo para gastos administrativos y el resto para
programas deportivos y recreativos.
2º-Que la Contraloría General de la República mediante la Resolución N°
R-CO-67-2006 Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos
públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y
sujetos privados, artículos 12 y 13 establece que las modificaciones
presupuestarias no requieren ser sometidas al trámite previo de aprobación por parte
de la Contraloría General de la República, correspondiéndole dicha aprobación
al jerarca institucional, quien podrá asignar esa competencia a otras
instancias de la institución.
3º-Que la Contraloría General de la Republica mediante oficio 0758
(DFOE-ST-005) establece como Superior Jerárquico a la Junta Directiva de los
Comité Cantonales de Deportes y Recreación para efectos de establecer la
aprobación y aplicación de Presupuesto inicial, variaciones presupuestarias y
modificaciones presupuestarias.
4º-Que la Contraloría General de la República mediante nota DFOE-ST-0061-2012
oficializa las indicaciones para la formulación y aprobación del presupuesto
para órganos, unidades ejecutoras, fondos, programas y cuentas que están
exentos de la presentación de sus presupuestos a la aprobación de la
Contraloría General de la República.
5º-Que la Contraloría General de la República mediante la Resolución N°
R-DC-064-2013, del 09 de mayo del 2013, Reforma las normas 4.23, 4.2.10,
4.2.11, 4.3.13 y la 6.2 de las "Normas Técnicas sobre Presupuestos Públicos,
N-1-2012-DC-DFOE", específicamente el numeral 4.3.13 establece el deber del
jerarca institucional de regular aspectos específicos de las modificaciones presupuestaria
para efectos de orientación en el proceso de aprobación y aplicación de
modificaciones presupuestarias.
6º-Que la Contraloría General de la República, emitió las Normas
Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012- DCDFOE4, la cual en su punto 4.2.3,
señala: "4.2.3 Aprobación interna. El presupuesto inicial y sus variaciones
serán aprobados a lo interno de la institución por el jerarca, mediante el acto
administrativo establecido al efecto, otorgándoles validez jurídica a los
citados documentos. [.] / La aprobación tanto del presupuesto inicial como
de las variaciones presupuestarias corresponderá al jerarca, quién
únicamente para el caso de las modificaciones presupuestarias podrá designar,
para ejercer esa competencia, al Titular subordinado de más alto rango, o a un
nivel inferior hasta los encargados o responsables de los programas
presupuestarios [...]". (El destacado no es del original).
7º-Que la Contraloría General de la República en los oficios N° 16321
del 09 de noviembre del 2015 (DFOE-DL-147) y N° 8439 del 16 de agosto del 2013
(DFOE-ST-0043), establece que es competencia de las Juntas Directivas de los
Comités Cantonales de Deportes y Recreación, la aprobación y modificación de
sus presupuestos. Por tanto,
ACUERDA:
REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE APROBACIÓN
Y APLICACIÓN DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN
DE MONTES DE OCA
CAPÍTULO I
Aspectos generales
Artículo 1º-Objeto. El presente reglamento establece las
disposiciones aplicables en el ámbito del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación de Montes de Oca para el trámite y aprobación de las modificaciones
al presupuesto del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Montes de Oca.
Artículo 2º-Definiciones. Para los efectos del presente reglamento
se entenderá por:
a) Junta Directiva: Cuerpo Colegiado y deliberativo, nombrado por
el Concejo Municipal, Superior Jerárquico quien deberá solicitar la variación
presupuestaria y a la que le corresponde elaborar el documento de modificación
presupuestario y posterior aprobación.
b) Aprobación presupuestaria interna: Proceso por medio del cual
el Superior Jerárquico, conoce y estudia el contenido del presupuesto formulado
o de los documentos de variación presupuestaria que se presenten, en función de
los objetivos y metas institucionales, mismo que verifica el cumplimiento de
las disposiciones legales y técnicas que le son aplicables. Como resultado de
este proceso, el Superior Jerárquico, emite mediante el acto administrativo
establecido para el efecto, su aprobación o aprobación, parcial o total al
presupuesto inicial y sus variaciones.
c) Bloque de legalidad: Conjunto de normas jurídicas, escritas y
no escritas, a cuya observancia se encuentra obligada la Administración
Pública, el cual comprende tanto la ley como las normas de rango superior,
igual o inferior a ésta, incluidos los principios generales y las reglas de la
ciencia o de la técnica.
d) Clasificador de ingresos: Instrumento normativo que ordena y
agrupa los recursos con que cuentan las entidades, en categorías homogéneas
definidas en función de la naturaleza y características de las transacciones
que dan origen a cada una de las fuentes de recursos.
e) Clasificador por objeto del gasto: Conjunto de cuentas de gastos,
ordenadas y agrupadas de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se
esté adquiriendo o la operación financiera que se esté efectuando.
f) Contraloría: Contraloría General de la República.
g) Contabilidad: Unidad administrativa que se encarga de la
reserva de los montos económicos establecidos en el documento de modificación
presupuestaria y encargada de la aplicación e inclusión apropiada al sistema
contable del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Montes de Oca.
h) Modificación presupuestaria: Toda variación que se haga en los
egresos presupuestados y que tenga por objeto aumentar o disminuir los
diferentes conceptos de estos, sean gastos corrientes o de capital o
incorporando otros que no habían sido considerados, sin modificar el monto del
presupuesto aprobado.
i) Plan Anual Operativo: Instrumento mediante el cual se concretan
las políticas de la institución, a través de objetivos, acciones, indicadores,
y metas que deben ejecutarse durante un determinado periodo presupuestario.
j) Presupuesto: Instrumento que en términos financieros expresa el
Plan Operativo Anual institucional, en el que se estiman los ingresos y egresos
necesarios para cumplir con los objetivos y metas de los programas establecidos
por la institución.
k) Presupuesto extraordinario: Mecanismo que tiene por objeto
incorporar al presupuesto los ingresos y los gastos extraordinarios
correspondientes, cuyas fuentes son los recursos excedentes entre los ingresos
presupuestados y los percibidos, los recursos del superávit u otra
extraordinaria. Su objetivo es registrar las disminuciones de ingresos, el
efecto que dichos ajustes tienen en el presupuesto de egresos, y las sustituciones
por otras fuentes de financiamiento previstas jurídicamente, sin que se varíe
el monto total de presupuesto previamente aprobado.
l) Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP):
Dependencia de la Contraloría General de la República, abierta al público, en
la cual se registra por el digitador y validador designado todas las
modificaciones presupuestarias hechas, con el fin de garantizar la
transparencia y rendición de cuentas de los Comités Cantonales de Deporte y
Recreación.
m) Unidad administrativa: Oficina Administrativa del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación de Montes de Oca que ejecuta las modificaciones presupuestarias
aprobadas por el Superior Jerárquico.
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