BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva del
Banco Central de Costa Rica, en el artículo 8, del acta de la sesión 5958-2020,
celebrada el 16 de setiembre de 2020,
considerando que:
A. De conformidad con el
artículo 2 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley 7558, el
principal objetivo de esta entidad es mantener la estabilidad de precios; es
decir, procurar una inflación baja y estable.
B. Ese mismo artículo,
además, dispone que uno de los objetivos subsidiarios del Banco Central es
"promover el ordenado desarrollo de la economía costarricense, a fin de lograr
la ocupación plena de los recursos productivos de la Nación, procurando evitar
o moderar las tendencias inflacionistas o deflacionistas que puedan surgir en
el mercado monetario y crediticio".
C. La política monetaria
tiene carácter prospectivo; es decir, considera el entorno macroeconómico
actual y la evolución prevista para los determinantes macroeconómicos de la inflación.
D. Como consecuencia de la
pandemia por el COVID-19, la economía costarricense ha sufrido un fuerte
impacto: el Índice mensual de actividad económica disminuyó 7,8% en términos interanuales
en el mes de julio, con lo cual ha aumentado la brecha del producto (holgura en
la capacidad de producción). Además, se ha dado un severo deterioro en los
indicadores del mercado laboral y el crédito al sector privado continúa estancado.
E. Todo esto, unido a una
baja inflación mundial, ha acentuado las presiones desinflacionarias presentes
en la economía costarricense desde el 2019. Así, en agosto los indicadores de
inflación general y subyacente se ubicaron por debajo del rango de tolerancia
para la meta de inflación (3% ± 1 punto porcentual), con niveles de -0,1% y
1,0%, respectivamente.
F. Las expectativas de
inflación a 12 meses, obtenidas de los mercados primario y secundario de
títulos de deuda pública en colones, se ubicaron ligeramente por debajo del
rango de tolerancia de dicha meta (1,9%).
G. Los pronósticos de
inflación, que incorporan los efectos de esta pandemia, muestran que, para lo
que resta del 2020 y en el 2021, la inflación se mantendría por debajo del
límite inferior del rango de tolerancia definido por el Banco Central para su
meta de inflación.
H. Ante ese contexto de
presiones desinflacionarias, esta Junta Directiva ha tomado, en los últimos
dieciocho meses, medidas de estímulo monetario en procura de mejorar las condiciones
crediticias para promover la actividad económica y la generación de empleo.
Entre otras, disminuyó la tasa de encaje mínimo legal para operaciones en
moneda nacional (junio de 2019); redujo gradualmente la Tasa de Política Monetaria
(TPM), hasta ubicarla en 0,75%, para una variación acumulada de 450 puntos base
desde marzo de 2019; y puso a disposición de los intermediarios financieros
regulados una facilidad de crédito en condiciones financieras muy favorables (setiembre
de 2020).
I. Los ajustes a la baja en
la TPM se han ido transmitiendo al resto de tasas de interés del sistema
financiero, y se espera que este proceso de transmisión de los ajustes ya
acordados continúe en los próximos meses. Las reducciones en la TPM se traducen
en un menor costo de financiamiento, lo que se espera contribuya a mitigar el
impacto de la pandemia sobre la actividad económica y el empleo.
J. El Banco Central da
seguimiento continuo a la evolución de los diferentes indicadores económicos,
particularmente en el contexto actual de elevada incertidumbre, con el fin de
adoptar de manera oportuna las medidas necesarias para atender los objetivos y
funciones asignadas en su Ley Orgánica.
dispuso, por unanimidad y
en firme:
mantener el nivel de la
Tasa de Política Monetaria en 0,75% anual, y con ello dar continuidad a la
postura expansiva y contracíclica de la política monetaria del Banco Central.