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 Normativa >> Acuerdo 0 >> Fecha 06/03/2019 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 0
Incluye la Subespecialidad en Ortopedia Oncológica
Texto Completo acta: 12BD5F

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA



LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO



DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA



COMUNICA QUE:



La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, comunica que en la sesión ordinaria 2019-03-06, celebrada el 06 de marzo del 2019, acordó lo siguiente:



1 Aceptar la inclusión de la Subespecialidad en Ortopedia Oncológica en la lista oficial reconocida por el Colegio de Médicos con base al criterio de las Asociaciones consultadas, referentes internacionales y la importancia epidemiológica para nuestro país.



2. Modificar el Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas de la siguiente manera:



a. Incluir en la lista oficial de Especialidades Médicas y Subespecialidades Médicas Decreto Ejecutivo N° 37562-S "Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas", publicado en La Gaceta Alcance Digital N° 51 del 18 de marzo de 2013 una nueva Subespecialidad denominada "Ortopedia Oncológica".



b. Para ello se recomienda incluirla en los artículos, 65°, 100° y 153° del Decreto Ejecutivo N° 37562-S "Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas", publicado en La Gaceta Alcance Digital N° 51 del 18 de marzo de 2013, para que se lean en delante de la siguiente manera:



"Artículo 65.-El Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, reconoce las siguientes Subespecialidades Médicas:



(.)



 



 



Subespecialidad Médica



Requisitos específicos



para la inscripción



Subespecialidades en la Ortopedia



 



(.)



 



Ortopedia Incológica



Artículo N° 153°



(.)



 



 



".Artículo N° 100ª. Subespecialidades de la Ortopedia y Traumatología



Se reconocen como subespecialidades de la Ortopedia y Traumatología las siguientes:



a. Ortopedia y Traumatología Infantil.



b. Medicina Deportiva Ortopédica.



c. Ortopedia Oncológica.



c. Se resuelve incluirla en el siguiente artículo, antes de las disposiciones transitorias:



Artículo N° 153° Ortopedia Oncológica: Requisitos específicos:



c. Estar debidamente inscrito como Especialista en Ortopedia y Traumatología, en el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.



d. Aprobación de un (1) año en un programa de estudios posgrado (residencia médica) en la Subespecialidad en Ortopedia Oncológica, en un Hospital de Tercer Nivel o Centro Especializado, perteneciente o adscrito a una Universidad de reconocido prestigio.




Ficha articulo





Fecha de generación: 18/7/2025 14:32:13
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