DIRECCIÓN GENERAL
DE HACIENDA
(Esta norma fue derogada por el artículo 1° de la resolución
RES-DGH-034-2019 del 21 de junio de 2019)
RES-DGH-058-2018.-Dirección General de Hacienda, a las quince horas con
cinco minutos del tres de agosto del dos mil dieciocho.
Considerando:
I.-Que el artículo 5 de la Ley N° 3022 de fecha 27 de agosto de 1962, denominada "Crea Dirección General de
Hacienda en el Ministerio de Hacienda", establece que el Ministro de Hacienda, el
Director General de Hacienda u otro funcionario de esa Dirección, escogido por
aquéllos, son los funcionarios facultados para autorizar, bajo su
responsabilidad, las exenciones de impuestos debiendo en cada caso señalar la
ley en que se ampare dicha petición.
II.-Que el artículo 99 de la Ley N° 4755 de fecha 03 de mayo de 1971, denominada "Código de Normas y
Procedimientos Tributarios", establece que los órganos de la Administración Tributaria
del Ministerio de Hacienda pueden dictar normas generales para la correcta
aplicación de las leyes tributarias, dentro de
los límites fijados por las normas legales y reglamentarias pertinentes.
III.-Que la Ley N° 7293 de fecha 31 de marzo de 1992, denominada "Ley Reguladora de Exoneraciones
Vigentes, Derogatorias y Excepciones", establece las potestades fiscalizadoras
para iniciar, un eventual procedimiento de ineficacia de las exenciones en razón
del incumplimiento imputable al beneficiario por un mal uso y destino de los bienes
exentos.
IV.-Que la Ley N° 3654, de 23 de diciembre de 1965, denominada "Convenio Cooperación Técnica con
Alemania Federal", concede exención de todo tributo incluyendo el Impuesto
General sobre las Ventas y el Impuesto Selectivo de Consumo, para las
adquisiciones de bienes en el mercado nacional a favor de los distintos
proyectos de Cooperación Técnica con la República Federal de Alemania.
V.-Que mediante oficio Su.ref. Renovación exoneración genérica (4E) N/ref.GIZ CR-18-31 de fecha 12 de junio del 2018, el Jefe de
la Agencia de Cooperación Alemana para el Desarrollo- GIZ ha solicitado la
renovación de la exención genérica de impuestos para la ejecución del proyecto "Fomento
de la estrategia climática de Costa Rica como modelo de Desarrollo bajo
emisiones de Carbono (Low Carbon
Development) Nel-Fase II",
solicitud que cuenta con la recomendación del Departamento de Inmunidades y
Privilegios del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto. Cabe señalar que se verificó la presentación de
los informes semestrales correspondientes.
VI.-Que el trámite por medio de resolución genérica para la autorización
de la exención para cada adquisición mediante orden de compra facilitará la
ejecución e implementación del Programa indicado
en el "Considerando" V anterior. Por tanto,
LA DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA, RESUELVE:
Artículo 1°-Exención Genérica y plazo: Conceder autorización genérica por dos años (2) a favor del
proyecto "Fomento de la estrategia climática de Costa Rica como modelo de Desarrollo bajo
emisiones de Carbono (Low Carbon
Development) Nel-Fase II",
cédula jurídica número 3-003-672167 a efecto de que adquiera bienes en el
mercado nacional exentos de los Impuestos General sobre las Ventas y/o
Selectivo de Consumo. Conforme lo expuesto, en estos casos se prescindirá del
trámite para la autorización de la exoneración ante el Departamento de Gestión
de Exenciones en cada adquisición.
Artículo 8°-Informe: Para cumplir con los controles que al efecto debe llevar la Dirección General de Hacienda
específicamente la División de Incentivos Fiscales, el proyecto "Fomento de la estrategia
climática de Costa Rica como modelo de Desarrollo bajo emisiones de Carbono
(Low Carbon Development) Nel-Fase II", deberá rendir un informe semestral, que
brindará en los primeros diez días de enero y los primeros diez días de julio
de cada año, con la siguiente información:
Encabezado
1. Razón social del beneficiario.
2. Cédula jurídica del beneficiario: Numérico, sin
guiones de 10 dígitos (9999999999).
3. Período del
informe (semestre y año).
4. Número de
Resolución: Alfanumérico.
5. Fecha de
Resolución: dd/mm/aaaa.
Detalle del
Informe según el anexo adjunto a esta resolución.
Consideraciones
Generales:
1. El informe debe
ser elaborado con la herramienta Excel y enviarlo con firma digital al correo electrónico
inforg@hacienda.go.cr de la Subdirección de Programación de la División de
Incentivos Fiscales de la Dirección General de Hacienda.
2. Llenar
formulario en Fuente (letra) Verdana!important, tamaño mínimo 9.
3. Indicar los
Totales Generales de: Valor de la compra, y Total Monto Exonerado, al final de la columna que
correspondiente.
4. Se debe numerar
cada página del informe. Ejemplo: 1/2, 2/2,.
5. El Informe
deberá ser presentado según el anexo que contiene esta resolución, ante en la
Dirección General de Hacienda dirigido a la División de Incentivos Fiscales.
6. El proyecto "Fomento de la estrategia climática
de Costa Rica como modelo de Desarrollo bajo emisiones de Carbono (Low Carbon
Development) Nel-Fase II", deberá conservar en debido orden un archivo
consecutivo de las órdenes de compra emitidas.
7. Será responsabilidad del proyecto "Fomento de la
estrategia climática de Costa Rica como modelo de Desarrollo bajo emisiones de
Carbono (Low Carbon Development) Nel-Fase II", hacer los ajustes que
correspondan para el adecuado control del procedimiento aquí autorizado.
Es conforme.


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