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 Normativa >> Directriz 5384 >> Fecha 14/12/2017 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 5384
Sistema alternativo precalificado para la adquisición de bienes y servicios por parte de los Comités de CEN-CINAI

N° DM-DN-DE-RB-5384-2017



LA MINISTRA DE SALUD



En uso de las facultades que le confiere los artículos 140 de la Constitución Política; 25 inciso 2), 28 y 103 inciso 1) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, "Ley General de la Administración Pública"; 1, 2, 4 y 7 de la Ley No. 5395 del 30 de octubre de 1973 "Ley General de Salud"; y 1 y 2 incisos b) y c) de la Ley No. 5412 del 8 de noviembre de 1973 "Ley Orgánica del Ministerio de Salud".



CONSIDERANDO:



1.- Que la salud de la población es tanto un derecho humano universal, como un bien de interés público tutelado por el Estado.



2.- Que el Ministerio de Salud, como ente rector en salud, es competente para adoptar los actos necesarios para la protección de la Salud Pública. La Ley General de Salud establece, además, que toda persona, natural o jurídica, queda sujeta a los mandatos de esa ley, de sus reglamentos y de las órdenes generales y particulares, ordinarias y de emergencia, que las Autoridades de Salud dicten en el ejercicio de sus competencias orgánicas.



3.- Que la Ley N° 8809 del 28 de abril de 2010 "Ley de Creación de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral" dentro de sus fines, establece: "Proporcionar un marco legal para garantizar una mayor eficiencia y eficacia de las actividades de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral."



4.- Que la Ley N° 8809 del 28 de abril de 2010 "Ley de Creación de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral" dentro de las funciones otorgadas a la Dirección de CEN-CINAI, se encuentra: "Contribuir a mejorar el estado nutricional de la población materno-infantil y el adecuado desarrollo de la niñez, que viven en condiciones de pobreza y /o riesgo social."



5.- Que, la Contraloría General de la República, mediante el oficio DCA-1042 del 23 de mayo de 2017 autoriza al Ministerio de Salud la utilización del "Sistema Alternativo Precalificado para la Adquisición de bienes y servicios por parte de los Comités de CENCINAI", por el plazo de un año.



6.- Que, por las consideraciones arriba citadas y en cumplimiento de lo indicado por la Contraloría General de la República, se hace necesario y oportuno emitir la siguiente directriz.



POR TANTO,



Se emite la siguiente,



DIRECTRIZ MINISTERIAL



SISTEMA ALTERNATIVO PRECALIFICADO PARA LA ADQUISICIÓN



DE BIENES Y SERVICIOS POR PARTE DE LOS COMITÉS DE CEN-CINAI



Artículo 1.- Sistema alternativo a la licitación para la adquisición de: Servicios de atención integral de Infantes y Cocina, limpieza y apoyo en cuido de infantes; Servicios de Transporte, Compra de Juguetes y material didáctico; para que los Comités de CEN-CINAI adquieran los bienes y servicios necesarios para la atención diaria y directa de los niños, niñas, mujeres gestantes o lactantes y adolescentes madres.



El periodo de vigencia del Sistema Alternativo Precalificado para la adquisición de bienes y servicios por parte de los Comités de CEN-CINAI, regirá por un año, contado a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.



El sistema se considera para los casos de contrataciones que por su monto responden a Licitaciones Abreviadas o Públicas, quedando excluido del Sistema Alternativo precalificado las contrataciones directas.




Ficha articulo



CAPÍTULO I



Disposiciones Generales



Artículo 2.- Definiciones



Dirección Nacional de CEN-CINAI: Dirección Nacional de CEN-CINAI: Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral, creada mediante Ley No. 8809 del 28 de abril de 2010.



Comité de CEN-CINAI: Comités de CEN-CINAI: Órgano de apoyo para la ejecución de las actividades de los establecimientos de la Dirección Nacional de CEN-CINAI, integrados por miembros de la comunidad y que colaborarán con estos Centros, ejerciendo las atribuciones conferidas por el Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional CEN-CINAI.



Juguetes y material educativo y reproducción de material educativo: corresponde a juguetes, material educativo y reproducción de material educativo para ser utilizados por niños, niñas y sus familias en la atención intramuros y extramuros que reciben en los servicios de la Dirección Nacional de CEN-CINAI. La cantidad y variedad de juguetes, materiales educativos y reproducción de material educativo varían según la población atendida en cada establecimiento, los requerimientos de cada grupo etario, las necesidades de fortalecimiento de las áreas de desarrollo, la metodología utilizada, y el espacio intramuros y extramuros en la que se brinda el servicio.



Compra de servicios de Atención Integral de Infantes y Cocina, limpieza y apoyo en cuido de infantes: el objeto de la presente contratación es la prestación de servicios de Atención Integral de Infantes y Cocina, Limpieza y Apoyo al Cuido de Infantes, requerido para brindar el servicio a niños y niñas menores de 13 años, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia y adolescentes madres que se encuentran en condición de vulnerabilidad y riesgo social.



Compra de servicio de transporte: el objeto de la presente contratación es la adquisición de un servicio de transporte, con el cuál se brindará el transporte a niños y niñas menores de 13 años, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, adolescentes madres y encargados de las personas menores de edad que se encuentran en condición de vulnerabilidad y riesgo social.



Estrategias de Intervención: Atención a clientes, beneficiarias y beneficiarios.



-Intramuros: Servicios de Alimentación Complementaria, Atención y Protección Infantil y Promoción del Crecimiento y Desarrollo, ofrecidos a clientes y beneficiarias en los establecimientos CEN, CINAI y CENCE.



-Extramuros: Servicios de Promoción del Crecimiento y Desarrollo que se brindan periódicamente fuera de los establecimientos CEN, CINAI, CENCE, a clientes, beneficiarias y beneficiarios en condición de pobreza y/o riesgo social donde los funcionarios y funcionarias, en un Centro de Distribución (CD) u otro espacio, actúan como articuladores y asesores con familia y comunidad, para acompañar el proceso de crianza y socialización de niños y niñas.



Tipo de Establecimientos: Son los centros tipo CEN, CINAI o CENCE o CD donde la Dirección Nacional de CEN-CINAI ofrece los servicios intramuros a saber: CEN: Centro de Educación y Nutrición, CINAI: Centro Infantil de Nutrición y Atención Integral, CENCE: Centro de Educación y Nutrición y Comedor Escolar, CD: Centro de Distribución.



Personas usuarias: Son clientes, beneficiarias y beneficiarios de los servicios que brinda la Dirección Nacional de CEN-CINAI, en todos los establecimientos ubicados en el territorio nacional.




Ficha articulo



Artículo 3.- Objeto.



La presente Directriz tiene por objeto establecer un sistema alternativo de precalificación.



Los objetos contractuales



  • Compra de servicios de Atención Integral de Infantes; y Cocina, limpieza y apoyo en cuido de infantes: el objeto de la presente contratación es la prestación de servicios de Atención Integral de Infantes y Cocina, Limpieza y Apoyo al Cuido de Infantes, requerido para brindar el servicio a niños y niñas menores de 13 años, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia y adolescentes madres que se encuentran en condición de vulnerabilidad y riesgo social.
  • Compra de servicio de transporte: el objeto de la presente contratación es la adquisición de un servicio de transporte, con el cuál se brindará el transporte a niños y niñas menores de 13 años, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, adolescentes madres y encargados de las personas menores de edad que se encuentran en condición de vulnerabilidad y riesgo social.
  • Juguetes y material educativo y reproducción de material educativo: corresponde a juguetes, material educativo y reproducción de material educativo para ser utilizados por niños, niñas y sus familias en la atención intra y extramuros que reciben en los servicios de la Dirección Nacional de CEN-CINAI. La cantidad y variedad de juguetes, materiales educativos y reproducción de material educativo varían según la población atendida en cada establecimiento, los requerimientos de cada grupo etario, las necesidades de fortalecimiento de las áreas de desarrollo, la metodología utilizada, y el espacio intra y extramuros en la que se brinda el servicio.

Lo anterior con base en lo dispuesto en el artículo 2 bis de la Ley de Contratación Administrativa; Ley General de Control Interno; Ley número 8131 Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos; artículo 4 del Código de la Niñez y la Adolescencia y la Ley 8809 Ley de Creación de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral.




 




Ficha articulo



Artículo 4.- Ámbito de aplicación.



Los Comités de CEN-CINAI aplicarán el presente reglamento en la contratación de Servicios de atención integral de Infantes y Cocina, limpieza y apoyo en cuido de infantes; Servicios de Transporte, Compra de Juguetes y material educativo y reproducción de material educativo; para la atención diaria de los niños, niñas, mujeres gestantes o lactantes y adolescentes madres que se atienden en los CEN-CINAI del país.



Cada Comité de CEN-CINAI, se encuentra facultado para realizar las compras de bienes y servicios según se estipula en la Ley 8809, en su artículo 13, el cual indica: "En cada localidad en la que opere un CEN-CINAI deberá integrarse un comité CEN-CINAI, como órgano de apoyo para la ejecución de las actividades de la Dirección Nacional de CENCINAI.  Para tal efecto, a los referidos comités se les dotará de personería jurídica de acuerdo con la legislación vigente. Las personas integrantes de los referidos comités serán elegidas por medio de asambleas comunales, debidamente convocadas, de acuerdo con las normas y los procedimientos establecidos en el Reglamento de esta Ley. Podrán ser reelegidas y desempeñarán sus cargos ad honórem." Así como de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Orgánico de CEN-CINAI ".c) Realizar, la contratación y compra de servicios, de acuerdo con sus posibilidades y cuando se amerite, para dar continuidad a los servicios respetando la legislación vigente. d) Celebrar contratos y convenios, adquirir toda clase de bienes, materiales y suministros, acorde con los objetivos de la Dirección Nacional de CEN-CINAI y realizar toda clase de operaciones lícitas dirigidas a la consecución de sus fines. e) Recibir fondos de la Dirección Nacional de CEN-CINAI para la compra de alimentos destinados al servicio diario de alimentación, que se proporciona a la población materno infantil de CEN-CINAI, así como otros recursos económicos que pueda aportar la Dirección Nacional CEN-CINAI para la consecución de sus fines. Dichos dineros son depositados en una cuenta corriente de la Banca Estatal exclusiva para estos fondos."




 




Ficha articulo



Artículo 5.- Disponibilidad presupuestaria.



Para las contrataciones que se realicen bajo esta modalidad, es necesario contar con recursos presupuestarios suficientes para enfrentar las erogaciones respectivas. Los Comités de CEN-CINAI están facultados, según artículo 49 inciso e) para "Recibir fondos de la Dirección Nacional de CEN-CINAI para la compra de alimentos destinados al servicio diario de alimentación, que se proporciona a la población materno infantil de CEN-CINAI, así como otros recursos económicos que pueda aportar la Dirección Nacional CEN-CINAI para la consecución de sus fines. Dichos dineros son depositados en una cuenta corriente de la Banca Estatal exclusiva para estos fondos". Para ello la Dirección Nacional transferirá los recursos económicos para la ejecución de las adquisiciones que requiere cada Comité de CEN-CINAI.




 




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Artículo 6.- Aptitud para contratar



De conformidad con el artículo 16 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, "sólo podrán contratar con la Administración las personas físicas o jurídicas que cuenten con plena capacidad de actuar, que no tengan impedimento por alguna de las causales de incapacidad para contratar con la Administración, y que demuestren su idoneidad legal, técnica y financiera, según el objeto a contratar




 




Ficha articulo



CAPÍTULO II



Del procedimiento de contratación



Artículo 7.- Proceso de precalificación de proveedores.



La Dirección Nacional de CEN-CINAI define las especificaciones técnicas de cada uno de los bienes y servicios a contratar; así como la definición del presupuesto que asignará a cada uno de los Comités de CEN-CINAI y establece los requerimientos legales y administrativos que deberán cumplir los proveedores.



Mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta se invita a oferentes a formar parte del registro de Proveedores, para lo cual contarán con un plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de esta publicación, para participar en: a. la contratación de Servicios de atención integral de Infantes y Cocina, limpieza y apoyo en cuido de infantes; b. Servicios de Transporte; c. Compra de Juguetes y material didáctico; para la atención diaria de los niños, niñas, mujeres gestantes o lactantes y adolescentes madres que se atienden en los CEN-CINAI del país. Los términos de referencia de la precalificación, así como lugar, fecha y hora donde se recibirán las ofertas, estará disponible en la pagina WEB de la Dirección de CEN-CINAI.



Un equipo técnico conformado por profesionales de la Dirección Técnica, Dirección de Gestión, Proveeduría y Asesoría Legal revisan analizan y precalifican a las diferentes personas físicas o jurídicas que presentaron ofertas.



El criterio de precalificación se basa en la verificación de los requisitos y términos de referencia publicados por contratación a realizar. Los aspectos subsanables serán notificados para su aclaración o aporte de información, según lo estipula la Ley de Contratación Administrativa. Los oferentes que no cumplan con los requisitos de admisibilidad quedarán excluidos del registro de proveedores.



Cada oferente interesado en formar parte del registro de proveedores, deberá indicar las zonas del país donde desee presentar sus ofertas, a fin de contar con registros de Proveedores Precalificados por áreas geográficas.



La distribución geográfica, será la establecida por CEN-CINAI, y corresponde a las zonas de atracción de las distintas Oficinas Locales del país. Las que se indican a continuación:



1 REGION CENTRAL SUR: 101 HATILLO, 102 CIUDAD COLÓN, 103 TIBAS, 104 CURRIDABAT - DESAMPARADOS, 105 ASERRI - ACOSTA, 106 GUADALUPE. 2 REGION HUETAR NORTE: 201 CIUDAD QUESADA, 202 LA FORTUNA, 203 SANTA ROSA POCOSOL, 204 SAN RAFAEL DE GUATUSO. 3 REGION CHOROTEGA: 301 LIBERIA, 302 SANTA CRUZ, 303 NICOYA, 304 NANDAYURE, 305 CAÑAS. 4 REGION HUETAR CARIBE: 401 LIMÓN-MATINA 402 POCOCÍ 1 403 SIQUIRRES 404 POCOCÍ 2 405 TALAMANCA. 5 REGION BRUNCA: 501 PERÉZ ZELEDON, 502 BUENOS AIRES, 503 OSA - PALMAR NORTE, 504 SAN VITO, 505 GOLFITO - CORREDORES, 506 PERÉZ ZELEDON. 6 REGION CENTRAL NORTE: 601 HEREDIA, 602 FLORES, 603 ALAJUELA, 604 GRECIA, 605 SARAPIQUI. 7 REGION PACÍFICO CENTRAL: 701 PUNTARENAS, 702 OROTINA, 703 JICARAL. 8 REGION CENTRAL OCCIDENTE: 801 SAN RAMÓN, 802 NARANJO, 803 PALMARES. 9 REGION CENTRAL ESTE901 TEJAR DEL GUARCO902 CARTAGO903 OREAMUNO904 TURRIALBA




 




Ficha articulo



Artículo 8.- Requisitos para ser considerados como oferentes precalificados:



1. Oferentes precalificados para brindar servicio de Transporte a niños, niña y acompañantes



Requisitos para el oferente



1.1 Podrán ser considerados como oferentes las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la venta de servicio de transporte.



1.2 Lugar de notificaciones: El oferente debe de indicar en su oferta un medio para recibir notificaciones del presente concurso; teléfono, fax, correo electrónico, dirección física.



1.3 Identificación: El oferente debe de indicar en su oferta su número de cédula jurídica o cédula de identidad, según sea el caso. Adjuntar fotocopia de la cédula de identidad en caso de persona física o certificación de personería jurídica en caso de persona jurídica.



1.4 Experiencia: La experiencia mínima de la empresa oferente o persona física debe ser de 1 año desarrollando la actividad objeto de esta contratación.



El oferente deberá presentar, adjunto a su oferta, la o las constancias originales, pruebas testimoniales, que comprueben su experiencia.



1.5 Certificaciones: originales (no copias) requeridas para considerar admisibles las ofertas:



Personas Físicas: Fotocopia de la Cédula de identidad vigente. Certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS). Certificación de estar al día con el pago de las obligaciones de FODESAF. (Art. 22 de la Ley 5662).



Personas Jurídicas: Certificación de Personería Jurídica. Certificación de la propiedad de las cuotas o acciones, con vista en los libros de la sociedad por un notario público. En caso de que el oferente sea una Asociación o Fundación sin fines de lucro la certificación debe indicar los nombres de los asociados activos y que el acta constitutiva le permita realizar actividades mercantiles. Certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS). Certificación de estar al día con el pago de las obligaciones de FODESAF. (Art. 22 de la Ley 5662).



1.6 Certificación del propietario: En caso de que el oferente realice arrendamiento o subcontratación de unidades de servicio que no son de su propiedad, deberá aportar: copia del contrato de arrendamiento, indicar nombre del propietario o empresa, y adjuntar una certificación del propietario de la unidad de transporte a contratar y su representación legal.



1.7 Declaraciones juradas requeridas para considerar admisibles las ofertas (no deberán tener más de 1 mes):



i. Declaración jurada de que el oferente se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. Artículo N° 65, inciso a. del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.



ii. Declaración jurada de que el oferente no cuenta con prohibición para contratar con la Administración. Artículo N° 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, Artículo N° 65, del Reglamento a la misma Ley.



iii. Declaración jurada de estar al día en el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social, vigente al momento de la apertura de las ofertas, de conformidad con el Artículo N° 31 Reformado de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, (Artículo N° 65, inciso c del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).



1.8 Al momento de firma del contrato, el adjudicatario deberá presentar copia del permiso del Consejo de Transporte Público (CTP), para ser confrontado con el documento original por parte del Comité.



1.9 Principio de confidencialidad: Todos los oferentes y los posteriores adjudicatarios se comprometen a mantener la mayor reserva, discreción, secreto y manejar con estricta confidencialidad, toda la información escrita, verbal o en medio digital que conozca respecto al funcionamiento del CENCINAI. El posterior adjudicatario no podrá realiza publicidad a raíz del servicio o bien ofertados al Comité CEN-CINAI. Así mismo, no podrá utilizar imágenes de clientes, beneficiarias o de la institución para ningún fin. Este principio de confidencialidad debe respetarse a lo largo de la contratación y después de la conclusión de la misma.



1.10Especificaciones Técnicas: La cantidad de clientes a trasladar y rutas requeridas lo indicará cada Comité de CEN-CINAI que realizará la compra de acuerdo a las necesidades de cada centro.



Derecho de circulación al día. Revisión técnica vehicular al día. Hoja antecedente penales del Conductor. Hoja antecedente penales del Asistente. Copia de cedula de identidad o residencia del oferente. Póliza de seguro obligatorio y certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS).



Certificación de que la unidad de transporte es propiedad del oferente o en su defecto contrato de arrendamiento o de cesión que cubra como mínimo el periodo objeto de la contratación. Póliza de riesgos profesionales que cubra a los chóferes y los clientes que viajarán en la unidad de transporte. Licencia de conducir para el tipo de unidad.



REQUISITOS MÍNIMOS DE LA UNIDAD DE TRANSPORTE: Modelo según lo establecido por el CTP. Capacidad según lo solicitado. Propietario de la unidad de transporte. Derecho circulación al día. Revisión técnica vehicular al día. Póliza de seguros al día. Póliza adicional de daños a terceros. Extintor. Botiquín de primeros auxilios. Basureros ubicados adelante y atrás. Rotulación que identifique el servicio. Cinturones de seguridad. Dispositivos de retención infantil según legislación vigente.



CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LA UNIDAD DE TRANSPORTE:



Buen estado de los asientos (tapicería y sujeción). Buen estado de las puertas (apertura y cierre). Buen estado de las ventanas y /o cristales (apertura, cierre y sin defectos). Buen estado de las llantas y sistema de frenado de pedal, mano, llantas delanteras no pueden ser recauchadas. Carrocería en buen estado. Llanta de repuesto en perfecto estado. Espejos retrovisores en perfecto estado. Herramientas básicas. Luces largas y cortas en perfecto estado. Direccionales y de parque en perfecto estado. Luces de freno y reversa en perfecto estado.



2. Oferentes precalificados para brindar servicio de Atención Integral de Infantes y de Cocina, Limpieza y Apoyo al Cuido de infantes.



Requisitos para el oferente



2.1 Serán oferentes las personas jurídicas que se encuentren debidamente organizadas como empresas, que se dediquen a la venta de servicios de mano de obra, para lo cual, deberán demostrar encontrarse en operación con al menos un año de antigüedad.



2.2 Podrán ser considerados como oferentes las personas físicas que operen una empresa a título personal, para lo cual, deberán demostrar encontrarse en operación con al menos un año de antigüedad.



2.3 No se considerarán las ofertas de aquellas personas físicas, que no sean empresas a título personal y que busquen suplir el servicio de forma personal y oferten para una única plaza de trabajo.



2.4 Lugar de notificaciones: El oferente debe de indicar en su oferta un lugar cierto para recibir notificaciones del presente concurso; teléfono, fax, correo electrónico, dirección física.



2.5 Identificación: El oferente debe de indicar en su oferta su número de cédula jurídica o cédula de identidad, según sea el caso. Adjuntar fotocopia de la cédula de identidad en caso de persona física o certificación de personería jurídica en caso de persona jurídica.



2.6 Experiencia: La experiencia mínima de la empresa oferente o persona física que opere una empresa a título personal debe ser de 1 año en trabajos similares a la contratación de Atención Integral de Infantes y de Cocina, Limpieza y Apoyo al Cuido de infantes.



2.7 El oferente deberá presentar, adjunto a su oferta la o las constancias originales emitidas por las personas jurídicas o físicas, donde ha realizado trabajos similares a los expuestos para esta contratación, o bien copias certificadas por Notario Público.



2.8 Personal requerido: Ofertar la totalidad de personal requerido. No se puede ofertar de forma parcial.



Certificaciones originales (no copias) requeridas para considerar admisibles las ofertas (no deberán tener más de 1 mes):



Personas Físicas que opera la empresa a título personal: Fotocopia de la Cédula de identidad vigente. Certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS). Certificación de estar al día con el pago de las obligaciones de FODESAF. (Art. 22 de la Ley 5662) Personas Jurídicas debidamente organizadas como empresas: Certificación de Personería Jurídica. Certificación de la propiedad de las cuotas o acciones, con vista en los libros de la sociedad por un notario público. En caso de que el oferente sea una Asociación o Fundación sin fines de lucro la certificación debe indicar los nombres de los asociados activos y que el acta constitutiva le permita realizar actividades mercantiles. Certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS). Certificación de estar al día con el pago de las obligaciones de FODESAF. (Art. 22 de la Ley 5662)



2.9 Declaraciones juradas requeridas para considerar admisibles las ofertas (no deberán tener más de 1 mes):



i. Declaración jurada de que el oferente se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales, según lo establecido en el Artículo N° 65, inciso a. del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.



ii. Declaración jurada de que el oferente no se encuentra con prohibición para contratar con la Administración según las prohibiciones contempladas en el Artículo N° 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, de conformidad con lo establecido en el Artículo N° 65, inciso b. del Reglamento a la misma Ley.



iii. Declaración jurada de estar al día en el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social, vigente al momento de la apertura de las ofertas, de conformidad con el Artículo N° 31 Reformado de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, (Artículo N° 65, inciso c del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).



iv. Declaración jurada de que el oferente no se encuentra inhabilitado para contratar con la Administración Pública por alguna de las causales que establece el Artículo N° 100 de la Ley de Contratación Administrativa.



2.10 Al momento de firma del contrato, la empresa adjudicada deberá presentar copia de la Póliza de Riesgo del Trabajo al día.



2.11 El oferente deberá indicar en su propuesta, el plazo máximo en días hábiles en que se compromete a realizar el inicio del servicio contratado. Dicho plazo no deberá exceder de diez (10) días hábiles.



2.12En síntesis, para todos los efectos legales, el contratista asumirá en forma amplia y general las obligaciones de Patrono y el Comité CEN-CINAI quedará exento de cualquier responsabilidad.



2.13Especificaciones Técnicas del Equipo de Trabajo: La cantidad de servicios a contratar lo indicará cada Comité de CEN-CINAI que realizará la compra de acuerdo a las necesidades de cada centro. Para cumplir con las labores de Servicios de Atención Integral de Infantes, el personal deberá cumplir los siguientes requisitos: Segundo año aprobado en una carrera universitaria o para-universitaria atinente con la especialidad del puesto o 20 materias ganadas en el área de Educación y dos años de experiencia en labores relacionadas con la especialidad del puesto Atención Integral de Infantes o Bachiller en Educación Preescolar. Hoja de antecedentes penales.



Aprobación de examen de Idoneidad Mental.



Para cumplir con las labores de Servicios de Cocina, Limpieza y Apoyo al Cuido de Infantes, el personal deberá cumplir los siguientes requisitos: Segundo ciclo aprobado de Enseñanza General Básica (sexto grado) y dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto. Contar con carnet de manipulador de alimentos vigente. Hoja de antecedentes penales.



2.14Las funciones a desempeñar por las personas que realicen el servicio serán: Funciones: Atención Integral de Infantes: 1 Ejecutar actividades técnicas de estimulación temprana en las áreas socio-afectivas y cognoscitivas, psicomotriz, lenguaje, educación para la salud, educación nutricional, seguridad, expresión creadora y otras, en beneficio de los niños que reciben el servicio de Atención Integral. 2 Realizar, con los niños actividades relacionadas con educación y práctica de hábitos deseables, a fin de contribuir al mejoramiento del normal desarrollo y desenvolvimiento de los niños. 3 Planear, semanalmente, las actividades individuales y colectivas que se realizarán con los niños. 4 Ejecutar las tareas asignadas, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Normas de los establecimientos CEN y CINAI. 5 Atender, consultas de los padres de los niños, a fin de brindarles información y obtener una activa participación. 6 Comunicar a quien corresponda, los casos probables de niños con problemas físicos y emocionales, para efectos de información y toma de decisiones. 7 Participar en el recibimiento, atención y despedida de los niños que asisten a recibir los servicios de atención integral. 8 Confeccionar y dar mantenimiento al material didáctico utilizado en proceso de aprendizaje de los niños. 9 Colaborar en el mantenimiento al día de los expedientes de los clientes. 10 Registrar, por medio de anotación directa, la asistencia de los niños. 11 Realizar cualquier otra actividad propia del servicio contratado.



Funciones Cocina y Limpieza y Apoyo en Cuido de Infantes: 1 Recibir, almacenar y custodiar alimentos, a fin de facilitar su posterior utilización. 2 Colaborar en el recibimiento de los niños que asisten a los centros. 3 Manipular, preparar y cocinar, siguiendo buenas prácticas de manufactura, los alimentos indicados en las preparaciones del menú institucional. 4 Elaborar la lista de pedido de los alimentos. 5 Servir raciones alimenticias y distribuirlas diariamente a los niños. 6 Recoger, lavar, secar y almacenar la vajilla después de cada tiempo de comida. 7 Limpiar y ordenar los utensilios de cocina y disponer adecuadamente de los desechos sólidos. 8 Mantener limpias y ordenadas las diferentes áreas de la planta física del centro. 9 Informar sobre anomalías detectadas durante la jornada del servicio. 10 Colaborar en el cuido de infantes en situaciones de estricta necesidad y por espacios cortos. 11Colaborar en la entrega de los niños a los responsables una vez terminada la jornada. 12 Velar en todo momento por la seguridad de los niños. 13 Realizar cualquier otra actividad relacionada con el servicio contratado.



2.15Los servicios a contratar se encuentran descritos según el manual de manipulación de alimentos y normas existentes en el establecimiento CENCINAI.



2.16Los parámetros o metodología para realizar el trabajo en el establecimiento estarán bajo la tutela de la Dirección Nacional de CEN-CINAI. Para esto se pondrá a disposición la normativa institucional y se brindará las inducciones necesarias por parte de la Oficina Local.



2.17 El equipo de trabajo propuesto deberá formar parte de la planilla de la empresa oferente a tiempo completo. Al final del primer mes de inicio del servicio, se debe adjuntar mediante documento idóneo la inscripción del personal que está dando el servicio en el establecimiento, así como la póliza de Riesgos de Trabajo.



2.18La empresa debe contar con el recurso humano suficiente para suplir de forma inmediata, al personal asignado en el establecimiento en caso de que este no pueda asistir o deba ausentarse del desempeño de sus labores.



2.19La empresa solicitará al Comité CEN-CINAI, informes del desempeño de labores del personal asignado, el Comité cuenta con el apoyo técnico de la Oficina Local.



2.20Responsabilidad y carácter no laboral del contrato: Corresponde al adjudicatario toda responsabilidad laboral sobrevenida con ocasión del personal asignado al establecimiento de CEN-CINAI. Queda expresamente entendido que los servicios ofertados al Comité CEN-CINAI objeto de esta contratación, serán prestados por los empleados del adjudicatario sin que medie ninguna relación laboral ni estatutaria. El adjudicatario y sus empleados, no se consideran en ninguna forma empleados del Comité CENCINAI o de la Dirección Nacional de CEN-CINAI.



2.21Principio de confidencialidad: Todos los oferentes y los posteriores adjudicatarios se comprometen a mantener la mayor reserva, discreción, secreto y manejar con estricta confidencialidad, toda la información escrita, verbal o en medio digital que conozca respecto al funcionamiento del CENCINAI.



El posterior adjudicatario no podrá realizar publicidad a raíz del servicio o bien ofertados al Comité CEN-CINAI. Asimismo, no podrá utilizar imágenes de clientes, beneficiarias o de la institución para ningún fin. Este principio de confidencialidad debe respetarse a lo largo de la contratación y después de la conclusión de la misma.



3. Oferentes precalificados para la brindar juguetes y material educativo Requisitos para el oferente



3.1. Podrán ser considerados como oferentes las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la venta de bienes.



3.2. Lugar de notificaciones: El oferente debe de indicar en su oferta un medio para recibir notificaciones del presente concurso; teléfono, fax, correo electrónico, dirección física.



3.3. Identificación: El oferente debe de indicar en su oferta su número de cédula jurídica o cédula de identidad, según sea el caso. Adjuntar fotocopia de la cédula de identidad en caso de persona física o certificación de personería jurídica en caso de persona jurídica.



3.4. Experiencia: La experiencia mínima de la empresa oferente o persona física debe ser de 1 año desarrollando la actividad objeto de esta contratación. El oferente deberá presentar, adjunto a su oferta, al o las constancias originales, pruebas testimoniales que comprueben su experiencia.



3.5. Certificaciones originales (no copias) requeridas para considerar admisibles las ofertas (no deberán tener más de 1 mes):



Personas Físicas, fotocopia de la cédula de identidad vigente. Certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS).



Certificación de estar al día con el pago de las obligaciones de FODESAF. (Art. 22 de la Ley 5662)



Personas Jurídicas, certificación de Personería Jurídica. Certificación de la propiedad de las cuotas o acciones, con vista en los libros de la sociedad por un notario público. En caso de que el oferente sea una Asociación o Fundación sin fines de lucro la certificación debe indicar los nombres de los asociados activos y que el acta constitutiva le permita realizar actividades mercantiles. Certificación de estar al día en las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguros Social (CCSS). Certificación de estar al día con el pago de las obligaciones de FODESAF. (Art. 22 de la Ley 5662)



3.6. Declaraciones juradas requeridas para considerar admisibles las ofertas (no deberán tener más de 1 mes):



i. Declaración jurada de que el oferente se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. Artículo N° 65, inciso a. del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.



ii. Declaración jurada de que el oferente no cuenta con prohibición para contratar con la Administración. Artículo N° 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, Artículo N° 65, del Reglamento a la misma Ley.



iii. Declaración jurada de estar al día en el Pago de las obligaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social, vigente al momento de la apertura de las ofertas, de conformidad con el Artículo N° 31 Reformado de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, (Artículo N° 65, inciso c del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).



iv. Declaración jurada de que el oferente no se encuentra inhabilitado para contratar con la Administración Pública por alguna de las causales que establece el Artículo N° 100 de la Ley de Contratación Administrativa.



3.7. Principio de Confidencialidad: Todos los oferentes y el posterior adjudicatario se comprometen a mantener la mayor reserva, discreción, secreto y manejar con estricta confidencialidad, toda la información escrita, verbal o en medio digital que conozca respecto al funcionamiento del CEN-CINAI. El posterior adjudicatario no podrá realiza publicidad a raíz del servicio o bien ofertados al Comité CEN-CINAI. Así mismo, no podrá utilizar imágenes de clientes, beneficiarias o de la institución para ningún fin. Este principio de confidencialidad debe respetarse a lo largo de la contratación y después de la conclusión de la misma.



Especificaciones técnicas: Los materiales autorizados a utilizar en CEN-CINAI se detallan a continuación. La cantidad y especificaciones de cada uno, lo brinda el Comité de CENCINAI que realizará la compra. Material: Cartulina de colores. Papel de colores. Papel periódico. Cartulinas de colores para manualidades. Papel de construcción. Lápices de color. Pilots. Crayolas de colores. Plastilina. Témperas tipo escolar. Pinceles. Goma líquida. Goma en barra. Silicón Frío. Gomas escarchadas de colores. Láminas de plástico transparente. Rompecabezas. Juegos de mesa. Tijeras. Tijeras de Piquitos. Sellos con diferentes letras números y siluetas. Perforadoras de siluetas. Papel china o papel seda.



Papel crepé. Plantillas de formas de plástico de diferentes diseños. Juegos de geometría. Masking tape o cinta adhesiva. Plástico adhesivo. Plástico para forrar libros (no adhesivo). Sacapuntas manual. Folder. Prensas para folder. Perforadora de uno y/o dos huecos. Pilots para pizarra. Colecciones de números, letras, figuras diversas. Señales para interiores y exteriores. Paños. Pañales Desechables. Muñecos anatómicos. Coche de juguete para bebés. Sonajeros. Alfombras de hule lisas y petates. Bandeja de madera. Bandejas de diferentes materiales. Bandejas seccionadas. Escobilla para limpiar ventanas. Bolas de: Futbol, basquetbol, voleibol. Bola pequeña. Bolas de hule. Conos de entrenamiento o seguridad. Piscina. Figuras para enhebrar. Juegos de ensarte. Estructuramas. Juegos de engranes. Bastidores Montessori. Lupas. Microscopio. Set de láminas para uso en el microscopio. Foco enroscable. Pista Educativa. Juego de maracas y güiro. Juegos de Animales de plástico o recina, así como familia, ocupaciones de la comunidad. Juegos de lotería. Juegos de memoria. Títeres. Recintos y estructuras a escala para los hábitats. Frutas y verduras. Rollo / cilindro para gateo. Pinzas plásticas o de metal de uso en la cocina. Prensas de ropa. Hula-Hula. Cuerdas de saltar. Elástico. Botella de plástico con rociador. Recipientes pequeños. Líquidos o pulidos. Colonia para niños y niñas. Regaderas. Carretillo. Embudos. Palas pequeñas para trabajo en la tierra. Rastrillos y palas largas. Coladores. Cernidor de harina. Cepillos para zapatos. Láminas educativas. Libros de cuentos. Libros de Tela o plástico. Cepillo para pelo. Limpiones. Individuales plásticos o de vinil. Protectores. Anillos para protectores. Base con ganchos para set de limpieza y para colgar los objetos personales de los niños y niñas. Cuerda de nylon. Bola de Estereofón. Borrador de fieltro. Arenero. Mesa de agua. Cajas de madera o plástico para Lápices. Canasta de plástico o de fibra natural. Tendedero. Esponjas absorbentes de colores variados, Esponja marina, Esponja con ventosas. Lápices de grafito. Borrador de goma. Moldes para plastilina. Escarcha. Papel satinado. Delantales. Almohadones. Revistero. Soportes de metal. Tazones de plástico o melanina. Tasita tipo gourmet pequeña. Variedad de cucharas. Molinillo. Batidor de huevo. Pichel acrílico, de plástico o de acero inoxidable. Pichel con base. Galletera. Mantequillera. Mortero. Cuchara para bolitas de fruta. Vasos o copas de plásticos o melanina. Bandejas para hielo. Tablas para picar. Jeringas. Cuchillo para untar, para frutas o vegetales. Bombones. Rayadores. Dispensario para palillos de dientes. Campana. Ahulado. Colección de botellas pequeñas variadas con su tapa de enrosque. Colección de cajas pequeñas con su tapa separada de madera, metal o plástico. Exprimidor de naranjas, limones, etc. Goteros. Jabonera. Jabón. Cuna de juguete para el bebé. Juegos de tarjetas. Bingos o loterías. Dominós. Balanzas educativas para sólidos y para líquidos. Caja de música. Palo de lluvia. Cofre. Reloj de arena. Pañuelos de tela. Espejo de mano. Alfabeto concreto. Cajas de plástico para alfabeto concreto. Pañitos húmedos. Peine. Cepillo para lavado de uñas. Cepillo para lavar. Cepillo aplicador. Brocha. Pañito de franela. Pañitos de tela. Tapetes pequeños. Tina cuadrada para el mueble de lavado de trapos. Batea mediana. Gel para cabello. Set de limpieza. Plumero. Pala pequeña. Brocha redonda. Set de doblado de telas. Bloques lógicos. Bloques de construcción (Legos). Bloques de áreas de sensorial y matemáticas de Montessori. Carros grandes y pequeños. Tobogán de madrea para hacer rodar bolitas. Boliche. Argollas. Fundas de plástico con huecos para folder. Carpeta de plástico con fundas de plástico. Carteles educativos con mapas, información científica, hábitos, valores, entre otros. Globo terráqueo. Cilindros de peso. Tablas de tacto. Cajas de triángulos. Tabletas de colores. Cajas de uso. Puente para bebé. Gabinete botánico. Estructuras geométricas de madera. Gabinete geométrico. Rompecabezas de mapas. Cilindros de colores. Caja de seguimiento Papelera de tres pisos. Cajas de madera, cartón



grueso, o plástico. Archivo para niños. 6 bloques de espuma forrados con tela, para rodear colchoneta donde va la cabeza del bebé. Macetas para plantas. Variedad de pequeños floreros. Secuencias de la vida. Muñecos y muñecas de vestir. Contrarios geográficos. Letras y números de lija. Reloj. Juego de encadenamiento. Baldes de plástico o metal. Huevos de plástico con huevera. Juegos de carpintería y mecánica. Foco enroscable. Uniones Educativas. Caminadora en equipo. Balancín. Ángel. Jardín Zen para niño y niña. Termómetro para uso de los niños. Tubos de ensayo plásticos. Conchas, piedras artificiales. Caleidoscopio. Ganchos para colgar. Cambas plásticas. Lana para tejer en camba. Aro para bordar. Disfraces. Fotocopias y encuadernación.




 




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Artículo 9.- Notificación del registro de proveedores precalificados



La Dirección Nacional comunica mediante notificación a cada Comité de CEN-CINAI con presupuesto asignado para la compra de bienes y servicios indicados en el presente procedimiento, el registro de Proveedores Precalificados, para que inicien el proceso de contratación respectivo.




 




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Artículo 10.- Acuerdo de inicio e invitación a proveedores precalificados por parte del Comité de CEN-CINAI.



Con base en el presupuesto asignado, los tipos de contrataciones a realizar, las necesidades de suministros de cada establecimiento y el registro de proveedores precalificado, el Comité de CEN-CINAI toma el acuerdo de iniciar el proceso de contratación.



El Comité procede a invitar a los proveedores ya precalificados por rubro o tipo de compra autorizados a realizar, con el detalle específico de la contratación, tales como cantidades, horarios, plazo de contrato, entre otros. La invitación puede realizarse por medio de Fax, correo electrónico o carta a los proveedores precalificados, indicando fecha, día y hora de recepción de las ofertas.




 




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Artículo 11.- Recepción de ofertas y acto de apertura.



La presentación de ofertas las recibe el Comité de CEN-CINAI el día y la hora señalado en la invitación, en sobre sellado; cada oferente debe firmar el Registro de Entrega de Ofertas.



Acto seguido se procede a realizar el acto de apertura en presencia de los proveedores interesados.




 




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Artículo 12.- Evaluación



El Comité de CEN-CINAI sesiona para realizar la evaluación de las ofertas. El factor a evaluar preponderante es precio, sin embargo, los demás criterios serán indicados en cada cartel que entregará el Comité.



Los requisitos de admisibilidad ya han sido precalificados.



En caso de empate se utilizará la puntuación adicional a la PYMES: 5 puntos para PYMES de servicios y 2 puntos para PYMES de comercio.



Se considera inaceptable el precio ruinoso (que dé lugar a presumir el incumpliendo por parte de este de las obligaciones financieras), así como el precio excesivo (comparándose con el precio del mercado, los excede sustancialmente o excede de la disponibilidad presupuestaria) según lo estipula el artículo 30 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.



1.Metodología de evaluación de las ofertas para Juguetes y Material Didáctico.



1. El Comité CEN-CINAI, se reserva el derecho de seleccionar la propuesta que más conveniente según sus intereses. Para seleccionar la oferta se utilizará como criterio de selección: Precio 60%. Plazo de entrega 20%. Experiencia 10%. Garantía del producto 10%.



1.1.1Precio (60%). El precio de los artículos ofertados se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: P = MP x 60 / POE. En donde: P: Precio. MP: Menor precio de todas las ofertas. POE: Precio de la oferta a evaluar. El resultado de la aplicación de esta fórmula, corresponde al porcentaje que se le asigna al oferente.



1.1.2 Plazo de entrega (20%). Duración en tiempo (en días hábiles) que tardará el Adjudicatario en la entrega de los bienes comprados del presente trámite y se calificará de la siguiente manera: Entrega de 5 o menos días posterior al recibo del pedido 20%. Entrega de 6 a 10 días posterior al recibo del pedido 10%. Entrega de 11 a 15 días posterior al recibo del pedido 5%.



1.1.3 Cambio de producto (10%) Garantía ofrecida por el Adjudicatario en caso de presentarse productos que no cumplan con las características especificadas la contratación y se calificará de la siguiente manera: Cambio en 15 días hábiles posterior a la entrega del producto10%. Cambio en 16 a 30 días hábiles posterior a la entrega del producto 5%. Cambio mayor a 31 días hábiles posterior a la entrega del producto1%.



1.1.4Experiencia (10%) Permanencia en el mercado (en meses) que tiene el Adjudicatario en comercializar los bienes solicitados y se calificará de la siguiente manera: Tiempo más de 18 meses10%. Tiempo de 12 a 18 meses 5 %.



1.1.5Criterios de Desempate Se considerará como criterio de desempate lo establecido en el Artículo 55bis del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, el cual indica "que como factor de desempate una puntuación adicional a las PYME" "PYME de comercio 2 puntos"



1.1 La evaluación de las ofertas admitidas a concurso, se realizará en una sola etapa.



1.2 Para los componentes a contratar, se obtendrá una calificación máxima de 100 puntos.



2. Metodología de Evaluación de las ofertas para Compra de Servicios de Atención Integral de Infantes y Cocina limpieza y apoyo al cuido de infantes



2.1 El Comité CEN CINAI, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que juzgue más conveniente a sus intereses. Para seleccionar la oferta se utilizará como criterio de selección, flexibilidad de horario, disponibilidad adicional del personal y precio.



2.2 La flexibilidad de horario debe entenderse como la disposición del oferente de ofrecer el servicio en distintos horarios. La disponibilidad adicional del personal, serán todas aquellos diversos servicios y ventajas, que ofrezca el oferente y que no estén contempladas dentro del presente cartel.



2.3 La evaluación de las ofertas admitidas a concurso, se realizará en una sola etapa.



2.4 Para efectos de la obtención de los puntajes, se utilizarán únicamente dos posiciones decimales, sin redondeo al momento de realizar los cálculos.



2.5 Para los componentes y servicios a contratar, se obtendrá una calificación máxima de 100 por ciento; asignándose de la siguiente manera: Precio50%. Flexibilidad de horario25%. Disponibilidad adicional 25%.



2.5.1 PRECIO (50%) El precio de los artículos ofertados se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: P = MP x50 / POE. En donde: P: Precio. MP: Menor precio de todas las ofertas. POE: Precio de la oferta a evaluar. El resultado de la aplicación de esta fórmula, corresponde al porcentaje que se le asigna al oferente.



2.5.2 FLEXIBILIDAD DE HORARIO (25%): Se refiere a la posibilidad de contar con personal que labore en los horarios diurno, nocturno o mixto. Se calificará de la siguiente manera: Posibilidad de horario diurno, mixto o nocturno25%. Sin posibilidad de horario diurno, mixto o nocturno 0 %.



2.5.3 DISPONIBILIDAD ADICIONAL (25%): Se refiere a la disponibilidad de que las personas que dan el servicio, asistan y reciban capacitación. Se calificará de la siguiente manera:



Disponibilidad de 2 días para recibir capacitación previa al inicio del servicio y participación en al menos una actividad propuesta por el Comité CEN CINAI, cada 3 meses 25%. Disponibilidad de 1 día para recibir capacitación previa al inicio del servicio y participación en al menos una actividad propuesta por el Comité CEN CINAI, cada 6 meses 10%.



2.5.4 CRITERIOS DE DESEMPATE: Se considerará como criterio de desempate lo establecido en el Artículo 55bis del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, el cual indica "que como factor de desempate una puntuación adicional a las PYME", "PYME de servicios 5 puntos, PYME de comercio 2 puntos"



3. Metodología de Evaluación de las ofertas para compra de Servicio de Transporte



3.1 El Comité CEN-CINAI, se reserva el derecho de seleccionar la propuesta más conveniente según sus intereses. Para seleccionar la oferta se utilizará como criterio de selección: Precio 60%. Experiencia 40%



3.1.1 PRECIO (60%) El precio de los artículos ofertados se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: P = MP x 60 / POE. En donde: P: Precio. MP: Menor precio de todas las ofertas. POE: Precio de la oferta a evaluar. El resultado de la aplicación de esta fórmula, corresponde al porcentaje que se le asigna al oferente.



3.1.2 EXPERIENCIA (40%) Permanencia en el mercado (en meses) que tiene el Adjudicatario en comercializar los bienes solicitados y se calificará de la siguiente manera: Tiempo más de 18 meses 40%. Tiempo de 12 a 17 meses 20%



3.1.3 CRITERIOS DE DESEMPATE: Se considerará como criterio de desempate lo establecido en el Artículo 55bis del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, el cual indica "que como factor de desempate una puntuación adicional a las PYME", "PYME de servicios 5 puntos"



3.2 La evaluación de las ofertas admitidas a concurso, se realizará en una sola etapa.



3.3 Para los componentes a contratar, se obtendrá una calificación máxima de 100 porciento.




 




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Artículo 13.- Adjudicación



El Comité de CEN-CINAI adjudica dentro de los 5 días siguientes al acto de apertura y comunica el resultado de la adjudicación a los demás participantes al medio de notificación señalado.




 




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Artículo 14.- Firma de Contrato u Orden de Compra



El contrato para el Servicio de Transporte, Servicio de Atención Integral, Cocina, Limpieza y apoyo al cuido de infantes, será firmado por el representante legal del Comité de CENCINAI y el representante legal de la empresa elegida.



La Orden de Compra, se confecciona para la compra de suministros sean de Juguetes y Material Educativo, será firmada por el representante legal del Comité de CEN- CINAI, para su entrega al proveedor adjudicado, quien firma la misma como recibido.




 




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Artículo 15.- Depósitos de Garantía.



El depósito de garantía será del 5% según lo estipula el artículo 34 de la Ley de Contratación Administrativa y será depositado en cuenta bancaria del Comité de CENCINAI en el momento de la firma del Contrato.




 




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Artículo 16.- Comunicación a la Dirección de Gestión de la contratación



El representante legal del Comité de CEN-CINAI envía original del contrato a la Dirección Regional de CEN-CINAI, quienes lo trasladan a la Comisión Interna de Aprobación de Contratos donde revisan, supervisan y se fiscaliza la contratación. La Dirección de Gestión comunican a la Unidad Financiero Contable de la Dirección Nacional el rige del contrato para la ejecución del presupuesto.




 




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Artículo 17.- Pago al proveedor.



A la vez, mensualmente el Comité de CEN-CINAI comunica a la Dirección Regional los bienes recibidos o los días de servicio brindados por el proveedor, para la gestión de los recursos mensuales a transferir al Comité. El Comité procede a verificar que el proveedor se encuentre al día con sus obligaciones con la CCSS y el INS y solicita a la Unidad Financiera para que se calcule el monto de la transferencia y se proceda con la misma.



Previo a realizar el pago, el Comité de CEN-CINAI, verificará que la mercadería cumpla con las especificaciones establecidas en la factura comercial, la cual deberá indicar claramente al menos cantidad, descripción y precio.



Asimismo, verificará que los servicios contratados cumplan con lo estipulado en el contrato y que indique claramente descripción, número de días de servicio y precio.



La cancelación de las facturas se ejecuta mediante cheque emitido por el Comité a satisfacción de los bienes y servicios recibidos.



Las facturas originales serán custodiadas por el Comité de CEN-CINAI.




 




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CAPÍTULO III



Del control interno y la fiscalización de las compras



Artículo 18.- Conformación y custodia del expediente de compras.



Será responsabilidad del Comité de CEN-CINAI encargado de la compra de bienes y



servicios la conformación del expediente de la compra, el cual deberá contar con un



consecutivo.



El expediente deberá contener al menos:



1. Acta de acuerdo del Comité de CEN-CINAI para dar inicio al procedimiento de



compra de bienes y servicio, con las necesidades de suministros o servicios a contratar.



2. Invitaciones físicas o electrónicas a los proveedores precalificados



3. Pliego de condiciones o cartel



4. Toda la documentación entregada por los oferentes participantes



5. Acta de acuerdo de adjudicación.



6. El contrato u orden de compra.



7. Comprobante de depósito de Garantía de Cumplimiento (según tipo de Compra).



Una vez conformados los expedientes, serán resguardados por el Comité CENCINAI.



Estos expedientes estarán disponibles a los funcionarios de la Dirección Nacional o



entes externos acreditados para las revisiones y fiscalizaciones correspondientes.




 




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CAPÍTULO IV



De la exclusión del registro de proveedores precalificados.



El procedimiento de exclusión de proveedores del registro, lo realizarán los Comités de CEN- CINAI con fundamento en el artículo 132 del Reglamento de Contratación Administrativa. A excepción de la causal por vencimiento o expiración del Sistema Alternativo de Precalificación el cual será de oficio al caducar el periodo de vigencia.



Artículo 19.- Exclusión del registro. Serán causales de exclusión del registro las siguientes: a) La muerte o la extinción de la persona física o jurídica. b) La manifestación expresa del proveedor inscrito. c) Los que hayan sido inhabilitados de conformidad con el artículo 100 de la Ley de Contratación Administrativa. d) Por carencia de interés de la Administración de continuar contratando determinado bien o servicio. e) Por recisión contractual por incumplimiento a sus obligaciones con a los estándares de calidad que indicare la Administración mediante reglamentos o normas técnicas emanadas de los órganos competentes. f) Por vencimiento o expiración del Sistema Alternativo de Precalificación.




 




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Artículo 20.- Procedimiento de Exclusión



Al cumplirse los supuestos del artículo anterior, el Comité de CEN-CINAI procederá a comunicarlo a la Proveeduría Institucional de CEN-CINAI, quién procederá a notificar al Proveedor para que en un plazo de 5 días proceda a presentar su oposición y la prueba de descargo.



La Proveeduría Institucional contará con un plazo de 8 días para emitir su resolución. Este plazo se podrá extender hasta en otro tanto igual en caso de que fuera necesario solicitar información adicional a las partes.




 




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Artículo 21.- Tiempo de Exclusión del registro.



Los proveedores que se excluyan del registro de conformidad con los artículos anteriores, será durante el plazo de vigencia de este Sistema.




 




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CAPÍTULO V



Fase recursiva.



Artículo 22.- Contra la exclusión del Registro



Una vez emitida la resolución de la exclusión del registro de Proveedores Precalificados del Sistema, el proveedor afectado podrá interponer recurso de revocatoria ante la Proveeduría Institucional en un plazo de 5 días, quien lo trasladará a la Dirección Nacional de CENCINAI para su respectiva resolución en un plazo de 8 días.




 




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Artículo 23.- Recurso de Objeción al Cartel de Precalificación.



Cuando se cuestionan aspectos esenciales del cartel de licitación.



Se podrá interponer recurso de objeción al cartel ante la Dirección Nacional de CENCINAI, dentro del primer tercio del plazo para presentar las ofertas. (Art. 178, y 181 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa). El cual deberá ser resulto dentro de los 10 días hábiles siguientes a su presentación. De acuerdo a lo estipulado en los artículos 81,82 y 83 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 173 de su reglamento.




 




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Artículo 24.- Recurso de revocatoria contra el acto de adjudicación



Cuando se solicita se revoque la adjudicación.



Se podrá interponer recurso de revocatoria al acto de adjudicación o contra la declaración



Se podrá interponer recurso de revocatoria al acto de adjudicación o contra la declaración de desierto o infructuoso, ante el Comité ( quien dicto el acto), dentro de los 5 días hábiles siguientes a que se comunicó el acto de adjudicación. (Artículo 193 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa)



Para su tramitación se debe estar a lo dispuesto en el Artículo 194 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.



La resolución del recurso se resolverá dentro de los quince días hábiles según se estipula en el artículo 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA)




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Artículo25.- Vigencia



La utilización del Sistema Alternativo Precalificado para la Adquisición de Bienes y Servicios por parte de los Comités de CEN-CINAI es por un año a partir de su publicación.




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Artículo 26.- Rige a partir de su publicación.



Dado en el Ministerio de Salud, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.




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Fecha de generación: 7/11/2025 22:41:34
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