DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RES-DGH-011-2016.-Dirección General de Hacienda a las diez horas del
quince de febrero del dos mil dieciséis.
Considerando:
I.-Que la Ley Nº 3022 del 27 de agosto de 1962 establece que el Ministro
de Hacienda, el Director General de Hacienda u otro funcionario de esa
Dirección escogido por aquéllos, son los funcionarios facultados para
autorizar, bajo su responsabilidad las exenciones de impuestos debiendo en cada
caso señalar la ley en que se ampare dicha petición.
II.- Que la Ley N° 3654, denominada Convenio Cooperación Técnica con
Alemania Federal del 23 de diciembre de 1965, concede exención de todo tributo
incluyendo el Impuesto General sobre las Ventas y el Impuesto Selectivo de
Consumo, para las adquisiciones de bienes en el mercado nacional a favor de los
distintos proyectos de Cooperación Técnica con la República Federal de
Alemania.
III.-Que la Ley Nº 4755 del 29 de abril de 1971, Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, establece que los órganos de la Administración
Tributaria del Ministerio de Hacienda pueden dictar normas generales para la
correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites fijados por
las normas legales y reglamentarias pertinentes.
IV. -Que el trámite por medio de resolución genérica para la
autorización de la exención para cada adquisición mediante orden de compra
facilitará las funciones del "Proyecto Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida
a la Captación de Carbono en América Central (Redd Landscape CCAD)".
V. -Que el Convenio Cooperación Técnica con Alemania Federal ha cumplido
con la presentación de los informes semestrales para los proyectos que gozan
del procedimiento de autorización genérica para la adquisición exenta de bienes
y servicios en el mercado nacional.
SE RESUELVE:
1º . - Conceder autorización genérica a favor del Proyecto "Gestión de
Recursos y Paisajes Dirigida a la Captación de Carbono en América Central (Redd
Landscape CCAD)", cédula jurídica número 3-003-708956, amparado al Convenio de
Cooperación Técnica con la República Federal de Alemania, a efecto de que
adquiera bienes y servicios en el mercado nacional exentos de los Impuestos
General sobre las Ventas y/o Selectivo de Consumo.
Conforme lo expuesto, en estos casos se prescindirá del trámite para la
autorización de la exoneración ante el Departamento de Gestión de Exenciones en
cada adquisición.
2º-Las adquisiciones se realizarán mediante órdenes de compra emitidas
por el Proyecto Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida a la Captación de
Carbono en América Central (Redd Landscape CCAD) ". Estas órdenes de compra
deberán ser firmadas por las personas debidamente autorizadas por parte del
Representante Legal de la entidad mencionada, para efectuar las referidas
compras exentas de impuestos en su nombre.
3º-El Representante Legal del Proyecto "Gestión de Recursos y Paisajes
Dirigida a la Captación de Carbono en América Central (Redd Landscape CCAD)",
deberá remitir oficio a la Dirección General de Tributación, haciendo
referencia a la presente resolución e indicando el nombre completo y el número
de identificación de las personas autorizadas para efectuar las compras y
consecuentemente para firmar las órdenes de compra a nombre de la institución.
En este oficio se debe registrar formalmente las firmas de las personas
citadas. Estos registros de firmas deberán mantenerse actualizados ante
cualquier variación al respecto.
4º-Las órdenes de compra deberán contener expresa manifestación de que
la compra en referencia está exenta de los Impuestos General sobre las Ventas
y/o Selectivo de Consumo o de alguno de los dos, según corresponda. En poder
del vendedor deberá permanecer la orden de compra original. No obstante, cuando
por regulaciones especiales el Proyecto "Gestión de Recursos y Paisajes
Dirigida a la Captación de Carbono en América Central (Redd Landscape CCAD)",
requiera conservar en su poder el original del documento en mención, como
respaldo de la compra, el vendedor deberá conservar una copia certificadade la
orden de compra respectiva. En todo caso, bien se trate del original o de la
copia de la orden de compra, en este documento deberá constar la firma original
de la persona autorizada para efectuar las compras a nombre de la entidad
beneficiaria de la exención.
Las órdenes de compra deberán contener el formato según el anexo adjunto
a esta resolución.
5º-Adicionalmente a los datos que exige la legislación, la factura
respectiva deberá estar emitida a nombre del Proyecto "Gestión de Recursos y
Paisajes Dirigida a la Captación de Carbono en América Central (Redd Landscape
CCAD)", así como expresa manifestación de que con fundamento en la presente
resolución, la compra en referencia está exenta de los Impuestos General sobre
las Ventas y/o Selectivo de Consumo, o de alguno de los dos según corresponda.
Asimismo deberá constar en la factura el monto específico de cada uno de los
tributos que se están exonerando.
6°__ Los bienes exonerados al amparo de la presente resolución deberán
ser utilizados por el beneficiario, únicamente para facilitar el desempeño de
sus labores de cooperación con el país. Cualquier uso o destino indebido de los
bienes, exonerados debidamente comprobado, será motivo suficiente para dejar
sin efecto la presente autorización e iniciar los procedimientos administrativos
correspondientes para el cobro de los impuestos exonerados al amparo del
artículo 37 y siguientes y 45 párrafo primero de la ley 7293 de 31 de marzo de
1992.
7º-Para cumplir con los controles que al efecto debe llevar la Dirección
General de Hacienda específicamente la División de Incentivos Fiscales, el
Proyecto "Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida a la Captación de Carbono en
América Central (Redd Landscape CCAD)", deberá rendir un informe semestral, que
brindará en los primeros diez días de enero y los primeros diez días de julio
de cada año, con la siguiente información:
ENCABEZADO
1. Razón social del
beneficiario.
2. Cédula jurídica
del beneficiario: Numérico, sin guiones de 10 dígitos (9999999999)
3. Período del
informe (Semestre y Año).
4. Número de
Resolución: Alfanumérico
5. Fecha de
Resolución: dd/mm/aaaa
DETALLE DEL INFORME
Según el anexo
adjunto a esta resolución.
CONSIDERACIONES
GENERALES
1. El informe debe
ser elaborado con la herramienta Excel y enviarlo con firma digital al correo
electrónico inforg@hacienda.go.cr de la Subdirección de Programación de la
División de Incentivos Fiscales de la Dirección General de Hacienda.
2. Llenar formulario
en Fuente (letra) Verdana!important, tamaño mínimo 9.
3. Indicar los
Totales Generales de: Valor de la compra, y Total Monto Exonerado, al final de
la columna que correspondiente.
4. Se debe numerar
cada página del informe. Ejemplo: 1/2, 2/2,.
5. El Informe deberá
ser presentado según el anexo que contiene esta resolución, ante en la
Dirección General de Hacienda dirigido a la División de Incentivos Fiscales.
6. El Proyecto
"Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida a la Captación de Carbono en América
Central (Redd Landscape CCAD)", deberá conservar en debido orden un archivo
consecutivo de las órdenes de compra emitidas.
7. Será
responsabilidad del Proyecto "Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida a la
Captación de Carbono en América Central (Redd Landscape CCAD)", hacer los
ajustes que correspondan para el adecuado control del procedimiento aquí
autorizado.
8. La vigencia de la
presente resolución se define por dos años a partir de la fecha de
notificación. La misma podrá gestionarse nuevamente por parte de los
interesados un mes antes de su vencimiento, y el Ministerio de Hacienda podrá
autorizarla previa constatación de haberse aportado los informes requeridos.
Asimismo la vigencia de esta resolución queda sujeta a que mediante leyes
aprobadas con posterioridad, se dejen sin efecto o se disminuyan las exenciones
reconocidas a favor del Proyecto "Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida a la
Captación de Carbono en América Central (Redd Landscape CCAD)" o bien a
criterios de oportunidad y/o conveniencia del Ministerio de Hacienda, previa
notificación o publicación en el diario La Gaceta de la resolución que deja sin
efecto la presente autorización.
9. En todo caso de
operaciones de compraventa de bienes gravados con los impuestos en mención, en
que el beneficiario no presente la orden de compra, el vendedor deberá
consignar y cobrar el o los impuestos que corresponda.
Es conforme.
Notifíquese al
Proyecto "Gestión de Recursos y Paisajes Dirigida a la Captación de Carbono en
América Central (Redd Landscape CCAD)".
Publíquese.

INSTRUCTIVO DE
LLENADO
FORMULARIO INFORME
SEMESTRAL DE COMPRAS LOCALES
EXONERADAS AUTORIZADAS
MEDIANTE RESOLUCION
A continuación se
detalla la información que se debe proporcionar en cada uno de los campos del
formulario en cuestión:
Nombre: nombre o razón social del beneficiario de la
exoneración.
Número de identificación: número de cedula física o jurídica del
beneficiario.
Número y fecha de Resolución: número y fecha de la resolución
emitida por la Dirección General de Hacienda, mediante la cual se autoriza el
procedimiento especial para las adquisiciones bienes y servicios exonerados en
el mercado local, prescindiendo del trámite ante el Departamento de Gestión de
Exenciones.
Periodo del informe: I o II semestre y el año respectivo
Número de identificación y nombre del proveedor: nombre o razón
social de la persona física o jurídica por medio de la cual se adquirieron los
bienes o servicios exonerados.
Monto Compra Dólares: monto total pagado en dólares a un
proveedor por concepto de todos los bienes o servicios exonerados adquiridos
durante el semestre, en cuyo caso la factura debe haber sido extendida en dicha
moneda.
Tipo de cambio: valor de la divisa aplicado en la adquisición de
bienes o servicios exonerados facturados en dólares o promedio de dicho valor,
si se efectuaron varias transacciones con el mismo proveedor. En este último
caso, se debe consignar la forma en que se realizó el cálculo.
Monto Total Compra Colones: resultado de la multiplicación de la
columna "Monto Compra Dólares" por el monto de la columna "Tipo de Cambio", en
el caso de bienes facturados en dólares, a efecto de obtener la conversión del
monto pagado en moneda nacional; o bien, monto total pagado en colones a un
proveedor por concepto de todos los bienes o servicios exonerados adquiridos
durante el semestre, facturados en moneda local.
Tipo de bienes o servicios: seleccionar de la lista asociada a
dicha celda, la alternativa o alternativas que mejor se adapten para describir
los bienes o servicios exonerados, adquiridos durante el semestre. En el caso
de selección múltiple, las opciones deben ser consignadas en una misma celda.
Monto Total de Impuesto Exonerados: monto total de los impuestos
exonerados por concepto de los bienes y servicios adquiridos a cada proveedor
durante el semestre.
Las consultas pueden
ser planteadas por medio de los siguientes correos electrónicos:
mendezsb@hacienda.go.cr, ramirezze@hacienda.go.cr y rodriguezvg@hacienda.go.cr,
así como, a los teléfonos: 2284-5297 y 2284-5344.
