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 Normativa >> Decreto TSE 13 >> Fecha 24/04/2015 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 13
Reforma Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos
Texto Completo acta: 10365B

Nº 13-2015



EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES



Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99 y 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso i) del Código Electoral.



Decreta la siguiente:



REFORMA DEL ARTÍCULO 57 DEL REGLAMENTO SOBRE



EL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS



Artículo 1º-Refórmase el artículo 57 del Reglamento sobre el financiamiento de los partidos políticos, Decreto Nº 17-2009 del 19 de octubre del 2009, publicado en La Gaceta Nº 210 del 29 de octubre del 2009, para que se lea así:



"Artículo 57. Intereses.



Se reconocerá el gasto por concepto del pago de intereses en que incurran los partidos políticos, originados en operaciones crediticias con entidades financieras bancarias y no bancarias cuya actividad de intermediación financiera esté sometida a la fiscalización de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), siempre que el dinero de dicho crédito hubiese sido depositado en la cuenta del partido político, y el principal haya sido destinado a las actividades comprendidas dentro de los gastos reconocibles de conformidad con la normativa electoral. Lo anterior, indistintamente del momento en que se suscriba el referido crédito y en el entendido, de acuerdo con el cual, tales gastos por concepto de intereses deben ser presentados en la liquidación correspondiente al período en que éstos se realicen."




Ficha articulo



Artículo 2º-Rige a partir de su publicación.



Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil quince.




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Fecha de generación: 8/2/2026 12:03:25
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