Texto Completo acta: F9B26
N° 9236
- (Nota
de Sinalevi: Mediante decreto ejecutivo N° 38495
del 26
de mayo del 2014, la República
de Costa Rica ratifica el presente Tratado)
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE
COSTA RICA, DECRETA:
APROBACIÓN DEL
TRATADO DE EXTRADICIÓN
ENTRE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
Y LA REPÚBLICA DEL
PERÚ
ARTÍCULO 1.- Se aprueba, en cada
una de sus partes, el Tratado de Extradición entre la República de Costa Rica y
la República del Perú, hecho en la ciudad de San José, el 14 de enero de 2002.
El texto es el siguiente:
"TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ
- (Nota de Sinalevi: Por tener articulado propio el Tratado de
Extradición entre la República de Costa Rica y la República del Perú, debe
consultarse en el sistema de forma independiente)
Ficha articulo
ARTÍCULO 2.- Los términos
confabulación y agrupación, de los artículos II.2 y III.2.d del presente
tratado de extradición, no podrán interpretarse como dispositivos
amplificadores de la tentativa o de la participación; para tales efectos rigen
las reglas del Código Penal, Ley N.º 4573, de 4 de mayo de 1970.
Ficha articulo
ARTÍCULO 3. En caso de que dos o
más Estados presenten solicitudes para la extradición de una misma persona se
dará preferencia a la solicitud presentada, siguiendo lo establecido en el
ordenamiento jurídico costarricense sobre esta materia.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintitrés días
del mes de abril del año dos mil
catorce.
Ficha articulo
Fecha de generación: 8/5/2026 09:39:18