Buscar:
 Normativa >> Reglamento 17 >> Fecha 21/05/2013 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 17
Reglamento para el juego Pitazo
Texto Completo acta: F81C3

JUNTA DE PROTECCION SOCIAL



(Esta norma fue derogada por el artículo 16 del Reglamento para el juego pitazo, publicado en La Gaceta N° 63 del 31 de marzo del 2014)



REGLAMENTO PARA EL JUEGO PITAZO

Artículo 1º-Definiciones. Para los efectos de la presente reglamentación, se entiende por:



Junta: Junta de Protección Social.



Dirección Producción y Ventas - Departamento de Informática: Unidades administrativas cuyas responsabilidades se definen en el Reglamento Orgánico de la Junta.



Programa: Conjunto de eventos deportivos disponible en el juego para los clientes, el cual tiene un horario, fecha de inicio y de final, estas fechas dependerán de los horarios del primer evento deportivo y el último evento deportivo.



Bolsa de premios: Monto total en premios disponibles para repartir entre los ganadores para cada programa, según se estipule en el Reglamento.



Evento deportivo: Encuentro deportivo entre dos contendientes o equipos, que produce un resultado favorable para uno de ellos o un empate.



Jugador: Persona mayor de edad que realiza una apuesta.



Pronóstico: Predicción de los resultados de un programa de eventos deportivos con modalidad 1x2, más conocida como Local (L), Empate (E) y Visita (V). El jugador debe seleccionar para cada uno de los eventos, alguna de las tres opciones anteriores, el conjunto de pronósticos que se formulen para una determinada fecha, se consideran una apuesta.



Apuesta: Disposición por parte del jugador de una cierta suma de dinero para participar en un programa específico, con la posibilidad de obtener un premio.



Tarjeta de jugada: Formulario pre-impreso donde el jugador puede marcar su selección de una o varias jugadas previo a la apuesta. Este formulario se procesa a través del terminal de lotería en línea con el fin de generar un comprobante de transacción válido conteniendo la jugada de selección previa. La tarjeta de jugada no es obligatorio llenarla, el jugador puede pedir directamente al operador de la terminal en línea para la introducción manual de la apuesta.



Organizaciones oficiales o federaciones deportivas: Entidades que tienen a su cargo la organización de eventos deportivos, legalmente constituidas como tales.



Eventos deportivos nacionales: Encuentros deportivos de diversa naturaleza que se realicen en el territorio nacional.



Eventos deportivos internacionales: Encuentros deportivos de diversa naturaleza que se realicen fuera del territorio nacional.



Hora de cierre de apuestas: Momento en que se cierra la recepción de apuestas deportivas para un programa de eventos deportivos en particular.



Punto de Venta: Personas físicas o jurídicas autorizados por la Junta para la venta y pago de premios al público. Sitio o persona que cuenta físicamente con una terminal del sistema especializado para la venta de la apuestas.



Transacción: Operación procesada enteramente de una sola vez, recibiendo un identificador (número serial) único en el sistema.



Sistema: Software en línea y tiempo real que administra cada una de las transacciones producto de la venta de lotería electrónica o procesamiento transaccional del pago de premios.



Escrutinio de Resultados: Proceso automático de selección de ganadores, a partir de las apuestas capturadas, conforme los resultados que arroje el respectivo programa, los escrutinios serán efectuados por la Junta, siendo estos los resultados oficiales.



Sorteo: El proceso de selección al azar, debidamente fiscalizado por personal de la Junta, percibiendo la remuneración correspondiente, y de competencia judicial o un notario público según se determine en el Reglamento a la Ley de Loterías. Dicho proceso será realizado dentro de los escrutinios de resultados en los casos de adelanto, suspensión o reprogramación de un partido fuera de las fechas y horarios establecido para el programa vigente.



Premio Parimutual: Premio que se divide equitativamente entre la cantidad de ganadores de cierta categoría o división.



Reserva: Porcentaje de la bolsa de premios que se guarda para financiar montos de premios o montos extraordinarios (para ser destinados a los jugadores).



Premio fijo: Premio que asegura a los ganadores un monto de dinero fijo sin importar la cantidad de ganadores.



Comprobante de transacción: Tiquete impreso por una terminal ubicada en un punto de venta autorizado en donde se indican las características de las apuestas realizadas o pagos de premios al jugador, incluyendo pero no limitado a, nombre del producto comprado, monto en dinero apostado, predicciones de resultados, fechas, número de programa entre otros.



Terminal: Dispositivo de entrada y salida remoto de datos, producción de documentos impresos y comunicación de mensajes originados en un sistema remoto de computo central  (dispositivo físico - equipo - utilizando para la venta y procesamiento transaccional del pago de premios de lotería electrónica).



Pozo acumulativo anunciado: Importe de dinero que se anunciara como premio máximo a repartir en el programa vigente para ganadores de 11 aciertos.



Bolsa de premios ajustada: Término utilizado para describir la bolsa de premios menos la Reserva, menos la cantidad de dinero que haya sido pagada a los ganadores de premios fijos de 8 aciertos, en caso de haber ganadores en dicha categoría de 8 aciertos.



Apuesta simple: Apuestas donde el jugador elige para cada uno de los 11 eventos una de las tres opciones de pronóstico de resultado (Local, Empate o Visita)



Apuestas combinadas dobles: Apuestas donde el jugador elige para al menos 1 de los 11 eventos 2 de las 3 opciones de pronóstico de resultado (Local, Empate o Visita).



Apuestas combinadas triples: Apuestas donde el jugador elige para al menos uno de los 11 eventos las tres opciones de pronóstico de resultado (Local, Empate o Visita)




Ficha articulo



Artículo 2º-Condiciones. El objeto del presente Reglamento es establecer las condiciones que rigen la venta y pago de premios del juego Pitazo y la realización de sus escrutinios, sin que suponga se concierte contrato alguno entre los jugadores, ni entre éstos y la Junta, quedando limitada la actividad de quienes participan a pagar el importe correspondiente y efectuar sus apuestas en la forma establecida por estas normas.



El hecho de realizar una apuesta implica por parte del jugador, el conocimiento de este Reglamento y la adhesión a éste, quedando sometida su apuesta a las normativas del presente Reglamento.




Ficha articulo



Artículo 3º-Obligaciones del jugador. El jugador es responsable de verificar, en el momento de realizar la transacción (ya sea por tarjeta de jugada o al pedir directamente al operador de la terminal en línea para su introducción manual), que los datos de la apuesta sean correctos conforme lo establecido en el presente Reglamento.




Ficha articulo



Artículo 4º-Del juego denominado Pitazo. Pitazo: Es un juego que se realiza pudiendo, pero no obligado a, combinar actividades deportivas nacionales e internacionales de fútbol, en donde el participante trata de predecir el resultado de 11 diferentes eventos deportivos, escogiendo una de las tres opciones de resultado para cada uno de los eventos, las opciones son las siguientes:



Local (L): Predicción de que el equipo en condición de local obtendrá la victoria en el evento deportivo.



Empate (E): Predicción de que el evento tendrá un resultado final de empate.



Visita (V): Predicción de que el equipo en condición de visitante obtendrá la victoria en el evento deportivo.



El jugador siempre debe seleccionar un resultado por evento deportivo para todos los 11 eventos como mínimo.



El jugador será acreedor de un premio obteniendo al menos 8 aciertos de los 11 eventos deportivos.




Ficha articulo



Artículo 5º-Porcentaje y estructura de bolsa de premios. El porcentaje de la bolsa de premios será el 55% de las ventas brutas, dicho porcentaje podrá modificarse para entregar premios adicionales. De modificarse, la Junta comunicará con antelación.



La estructura de premios funciona de la siguiente manera:



Reserva: Corresponde al 1.73% de las ventas brutas, el cual será utilizado para financiar:



El pozo acumulado en caso de que las ventas del juego no sean suficientes o que la cantidad de ganadores de las categorías inferiores a los 11 aciertos sobrepasen la bolsa de premios generada para el programa en cuestión.



Los premios para los ganadores de categorías de 8, 9 ó 10 aciertos si la bolsa no es suficiente.



Montos extraordinarios destinados como premios a los jugadores.



Se aclara que la reserva es parte del 55% de la bolsa de premios.



8 aciertos: Paga premio fijo igual al precio de una apuesta (que para este caso es de ¢500 (quinientos colones)).



Luego de extraer los montos para la Reserva y para pagar los premios a los ganadores de 8 aciertos, se obtiene la bolsa de premios ajustada la cual será utilizada para pagar los premios de las siguientes categorías (9, 10 y 11 aciertos).



9 aciertos:



Paga premio parimutual que dependerá de la cantidad de ganadores y las ventas.



En caso de haber ganadores el monto a repartir será un 11.52% multiplicado por la bolsa de premios ajustada.



El mínimo que un ganador puede obtener es igual a dos veces el precio de una apuesta simple más el premio pagado al ganador del que acierta 8 eventos deportivos.



Los premios por ganador serán redondeados a la centena inmediata inferior. El sobrante de ese redondeo se acumulará para financiar al pozo acumulativo de los 11 aciertos.



10 aciertos:



Paga premio parimutual que dependerá de la cantidad de ganadores y las ventas.



En caso de haber ganadores el monto a repartir será un 9.95% multiplicado por la bolsa de premios ajustada.



El mínimo que un ganador puede obtener si acierta los resultados de 10 eventos deportivos es igual a veinte veces el precio de una apuesta simple más lo pagado en la categoría anterior de 9 aciertos.



Los premios por ganador serán redondeados a la centena inmediata inferior. El sobrante de ese redondeo se acumulará para financiar al pozo acumulativo de los 11 aciertos.



11 aciertos: El pozo acumulativo inicia con un premio mínimo garantizado a repartir entre los ganadores de ¢5.000.000 (cinco millones colones) desde el inicio del juego y cada vez que hay ganador del premio acumulado de los 11 eventos deportivos. La Junta se reserva el derecho de aumentar este mínimo garantizado de ¢5.000.000 (cinco millones de colones) de inicio y de haber algún cambio este será comunicado con antelación.



En caso de no haber ganadores, para el siguiente programa el pozo se acumulará según lo establecido en las siguientes reglas:



i. Si no hay ganadores acertando 11 eventos deportivos y aún no se acumula suficiente dinero con las ventas del juego para financiar el pozo acumulativo anunciado, entonces el pozo acumulativo anunciado recién pasado se incrementa un mínimo de 10% para el próximo programa.



ii. Si no hay ganadores acertando 11 eventos deportivos y ya se logró financiar con las ventas del juego el pozo acumulativo anunciado, entonces al pozo acumulativo anunciado para el programa recién pasado se le sumará el 41.25% de las ventas brutas alcanzadas con el programa recién pasado.



En caso de que el programa recién pasado no haya generado suficientes recursos para financiar los pagos de las categorías de premios de este programa, entonces automáticamente se pagarán los premios tal como se describen en cada categoría manteniendo siempre una diferencia entre un premio de una categoría inferior con un premio de una categoría superior y para el caso de 11 aciertos siempre se paga el pozo acumulativo anunciado.




Ficha articulo



Artículo 6º-Captura de apuestas. Los jugadores podrán realizar sus apuestas a través de una tarjeta de jugada o pidiendo directamente al operador de la terminal en línea para su introducción manual. La tarjeta de jugada no representa un comprobante de una apuesta realizada o de una apuesta válida. El único comprobante válido es el tiquete impreso por la terminal en el punto de venta autorizado.



El valor de cada apuesta es un monto fijo de ¢500 (quinientos colones) por apuesta simple. Entiéndase por apuesta simple aquella en la cual el jugador sólo escoge un resultado (Local, Empate o Visita) por cada uno de los eventos deportivos.



El jugador tiene la posibilidad de marcar por cada partido 1, 2 ó 3 resultados. Si marca más de 1, eso se conoce como "Combinadas". Cada Combinada que el jugador aplique significa jugadas independientes. Existen dos tipos de Combinadas. Si el jugador marca dos resultados posibles para un evento deportivo (es decir Local y Visita o Local y Empate o Empate y Visita) eso se conoce como "Doble". Si el jugador marca las tres opciones (Local, Empate y Visita) eso se conoce como "Triple".



Todo tiquete debe tener todos los eventos deportivos con al menos una de las posibilidades (Local, Empate o Visita). En un mismo tiquete el jugador puede combinar Simples, Dobles y Triples con ciertos límites los cuales se explican en la tabla siguiente:




Ficha articulo



Artículo 7º-Duración del programa. Los eventos deportivos que estén incluidos en el programa tienen un horario y fecha pre-establecida. El programa inicia a partir de la hora y fecha del primer evento deportivo considerado dentro de los 11 que fueron incluidos en el programa. De la misma manera el programa finaliza de acuerdo a la hora y fecha preestablecida para el último de los eventos deportivos que haya sido considerado dentro de los 11 que fueron incluidos en el programa. Si por alguna razón los eventos cambian de fecha u hora, los horarios y fechas pre-establecidas se mantendrán como punto de arranque y final del programa. Con los eventos deportivos que cambien de hora o fecha se procederá según se indica en este mismo reglamento.




Ficha articulo



Artículo 8º-Tiempo límite para la recepción de apuestas. La recepción de apuestas para cada jornada se inicia a partir del momento en que la Junta lo defina en el sistema automatizado. La hora de cierre o momento en que se cierra la recepción de apuestas en cada jornada, se establece los sábados a las 11:30 a.m.




Ficha articulo



Artículo 9º-Validación de apuestas. Para poder participar en el respectivo programa, cada apuesta debe estar válidamente registrada en el sistema, bajo las diferentes modalidades indicadas para la captura de apuestas. Para efectos de control, cada apuesta registrada tendrá asignado un número de transacción que la identifica dentro del sistema.




Ficha articulo



Artículo 10.-Composición de programas. Los programas de Pitazo serán semanales.



Luego de seleccionar los 11 eventos deportivos que componen el programa, se incluyen en el sistema los horarios y fechas de dichos eventos deportivos. Con esto el sistema sabrá exactamente cuándo debe detener la venta de dicho programa. Podrán haber uno o más programas por semana en venta; sin embargo, los horarios de los programas no podrán superponerse.



Dobles



Triples



 



0



1



2



3



4



5



6



7



0



1



¢500



2



¢1.000



4



¢2.000



8



¢4.000



16



¢8.000



32



¢16.000



64



¢32.000



128



¢64.000



1



3



¢1500



6



¢3.000



12



¢6.000



24



¢12.000



48



¢24.000



96



¢48.000



192



¢96.000



No se puede



2



9



¢4.500



18



¢9.000



36



¢18.000



72



¢36.000



144



¢72.000



288



¢144.000



No se puede



No se puede



3



27



¢13.500



54



¢27.000



108



¢54.000



216



¢108.000



No se puede



No se puede



No se puede



No se puede



4



81



¢40.500



162



¢81.000



324



¢162.000



No se puede



No se puede



No se puede



No se puede



No se puede




Ficha articulo



Artículo 11.-Metodología del proceso de escrutinio. El proceso de escrutinio de 



resultados iniciará inmediatamente después de finalizado el ultimo evento deportivo, el día domingo. A cargo de la Dirección Producción & Ventas, con la participación del Departamento de Informática y las unidades de apoyo pertinentes. En dicho proceso de escrutinio se verifican todos los resultados oficiales de los eventos deportivos, además, para aquellos en los cuales no haya resultado se procederá de acuerdo con la metodología para la sustitución de los eventos deportivos suspendidos y reprogramados el cual se procede a describir.



Metodología para la sustitución de los eventos deportivo suspendidos y reprogramados.



En el caso de que uno o más partidos sean suspendidos (y no jugado dentro del período de tiempo en que está el programa vigente), hayan iniciado más temprano de lo programado o cancelados, el resultado será determinado por un sorteo en tómbola con tres posibilidades: local, empate o visita. Los sorteos serán fiscalizados conforme lo dispone el artículo 75 del Reglamento a la Ley de Loterías.



Si un partido fuera suspendido después de la primera mitad y no haya finalizado durante el programa vigente, el resultado que se tomará en cuenta será el resultado del partido en el momento de la suspensión.



En el caso de que un partido sea suspendido antes de terminar la primera mitad y no finalice durante el programa vigente, el resultado será determinado por un sorteo con tres posibilidades: local, empate o visita.



Los sorteos mencionados en este mismo artículo para determinar el resultado de un evento deportivo, serán realizados durante el proceso de escrutinio.



Posteriormente a que se cierra el programa se procede a elaborar y firmar el acta respectiva con los resultados de los eventos deportivos que apliquen al programa, además se procede a incluir la información por parte de los funcionarios designados para tal efecto en los sistemas respectivos, ello a efecto de determinar los ganadores y generar los pagos de los premios correspondientes.



El resultado oficial para los eventos deportivos será el que determinen las organizaciones oficiales o federaciones deportivas, facultadas para declarar el resultado oficial del evento deportivo. De no contarse con los resultados oficiales al momento del respectivo escrutinio se procederá a realizar el sorteo por medio de tómbola para la extracción del resultado: L, E o V. 



Cualquier anulación o modificación posterior del resultado de un evento por parte de la autoridad deportiva, no tendrá ningún efecto en el resultado del programa.




Ficha articulo



Artículo 12.-Pago de premios. Los premios serán pagados al portador del comprobante de la apuesta, en los puntos de venta. Los requisitos para hacer efectivo un premio son presentar el comprobante de apuesta y un documento de identificación (cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte).



En caso de extravío del comprobante de la apuesta, no existirá manera de hacer efectivo el cambio de premio.




Ficha articulo



Artículo 13.-Plazo para hacer efectivos los premios. El plazo para hacer efectivos los premios, es de sesenta días naturales, contando a partir del día hábil siguiente a la realización del sorteo.




Ficha articulo



Artículo 14.-Premios no cambiados. Los premios disponibles en cada programa que no hayan sido cambiados al finalizar el plazo para hacer efectivos los premios, se consideran parte de las utilidades del juego.




Ficha articulo



Artículo 15.-Término para reclamos. En caso de que exista disconformidad por parte de algún jugador sobre el pago o no de un premio o sobre el monto respectivo que se haya pagado, se podrá presentar el respectivo reclamo, el cual debe dirigirse al Departamento de Tesorería de la Junta. La fecha límite para su presentación, lo es dentro del plazo de sesenta días naturales contados a partir del día hábil siguiente al registro de los resultados de los eventos deportivos incluidos en el programa. La Junta atenderá, resolverá y comunicará al interesado su resolución, dentro del plazo de un mes siguiente al recibo de la solicitud firmada por el reclamante.




Ficha articulo



Transitorio I.-En el caso de que las ventas generadas por el juego no sean suficientes para cubrir el pago de premios, éstos se financiarán con los recursos del 14% de utilidades destinadas a desarrollo institucional, conforme al inciso a) del artículo 8 de la Ley N° 8718. Esta disposición aplica por el período de un año, contado a partir del lanzamiento del juego.



Aprobado con el acuerdo JD 241, correspondiente al artículo III), inciso 3) de la sesión ordinaria N° 17 2013 celebrada el 21 de mayo del 2013 y el acuerdo JD 267, correspondiente al artículo III), de la sesión ordinaria N° 18-2013 celebrada el 28 de mayo del 2013.




Ficha articulo





Fecha de generación: 15/11/2025 00:25:49
Ir al principio del documento