Texto Completo acta: E47BA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
(Nota de Sinalevi: El Banco
Popular y de Desarrollo Comunal aprobó un nuevo Instructivo
para contratar los servicios de reparación y atención de averías las 24 horas
en las oficinas y edificios donde el Banco Popular brinde sus servicios y en
los bienes inmuebles adjudicados en Administración del Banco Popular en todo el
país, y publicado en La Gaceta N° 200 del 17 de octubre de 2013)
(Nota de Sinalevi: Sobre
este tema el Banco Popular y de Desarrollo Comunal había emitido anteriormente
el Instructivo
para contratar los servicios de reparación y atención de averías las 24 horas
en las oficinas y edificios donde el Banco Popular brinde sus servicios, en
todo el país, publicado en La Gaceta N° 166 del 26 de agosto de 2009)
INSTRUCTIVO PARA
CONTRATAR LOS SERVICIOS
DE REPARACIÓN Y
ATENCIÓN DE AVERÍAS
LAS 24 HORAS EN LAS OFICINAS Y EDIFICIOS
DONDE EL BANCO
POPULAR BRINDE SUS
SERVICIOS EN TODO EL
PAÍS
1. PROPÓSITO
1.1 Establecerun instructivo que contemple las actividades generales para la
contratación deempresas o personas físicas que presten elservicio de
reparación y atenciónde averías (obras menores) las 24 horas y hasta un monto
de $1.500,00 (milquinientos dólares) en las oficinas y edificios en donde
brinde sus serviciosel Banco Popular y Desarrollo Comunal en todo el paísya los bienes transferidos en pago de obligaciones
o adjudicados,agrupados en Centros de Servicios Financieros (CSF),
Sucursales y en oficinasdel Área Metropolitana que no pertenezcan a ningún CSF
o Sucursal,asícomo a todos los bienes
transferidos o adjudicados.
(Así
reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del
2012)
1.2 Conformar un STAFF de empresas o personas
físicas que cumplan con los requisitos solicitados en este Instructivo para
brindar el servicio de reparación y atención de averías menores, teniendo como
meta garantizar los servicios bancarios mantenimiento y mejorando las
condiciones de las edificaciones del Banco para cumplir con las necesidades de
los clientes y sus funcionarios, según las condiciones de cada edificio.
1.3Las
contrataciones que el Banco llegue a celebrar al amparo de lo regulado eneste
Instructivo se sustentan en la autorización que para tales fines otorgóla
Contraloría General de la República por medio del oficioNº 07960DCA-2182 el
día 26 de agosto del 2011, el cual así fue solicitado por elBanco con
fundamento en lo que establece el artículo 2 Bis, inciso c) de la Leyde
Contratación Administrativa; así como también el oficioN° 03780DCA-0972 del
día 27 de abril del 2012.
( Así
reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del
2012)
Ficha articulo
2. ALCANCE
2.1
El presente
instructivo se aplicará por parte del Banco Popular para todas las oficinas del
Banco en todo el país y a los bienes
transferidos en pago de obligaciones o adjudicados.
- (Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
2.2 Las
labores de reparación y atención de averías se realizarán sin excepción en
todos los edificios que utiliza el Banco Popular y
a los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, una vez
que ingrese el reporte a la dirección electrónica ingenieria@bp.fi.cr,
jmora@bp.fi.cr y el Administrador del instructivo determine que se va a efectuar
por este.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)
2.3 El oferente deberá incluir el suministro de la mano de obra,
materiales, herramientas, equipo y accesorios requeridos para la reparación y
atención de averías.
2.4 Los
trabajos se realizarán de manera parcial o total, dentro o fuera de las
oficinas o edificios, siguiendo las mejores prácticas relacionadas con cada una
de las reparaciones y según las necesidades de cada dependencia.
Se
entiende por trabajo parcial aquel que no finaliza una vez iniciado porque se
considera que durante su ejecución se puede llegar a interferir en las
actividades bancarias y ocasionar incomodidad a los clientes, debiéndose
programar su conclusión en un horario en el que no afecte ninguna actividad
bancaria y según lo acuerden las partes Proceso de Infraestructura y Proyectos
(PIP), gerente, Subproceso Bienes
Adjudicados y Contratista), o que por motivos propios del Banco se
impida al contratista concluir la prestación del servicio, caso en el que se
ejecutará lo correspondiente en el punto 8.6 de este Instructivo.
(Así reformado el punto 2.4) anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo del2012)
2.5 Se incluirán todas las labores complementarias que se requieran
para el adecuado desarrollo y término de los trabajos sin que esto implique
costo adicional para el Banco Popular y de Desarrollo Comunal.
Se entiende por labores
complementarias aquellas que conlleven realizar acciones como solicitudes y
permisos ante entidades reguladoras y fiscalizadoras como municipalidades o
empresas de servicios públicos, para poder llevar a cabo la prestación de los
servicios requeridos.
Ficha articulo
3. OFERENTES
a)
El Banco realizará invitación pública y abierta a todos los oferentes dentro
del territorio nacional, sean empresas o personas físicas que presten servicios
de reparación y atención de averías menores, para que se inscriban en un
registro que se conformará para la aplicación de este Instructivo el cual será
el punto de inicio para poder tener la opción de ofertar algún requerimiento
del CSF, Sucursal, bienes transferidos en
pago de obligaciones o adjudicados y/o del PIP a la(s) que tenga interés.
El Banco Popular realizará la invitación a inscribirse mediante publicación
por una sola vez de todo el documento en el Diario Oficial La Gaceta y
por medio de avisos publicados en dos diarios de circulación nacional o local
por lo menos en tres ocasiones anualmente.
(Así reformado
el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo del
2012)
b) Una
vez presentado el formulario de inscripción por parte del proveedor interesado
ante el Proceso de Infraestructura y Proyectos del Banco Popular, este
deberá analizar y validar la admisibilidad e inclusión de cada oferente en el
registro al que tenga interés (CSF, Sucursal, bienes
transferidos en pago de obligaciones o adjudicados y/o PIP) dentro de
los ocho (8) días hábiles siguientes a la presentación de los documentos,
debiendo comunicarle mediante fax su cumplimiento o no con lo solicitado en el
formulario.
(Así reformado
el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo
del
2012)
En
caso de tenerse como cumpliente, en el mismo documento de notificación se le señalará
el número de inscripción asignado que posteriormente se utilizará como
referencia para la respectiva aplicación del rol en cada CSF, Sucursal, bienes
transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, y/o del mismo PIP;
caso contrario, en caso de presentarse la información de manera incompleta se
le otorgará al proveedor interesado un plazo no mayor a tres (3) días hábiles
para que subsane o se refiera a algún punto en particular que el PIP considere
necesario para completar su información, contando en este supuesto ese Proceso
igualmente con un plazo máximo de tres (3) días hábiles a partir del recibo
de las subsanaciones para comunicarle por el mismo medio su cumplimiento o no,
siendo que en caso de cumplir hasta en este momento se le asignará el número
de inscripción que le corresponda; es decir, que si en el transcurso de los
plazos de subsanación señalados anteriormente se presenta para inscripción en
el mismo registro un formulario completo de otro proveedor interesado, a éste
se le asignará de primero el número del rol que le corresponda, premiándose
con esto a quien presente de manera completa la información requerida para
estos efectos y no posponiendo, en su perjuicio y en el del Banco, la asignación
de su rol en espera de que termine de cumplir con la presentación de la
información el anterior proveedor.
(Así reformado
el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo
del
2012)
Si
el proveedor no está de acuerdo con alguna de las decisiones tomadas por el
Banco, podrá hacer uso de los recursos ordinarios que regula la Ley General de
Administración Pública.
(Así reformado
el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo
del
2012)
Cada
vez que el PIP asigne un número de rol en el registro señalado por el
interesado, deberá así comunicarlo al CSF o Sucursal y al Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados, para su respectivo control.
(Así reformado
el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo
del
2012)
El
formulario a completar por parte de cada oferente deberá contar como mínimo
con la siguiente información, (se adjunta el respectivo formulario):
- I.
Nombre completo del oferente.
-
II. Número de cédula física o jurídica, según corresponda.
-
III.
Constancia de facturación timbrada emitida por la Dirección General de
la Tributación Directa, o en su defecto si se encuentra dispensado del trámite
de timbraje, la referencia
del número de resolución mediante la cual se le eximió de ese trámite.
-
IV. Dirección exacta de su
taller y del lugar de residencia, teniendo derecho el Banco de verificar
en cualquier momento estas direcciones.
-
V. Número de fax donde se le notificará su aceptación o no de la
solicitud de inscripción en el registro y su número de rol en caso de
ser afirmativa la respuesta y en donde se le podrá enviar alguna
información o aclaración del servicio requerido en caso de que así lo
acepte el proveedor en el momento específico, número(s) de teléfono(s),
celular(es) y correo(s) electrónico(s).
-
VI. Correo electrónico, teléfono celular o fax como medio tecnológico
por el cual se localizará para la solicitud de atención de las
respectiva(s) solicitud(es) de reparación que correspondan de acuerdo al
rol.
-
VII. Detalle de los servicios que presta, debiendo coincidir como mínimo
con los requeridos en el objeto de este Instructivo.
-
VIII. Mínimo 5 cartas de referencias de clientes a quienes les haya
brindado sus servicios (sólo se aceptan dos cartas de personas físicas).
-
IX. Indicación expresa de
sometimiento a las condiciones que se establecen en este Instructivo.
- X. Indicación de un plazo mínimo de garantía de seis (6) meses sobre
las labores realizadas.
- XI. Indicación del CSF y/o Sucursal que desea prestar sus servicios, lo
que incluye todas las ventanillas y periféricas adscritas a dicho CSF o
Sucursal, y/o indicación de que desea brindar sus servicios a los
edificios administrativos del Banco lo cual incluye todos los que se
encuentren dentro del Área Metropolitana y no se encuentren adscritas a
ningún CSF o Sucursal.
-
XII. Indicación expresa de su anuencia a atender dentro del rol asignado
averías en un radio de 50 kilómetros, del taller del oferente a la
oficina que lo requiera.
-
XIII. Indicación expresa de su
anuencia a atender dentro del rol asignado averías fuera del radio de 50
kilómetros establecido en el punto anterior y a no más de 15 kilómetros
adicionales al mínimo señalado anteriormente, del taller de oferente,
siempre y cuando no se cuente con un proveedor inscrito en la zona
adyacente donde se presenta la avería.
-
XIV. Aportar las siguientes
declaraciones juradas:
£
De encontrarse al día con las obligaciones con la Caja
Costarricense del Seguro Social (CCSS) o bien que cuenta con un arreglo de pago
aprobado por la CCSS al momento de presentación de la oferta; el Banco se
reserva el derecho de realizar las consultas pertinentes tanto al oferente como
a la CCSS para verificar su condición, todo ello de frente a la naturaleza del
objeto de contratación.
£
De que se encuentra al día con el pago de todos los
impuestos nacionales.
£ De
que no le afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 22 y 22
bis de la Ley de Contratación Administrativa. Esta declaración deberá cubrir
a todos los socios, directivos y representantes legales en el país en caso de
tratarse de persona jurídica.
£
De que no le afecta el régimen de prohibición establecido
en el artículo 45 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal. Esta declaración deberá cubrir a todos los socios, directivos y
representantes legales en el país en caso de tratarse de persona jurídica.
£
De encontrarse al día con las operaciones crediticias
(deudas, fianzas y ahorro obligatorio) que tenga con el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal; para personas jurídicas afecta tanto a los apoderados como
sus accionistas. En caso de detectarse la morosidad, el oferente deberá
regularizar esta condición antes de serle aprobada la solicitud del formulario
de inscripción. Si se trata de persona jurídica, deberá adjuntar la siguiente
información:
£
Certificación notarial o registral de la inscripción en
el Registro Público y de la personería jurídica del representante legal,
indicando su vigencia a la fecha de emisión de la certificación, nombre y
apellidos, estado civil, profesión y oficio, nacionalidad y número de
documento de identidad que lo acredita y copia del documento de identidad que lo
identifica.
£ Certificación
notarial indicando el monto del capital social, la cantidad y naturaleza de las
cuotas o acciones que lo conforman, y la propiedad de estas con indicación del
nombre y apellidos de los propietarios de dichas acciones o cuotas. La
certificación de la propiedad de las acciones, deberá ser emitida para las
sociedades anónimas con vista del libro o registro de accionistas y para otro
tipo de sociedades, según los libros que al respecto establezca el Código de
Comercio. Si estos propietarios fueren personas jurídicas, se certificará la
naturaleza y propiedad de las cuotas o acciones de esas sociedades.
£
Los anteriores documentos deben ser presentados en original
y su fecha de emisión no podrá ser mayor de un mes contado retroactivamente a
partir de la presentación del formulario de inscripción.
(*)c)
Los Contratistas podrán brindar sus servicios a cualquier CSF y sus
oficinas adscritas, y/o Sucursal y sus oficinas adscritas y/o a los edificios
administrativos que se encuentren dentro del Área Metropolitana que no están
afiliadas a un CSF o Sucursal, así como a
todos los bienes transferidos o adjudicados, según las condiciones del
apartado 4 de este documento. El control del rol y su registro estará a cargo
del Proceso de Infraestructura y Proyectos. Por lo tanto se aclara que el número
de rol que se le asigne a cualquier CSF, Sucursal y/o a los edificios
administrativos que se encuentren dentro del Área Metropolitana que no están
afiliadas a un CSF o Sucursal, será el mismo que aplicará para asignar las
labores que se requieran de reparación y atención de averías a los Bienes
adquiridos en pago de obligación, en el entendido que para estos bienes no se
realizará una nueva asignación de número de rol, toda vez que los trabajos
que se requieren para los Bienes adquiridos en pago de obligación, serán
coordinados por el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados por su función
de administrador de esos bienes y en coordinación con el Proceso de
Infraestructura y Proyectos, por lo que no se considera necesario generar un
registro separado con números de rol diferentes a los ya asignados para cada
CSF, Sucursal y/o a los edificios administrativos que se encuentren dentro del
Área Metropolitana. Por lo tanto, en el momento que se requiera la atención de
uno de esos bienes esto será coordinado directamente por medio del Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados con el Proceso de Infraestructura y
Proyectos, que es el administrador del registro y asignación de rol, para que
este Proceso le indique de acuerdo a la asignación de tareas para cada
proveedor que conforma el rol, los datos de éste para que el Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados, lo contacte y le haga la solicitud de
reparación o atención de averías, según corresponda a la necesidad.
El
proveedor que se asignará será según el Registro que el PIP lleve para tales
efectos y se hará de acuerdo a la ubicación del inmueble que requiera de los
servicios, aplicando el rol de acuerdo a la cercanía del inmueble con la
Sucursal, CSF o edificios administrativos que se encuentren dentro del Área
Metropolitana, según sea el caso.
El
detalle de los Centros de Servicios Financieros es el siguiente:
(*)(Así reformado el
párrafo anterior
y publicado en La Gaceta N° 100
del
24 de mayo del
2012)
El detalle de los
servicios financieros es el siguiente:
1. Alajuela (CSF)
Alajuela Este
Alajuela Centro
Barrio San José Alajuela
(Periférica Rural)
2. Catedral (CSF)
Paseo Colón (Joissar)
Plaza González Víquez
(Periférica Urbana)
Barrio Amón (Ventanilla de
Servicios)
Crédito sobre Alhajas
(Periférica Urbana)
Alajuelita (Periférica Urbana)
Carit (Ventanilla de
Servicios)
San Sebastián (Periférica
Urbana)
Aserrí (Periférica Urbana)
3. Ciudad Neily (CSF)
San Vito (Periférica Rural)
Palmar Norte (Periférica
Rural)
4. Heredia (CSF)
Belén (Periférica Rural)
Plaza Heredia (Periférica
Rural)
San Pablo de Heredia
(Periférica Rural)
Santa Bárbara (Periférica
Rural)
Santo Domingo (Periférica
Rural)
Mall Real Cariari (Periférica
Rural) Heredia
5. Del Este (CSF)
San Francisco (Periférica
Urbana)
Universidad de Costa Rica
(Ventanilla de Servicios)
Curridabat (Periférica Urbana)
San Antonio de Desamparados
(Periférica Urbana)
Desamparados Centro
(Periférica Urbana)
6. Del Valle (CSF)
Quepos (Periférica Rural)
Buenos Aires (Periférica
Rural)
Pérez Zeledón Sur (Periférica
Rural)
Uvita (Periférica Rural)
7. Goicoechea (CSF)
El Alto de Guadalupe
(Ventanilla de Servicios)
Mall San Pedro (Periférica
Urbana)
Coronado (Periférica Urbana)
8. Pavas (CSF)
Hatillo La verbena (Periférica
Urbana)
Hatillo (Ventanilla de
Servicios)
La Uruca (Periférica Urbana)
Mata Redonda (Periférica
Urbana) Pavas
9. Moravia (CSF)
Tibás (Periférica Urbana)
10. Cañas (Sucursal)
Tilarán (Periférica Rural)
Upala (Periférica Rural)
Las Juntas de Abangares
(Periférica Rural)
Monte Verde (Periférica Rural)
11. Cartago (Sucursal)
Cartago Centro (Periférica
Rural)
Paraíso (Periférica Rural)
El Guarco (Periférica Rural)
San Marcos de Tarrazú
(Periférica Rural)
Tres Ríos (Periférica Rural)
Oreamuno (Periférica Rural)
12. Grecia (Sucursal)
Grecia Centro (Periférica
Rural)
Naranjo (Periférica Rural)
San Pedro de Poás
Atenas
13. Guápiles (Sucursal)
Cariari (Periférica Rural)
Siquirres (Periférica Rural)
Puerto Viejo Sarapiquí
(Periférica Rural)
Guácimo (Periférica Rural)
14. Liberia (Sucursal)
Liberia Centro (Periférica
Rural)
Sardinal (Ventanilla de
Servicios)
La Cruz (Periférica Rural)
15. Limón (Sucursal)
16. Nicoya (Sucursal)
Santa Cruz (Periférica Rural)
Jicaral (Ventanilla de
Servicios)
Paquera (Ventanilla de
Servicios)
Nosara (Ventanilla de
Servicios)
17. Puntarenas (Sucursal)
Orotina (Periférica Rural)
Jacó (Periférica Rural)
El Roble (Periférica
Rural
18. Puriscal (Sucursal)
Escazú (Periférica Urbana)
Santa Ana (Periférica Urbana)
19. San Ramón (Sucursal)
Palmares (Periférica Rural)
Mall Plaza Occidente
(Periférica Rural)
Zarcero (Periférica Rural)
20. San Carlos (Sucursal)
La Fortuna (Periférica Rural)
Florencia (Periférica Rural)
Aguas Zarcas (Periférica
Rural)
Guatuso (Periférica Rural)
Plaza San Carlos (Periférica
Rural)
Pocosol (Periférica Rural)
21. Turrialba (Sucursal)
22. Edificios administrativos
Área metropolitana (Proceso de Infraestructura y
Proyectos)
23.
Bienes adjudicados en todo el país.
A estos bienes adjudicados o inmuebles,
les aplicará las mismas condiciones y servicios indicados en este instructivo y
la ubicación para determinar la distancia será considerando la referencia de
las oficinas antes señaladas, desde la 1 hasta la 22.
(Así adicionado el punto 23) anterior y publicado en La Gaceta N° 100
del 24 de mayo de 2012)
Una
vez que el Banco aperture un nuevo CSF, Sucursal o adquiera bienes
transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, realizará una
publicación en un diario de circulación nacional y un medio de comunicación
local, escrito, radial o televisivo invitando a los interesados a inscribirse en
el Registro de elegibles de ese nuevo servicio financiero. En el supuesto de que
el Banco realice la apertura de una oficina que estará adscrita al CSF,
Sucursal o al Área Metropolitana, todo proveedor inscrito a ese registro debe
estar dispuesto a prestarle los servicios cuando le corresponda por el orden del
rol.
(Así
reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo
de 2012)
d) Será
obligatorio que el lugar de residencia y el lugar de trabajo del Contratista esté
dentro del rango de atención de cualquiera de las oficinas que tiene a cargo un
Centro de Servicios Financieros, Sucursal, PIP y/o
Subproceso Administración de Bienes Adjudicados donde se brindaría el
servicio de reparación, las cuales incluirán todas las ventanillas y periféricas
que se encuentren adscritas a estos. Esta distancia no podrá exceder un radio
de 50 kilómetros con respecto a cualquiera de las oficinas a cargo de un CSF,
Sucursal y/o del Área Metropolitana (oficinas que no están adscritas a ningún
CSF o Sucursal) a la(s) que se tenga interés.
(Así
reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo de
2012)
Ficha articulo
4. MODELO
PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
4.1 El
modelo de contratación que se usará consiste en establecer un registro con
empresas o personas físicas para cada CSF, Sucursal y Proceso de
Infraestructura y Proyectos (según detalle del punto 3.c), que presten el
servicio de reparación y atención de averías (obras menores) en la totalidad
de los ítems descritos en el punto 5 de este Instructivo, las 24 horas del día
y los 7 días de la semana, y hasta por un monto de $1.500.00 por reparación
lo anterior en las oficinas y edificios en donde brinde sus servicios el Banco
Popular y Desarrollo Comunal en todo el país y a los bienes transferidos en
pago de obligaciones o adjudicados; siendo ilimitada la cantidad de
proveedores que puedan llegar a ocupar un campo en las listas de registro,
siempre y cuando se presente la solicitud dentro del plazo de vigencia de este
Instructivo. El contratista estará en la obligación de brindar sus servicios a
todas las ventanillas y periféricas adscritas a los CSF y/o Sucursales y/o en
el caso de los edificios administrativos, a la totalidad de estos, así
como a los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo
del 2012)
4.2
La asignación de los trabajos será establecida por rol de acuerdo al número
de inscripción asignado a cada proveedor por el Proceso de Infraestructura y
Proyectos y será independiente para cada uno de los Centros de Servicios
Financieros, Sucursales y para PIP (cuando las oficinas no están adscritos a
ningún CSF o Sucursal); lo anterior de conformidad con lo establecido en el
punto 3.c) de este Instructivo. En caso de no aceptar el orden del rol, se
procederá a aplicar lo establecido en el artículo 9 de este Instructivo. Para
el caso de los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, el rol
que se utilizará será el establecido por el Proceso de Infraestructura y
Proyectos y será el mismo que se asignó para cada uno de los Centros de
Servicios Financieros, Sucursales y para PIP (cuando las oficinas no están
adscritos a ningún CSF o Sucursal); lo anterior de conformidad con lo
establecido en el punto 3.c) de este Instructivo.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo
del 2012)
-
- 4.3 El orden del rol será utilizado por el Proceso de Infraestructura y
Proyectos, según corresponda. Lo aplicarán para los trabajos asignados a su
oficina y a las oficinas adscritas, según detalle del punto 3.b).
- 4.4
Cuando el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le comunique
al contratista, según el rol, de una reparación a su correo electrónico,
teléfono celular o fax, éste deberá comunicarse dentro de la siguiente
hora del aviso y presentarse a realizar la respectiva inspección en el
sitio de la avería durante las dos (2) horas siguientes de haberse
comunicado con PIP y/o el Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados. Le deberá presentar a PIP
y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados la lista estimada
de materiales a utilizar y el costo de la mano de obra, todo lo anterior
en un tiempo no mayor de dos (2) horas después de haber realizado la
visita al sitio.
- El
inicio de los trabajos se debe dar cuando PIP y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le remita al
contratista copia del reporte de avería y la copia del correspondiente de
permiso de ingreso, para lo cual se le dará un plazo de 24 horas para la
conclusión del trabajo, excepto cuando el Gerente, PIP y/o
Subproceso Administración Bienes Adjudicados justifique otro
plazo, quedando debidamente acreditado en los documentos de dicha reparación.
En caso de que un proveedor incumpla cualquiera de las indicaciones
anteriores, se le aplicaran las sanciones que correspondan de acuerdo a lo
regulado en el punto 9 del presente documento.
-
- (Así reformado el
punto 4.4) anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
-
- 4.5
Todas las
averías serán generadas a través del sistema de reportes del Banco, el
cual otorgará automáticamente un número de reporte.
- El
reporte de reparación será efectuado por cada Gerente o funcionario
autorizado para los lugares en donde se requiera de los servicios de
reparación o atención de una avería, el Proceso de Infraestructura y
Proyectos y/o el Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados determinará su asignación
al contratista correspondiente en rol.
- En
las oficinas del negocio se designará un único funcionario para que
efectúe los reportes a la dirección electrónica ingeniería@bp.fi.cr,
jmora@bp.fi.cr, con el propósito
de que este funcionario sea el encargado de recibir a los proveedores de
servicios, en los casos en que no amerite el traslado de un funcionario
del Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados y que además
colabore con el trámite de pago.
- (Así reformado el punto 4.5) anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
4.6
El Proceso de Infraestructura y Proyectos (PIP) y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados será el
responsable de determinar y brindar los criterios técnicos de los
servicios a contratar así como de la razonabilidad del monto cotizado
por concepto de mano de obra y la lista de materiales, en un plazo no
mayor a dos (2) horas una vez recibida la información cuando el monto
no sobrepase los $500, si el monto es mayor tendrá cuatro (4) horas
para emitirlo. En caso de que se considere que el precio es
inapropiado o que la lista de materiales no es correcta, se le
informará al contratista cual es el precio razonable del trabajo a
realizar, lo anterior con el propósito de que PIP pueda negociar lo
que corresponda con el Contratista dentro de un tiempo no mayor a dos
(2) horas. En caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, podrá
llamar al siguiente proveedor interesado de acuerdo al orden del rol
establecido según su inscripción en la respectiva lista. Si se
aprobara, PIP y/o el Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados según corresponda,
deberá ordenar el inicio de los trabajos de conformidad con la fecha
y hora fijadas en el permiso de ingreso para el Contratista y
comunicar al Gerente de cada CSF, Sucursal, oficial de seguridad y/o
encargado del bien adquirido en pago de obligaciones o
encargado del contratista.
- (Así reformado el punto 4.6) anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
4.7
Cada Gerente deberá mantener una comunicación eficiente con
el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados durante el
desarrollo de los trabajos solicitados, contar con un archivo de los
trabajos realizados donde se incluya copia del reporte de reparación
y el permiso de ingreso, las facturas correspondientes por materiales
utilizados y mano de obra, adicionalmente enviará una copia al
Proceso de Infraestructura y Proyectos trimestralmente.
- (Así reformado el punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
4.8
La Gerencia o funcionario autorizado de cada dependencia será el
encargado de recibir conforme los trabajos realizados y en el caso de
requerir algún criterio técnico específico, la Gerencia realizará
una recepción provisional y solicitará el apoyo del Proceso de
Infraestructura y Proyectos y/o el
Subproceso Administración de Bienes Adjudicados, el cual
contará con tres (3) días hábiles para realizar la recepción
definitiva. En caso de considerar el PIP y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados que falta
completar el trabajo, el contratista contará con dos (2) horas para
atender lo solicitado. Cuando se concluyan las correcciones indicadas
por el PIP y/o el Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados, la Gerencia o
funcionario autorizado, podrá realizar el recibido definitivo y el
respectivo trámite de pago estipulado en el artículo 8 de este
Instructivo. En caso de no cumplir definitivamente con el trabajo, se
aplicará lo regulado en el punto 8.6.
- (Así reformado el punto 4.8) anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
4.9
El Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados realizará
además las inspecciones que correspondan junto con su cronograma de
fiscalización de edificios.
- (Así reformado el punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
4.10
Cada Contratista deberá estar debidamente inscrito en la
Dirección General de la Tributación Directa. Por lo que las facturas
que presente el Contratista para cobro deberán estar debidamente
timbradas, o en su defecto, si fue dispensado del trámite de
timbraje, deberá hacer referencia en las facturas o comprobantes que
presenten ante el Banco Popular y sus CSF, Sucursales o
bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, del
número de resolución mediante la cual se les eximió de ese trámite.
- (Así reformado el punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
- 4.11 Los trabajos incluirán todas las labores
complementarias que se requieran para el adecuado desarrollo y término de los
servicios requeridos sin que esto implique costo adicional para el Banco
Popular.
- Se entiende por
labores complementarias aquellas que conlleven realizar acciones como
solicitudes y permisos ante entidades reguladoras y fiscalizadoras como
municipalidades o empresas de servicios públicos, para poder llevar a cabo la
prestación de los servicios requeridos.
- 4.12 El contratista garantizará acabados de primera
calidad y la debida terminación de las obras manteniendo el permanente y
adecuado funcionamiento de las edificaciones, según las condiciones de cada
dependencia, oficina o edificio, de lo contrario no se ejecutará el trámite
correspondiente a la recepción de los trabajos y consecuentemente la
cancelación por los servicios prestados.
Ficha articulo
5. OBJETO DE CONTRATACIÓN
5.1 Prestar servicios de reparación y atención de
averías, que se aplicarán según corresponda en labores como: ajustar, ampliar,
anclar, aplicar, cambiar, chorrear, colocar, conectar, construir, compactar,
cubrir, demoler, desarmar, desconectar, desinstalar, destaquear, empastar,
fijar impermeabilizar, instalar, limpiar, lujar, pegar, picar, remodelar, reparar,
repellar, restaurar, retirar, soldar y sustituir.
5.2 El proveedor realizará cualquier otra
actividad que amerite ser considerada dentro del servicio y que no esté
especificada en el punto anterior. En caso que la incorporación de nuevas
tareas implique una modificación a este instructivo, el Banco deberá solicitar
la debida autorización a la Contraloría General de la República.
5.3 Suministrar la mano de obra, materiales,
herramientas y equipo necesario para cada uno de los trabajos que se indiquen.
5.4 Los
trabajos incluirán todas las labores complementarias que se requieran para la
realización correcta de cada trabajo, garantizando un funcionamiento sin
interrupciones, a menos de que el trabajo lo amerite (previa aprobación del
Gerente y/o el Subproceso Administración de
Bienes Adjudicados) con el objeto de lograr el mejor resultado sin que
esto implique ningún costo adicional.
Se
entiende por labores complementarias aquellas que conlleven realizar acciones
como solicitudes y permisos ante entidades reguladoras y fiscalizadoras como
municipalidades o empresas de servicios públicos, para poder llevar a cabo la
prestación de los servicios requeridos.
(Así reformado el
punto 5.4) anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
5.5 El
Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones de seguridad internas
del Banco Popular, las de Salud Ocupacional y las que el Gerente y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados solicite para cada
trabajo asignado.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
5.6 Se clasifican y
describen todos los servicios que debe estar dispuesto a prestar un proveedor
al formar parte de un registro, en las siguientes categorías:
ÍTEM Nº 1. SERVICIO
DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN EN ALBAÑILERÍA
Los trabajos se
realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos
compuestos en su mayoría por concreto como aceras, adoquines, alcantarillas,
baldosas, cajas de registro, caños, ceniceros, cunetas, desagües, entrepisos,
escaleras, lozas, paredes, pilas, postes, tapias y cualquier otro elemento en
concreto que así lo amerite.
ÍTEM Nº 2. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN CARPINTERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos compuestos en su
mayoría por madera como en barandas, batientes, cornisas, escaleras, marcos,
muebles, puertas, rodapiés, ventanas y cualquier otro elemento que así lo
amerite.
ÍTEM Nº 3. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN CERRAJERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los elementos que requieran llavines (con o sin llave), herrajes y
dispositivos de cierre, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.
ÍTEM Nº 4. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN CIELOS
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos que sean
considerados cielos que pueden ser de tipo artesanados, gypsum, fibrolit,
luxalón, plywood, tablilla, densglass y cualquier otro elemento que así lo
amerite.
ÍTEM Nº 5. SERVICIO DE INSTALACIÓN
Y REPARACIÓN EN EBANISTERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los módulos, muebles, estaciones, estantes y utensilios de este tipo,
incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.
ÍTEM Nº 6. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN FONTANERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los dispositivos mecánicos relacionados con el abastecimiento de agua
potable y la evacuación de aguas pluviales, tuberías relacionadas con estas y
cualquier elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos
requieran.
ÍTEM Nº 7. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN HOJALATERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos con especial
atención en cubiertas y dispositivos utilizados para la evacuación de aguas
como canoas, bajantes, botaguas, cumbreras, lima hoyas, limatones y cualquier
otro elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos
requieran.
ÍTEM Nº 8. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO EN JARDINERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, compuestos en su mayoría por jardines y áreas verdes que
incluirán zacate, arbustos, árboles y cualquier otro elemento de jardinería que
así lo amerite.
ÍTEM Nº 9. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN PAREDES MODULARES
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos que se utilicen
para cerramientos, divisiones y ordenamiento de espacios, como paneles
modulares para paredes, puertas, marcos, contramarcos, ventanas y todos los
dispositivos utilizados para completar estos sistemas modulares, incluyendo
piezas y accesorios que estos requieran.
ÍTEM Nº 10. SERVICIO COLOCACIÓN
DE PISOS Y ENCHAPES
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos de uso o tránsito
como alfombras, azulejos, cerámicas, madera, mosaico, terrazo y cualquier
elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.
ÍTEM Nº 11. SERVICIO DE
INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN MANGUETERÍA
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos como celosías,
brazos hidráulicos, herrajes, estructuras, marcos (de aluminio), contramarcos
(según especificaciones), ventanas (incluirá fijas y sistemas móviles) y cualquier
elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.
ÍTEM Nº 12. SERVICIO DE
REPARACIÓN EN METALMECÁNICA
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos compuestos en su
mayoría por perfiles metálicos como en alambre navaja, baranda, cerchas,
cortinas arrollables, columna, cubiertas, enrejados, escaleras, estructuras,
mallas, parrillas, pasamanos, portones (para automóviles y peatones de sistema
eléctrico o manual), puertas, rampas, vigas, llavines y cualquier elemento que
así lo amerite, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran. Los
trabajos de soldadura considerarán todas las medidas y dispositivos de
seguridad tanto del soldador como de las instalaciones (conexión de maquina).
ÍTEM Nº 13. SERVICIO DE
REPARACIÓN EN PINTURA
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos como cubiertas,
cielos, columnas, enrejados, escaleras, estructuras, mallas, paredes,
parrillas, pisos, portones, tuberías, vigas y cualquier dispositivo que así lo
amerite, siguiendo las mejores prácticas de limpieza y aplicación.
ÍTEM Nº 14. SERVICIO DE
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LA RED ELÉCTRICA
Los trabajos se realizarán en
todos los elementos utilizados para la construcción de redes eléctricas como
son ductería metálica, canaleta plástica, cambio de balastros, cambio de tubos
fluorescentes, bombillos, cambio de tomas, apagadores, enchufes, disyuntores,
revisión de circuitos, cortes de corriente, cables, lámparas, halógenos,
luminarias, difusores y cualquier otro elemento que así lo amerite, para el
correcto funcionamiento eléctrico de la instalación donde se brinde el
servicio.
ÍTEM Nº 15. SERVICIO DE
RESTAURACIÓN EN SUPERFICIES DE PISOS Y PAREDES
Los trabajos se realizarán en
todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos de uso o tránsito
como pisos, paredes y dispositivos que así lo amerite, incluyendo piezas y
accesorios que estos requieran e incluirán labores de estucado, impermeabilización,
limpieza, pulido, repellado, masillado, nivelado o los que correspondan según
la necesidad.
ÍTEM Nº 16. SERVICIO DE
REPARACIÓN DE SISTEMAS DE AGUAS SERVIDAS
Los trabajos se realizarán en
todos los dispositivos mecánicos relacionados con la evacuación de aguas
residuales y tuberías relacionadas con estas como drenajes, tanques y cualquier
elemento que así lo amerite, incluyendo piezas y accesorios que estos
requieran.
Ficha articulo
6. LIMPIEZA
Y TRATAMIENTO DE DESECHOS
6.1 El
Contratista tratará y trasladará los desechos producidos durante la ejecución
y al término de los trabajos fuera de las instalaciones del Banco Popular y/o
los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados y será el
único responsable.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
6.2 El Contratista mantendrá en todo momento el inmueble libre de
basura o escombros causados por el normal desarrollo de los trabajos. Al
finalizar la obra, y antes de la recepción, removerá toda la basura del
edificio y sus alrededores; retirará los equipos, herramientas y materiales
sobrantes de su pertenencia y dejará el sitio en estado de limpieza a satisfacción
de los supervisores.
6.3 Deberá cumplir todas las disposiciones se seguridad que amerite el
proceso de recolección y acarreo de desechos y las que el Gerente o
Administrador solicite.
6.4
Los desechos que se retiren de las oficinas del Banco Popular y/o
los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados donde se
realicen los trabajos, deberán ser depositados en un Centro de Acopio o
botadero debidamente autorizado por la Municipalidad respectiva y será
responsabilidad única del contratista.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
Ficha articulo
7. LEGISLACIÓN
7.1 El Contratista tomará todas las precauciones necesarias para la
seguridad en el trabajo. Cumplirá todas las leyes y reglamentos de seguridad y
previsión sociales, con el fin de evitar accidentes o daños a las personas que
se encuentran en el lugar donde se efectúan los trabajos o cerca del mismo.
7.2 El Contratista debe cumplir con la legislación vigente del país en
materia laboral y Salud Ocupacional, así como cumplir con las normativas
dictadas en la Ley de Riesgos 6727 del Instituto Nacional de Seguros, según se
indica en el Reglamento General de los Riesgos de Trabajo.
7.3 El Contratista asume todas las obligaciones que establecen el
Código de Trabajo y las leyes laborales vigentes, así como las cargas sociales
correspondientes a este código.
7.4
El Contratista actuará como patrono en relación con todo el personal que
intervenga en el proceso de ejecución de los trabajos. Entre ese personal y
el Banco Popular no existirá ninguna relación laboral.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
7.5 Será responsabilidad del Contratista reparar en forma inmediata
cualquier daño ocasionado como consecuencia de los trabajos, sin que esto
ocasione costo extra alguno para el Banco.
7.6 El Contratista asumirá los costos por daños a personas ya sean
estos funcionarios, clientes o visitantes, así como equipos e instalaciones del
Banco causados por su personal o los trabajos que realiza.
Ficha articulo
8. FORMA
DE PAGO
8.1 El
pago se realizará como máximo a los cinco días (5) hábiles después
de recibido en conformidad cada servicio y la factura con el respectivo visto
bueno por parte del Gerente o Administrador, preferiblemente mediante depósito
en la cuenta corriente o de ahorros que el adjudicatario mantenga con el Banco
Popular. Para un trámite expedito del pago, el adjudicatario debe indicar el número
de cuenta corriente o de ahorros que tiene en este Banco. De no contar con una
cuenta de ahorros en el Banco Popular, se recomienda la suscripción de una
cuenta corriente o de ahorros con el propósito de que el pago se le realice por
medio de transferencia bancaria y así sea más ágil el pago; de lo contrario
se efectuará mediante cheque.
(Así reformado el
punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
8.2 Deberá incluir en la factura final el monto de mano de obra con una
descripción de los trabajos realizados, el monto de materiales, adjuntando la
factura que corresponde a la compra de materiales utilizados en trabajo efectuado
por el contratista y una copia del reporte de reparación.
8.3 Toda transacción debe respaldarse con facturas o comprobantes que
reúnan los requisitos establecidos por la Dirección General de la Tributación
Directa. Si se le ha dispensado del trámite de timbraje, deberá hacer
referencia en las facturas o comprobantes que presenten ante el Banco, del
número de resolución mediante la cuál se les eximió de ese trámite. El Banco no
se responsabiliza por los atrasos que puedan darse en la fase de ejecución, con
motivo del incumplimiento de este aspecto.
8.4 El pago se realizará en colones, y en caso de cotizaciones en
dólares americanos, se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que
reporte el Banco Central de Costa Rica para el día en que se emite el pago.
8.5 El
contratista debe presentar mensualmente al CSF al cual se encuentra adscrito,
constancia emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social, en donde se
demuestre que se encuentra al día con el pago de sus obligaciones con la
seguridad social de este país (artículo 74 de la Ley Orgánica de la CCSS). Esta
constancia aplicará de igual forma para la verificación del cumplimiento de
este requisito por parte del contratista, cuando se requiera realizar
reparaciones a los bienes adjudicados. Lo anterior por cuanto se trata del mismo
registro de proveedores y el mismo rol, dependiendo de la cercanía del bien
adjudicado con los CSF, Sucursales o edificios administrativos dentro del Gran
Área Metropolitana.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
8.6 En caso que
los acabados no cumplan con los requerimientos solicitados por el PIP y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados o se presente un
incumplimiento parcial o total del servicio, será motivo para dar por
finalizado el trabajo y por lo tanto no se ejecutará el trámite de pago
correspondiente sin que implique algún costo adicional para el Banco. Ante el
panorama de que el proveedor no concluya la prestación del servicio requerido
en los términos regulados en el Instructivo o en el caso de que habiéndolo
concluido lo realizó de manera defectuosa siendo que la Gerencia o el
funcionario autorizado no avaló su correcto proceder, el Banco no incurrirá en
ningún pago por ese concepto y solicitará el requerimiento al siguiente de la
lista de inscripción de acuerdo al orden del rol en caso de ser necesario o lo
podrá realizar con personal propio del Banco. En los supuestos en que el
trabajo se realizó de manera parcial por motivos propios del Banco, según lo
indicado en el punto 2.4 de este documento, el pago que se reconocerá al
contratista corresponderá sólo a lo que efectivamente haya ejecutado hasta el
momento en que el Banco detuvo la prestación del servicio, según lo
originalmente contratado, debiendo presentar para estos efectos el contratista
la documentación probatoria de respaldo necesaria para cobrar las erogaciones
en que incurrió.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
Ficha articulo
9. SANCIONES Y MULTAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTOS
9.1 En
caso de incumplimiento o no atención en el tiempo de respuesta una vez
reportada la avería, el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le extenderá al
proveedor una llamada de atención por escrito. En caso de reiterar su
incumplimiento cuando le corresponda nuevamente prestar el servicio de acuerdo
al orden del rol, será sancionado con un mes fuera del registro manteniendo su
numeración en el rol y de incumplir nuevamente será retirado del registro.
(Así reformado el
punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
9.2 Por
incumplimiento en el tiempo establecido de entrega del trabajo, el
contratista deberá pagar al Banco Popular y de Desarrollo Comunal el 2,5% del
monto adjudicado por concepto de reparación, por cada día natural de atraso,
hasta un máximo del 25%. La suma que corresponda por concepto de la aplicación
de esta cláusula, será rebajada del pago que se le haga al contratista.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
Ficha articulo
10.VIGENCIAS
Este procedimiento tendrá una vigencia
de dos años a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta
y podrá prorrogarse la aplicación de este Instructivo, previa autorización del
Órgano Contralor, por un plazo igual al plazo inicialmente autorizado.
De igual manera el plazo de vigencia del
formulario de inscripción de los proveedores interesados -de donde se obtendrá
el consecutivo del rol en cada Oficina- será el mismo de la vigencia del
documento Instructivo.
Una vez concluidos los plazos de
vigencia del Instructivo y del formulario de inscripción y antes de su prórroga
-si así lo autoriza la Contraloría General de la República-, cualquier
proveedor inscrito podrá manifestar su deseo de no continuar perteneciendo
inscrito en la lista de proveedores que se confeccionará en cada Oficina para
estos fines, para lo cual deberá comunicarlo al gerente de cada CSF, Sucursal
-en cuyos casos así lo harán saber al PIP- o encargado del PIP. Los proveedores
podrán solicitar expresamente su deseo de retirarse de un registro en cualquier
momento, preferiblemente antes de que le corresponda por el orden del rol
prestar un servicio.
Ficha articulo
11. FORMALIZACIÓN
DEL CONTRATO
Cada vez que se asigne un trabajo, el Banco extenderá una Orden de
Pedido que hará las veces de Orden de Compra y que se constituirá en el
documento que para todos los fines ordene la correspondiente ejecución
contractual. El Banco entregará la Orden de pedido o la notificará mediante
fax a más tardar un (1) día hábil posterior a la adjudicación, misma que se
hará efectiva cuando el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le comunique al
Proveedor la razonabilidad del precio cotizado para el servicio requerido.
(Así reformado el
punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
Ficha articulo
12. INSPECCIÓN
Y FISCALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Órgano Fiscalizador tiene como obligación velar porque el
contratista se ajuste al estricto cumplimiento de todos los puntos y solicitudes
pactadas en este Instructivo así como en la prestación del servicio. Se
entenderá que el Órgano Fiscalizador lo constituye el Proceso de
Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso
Administración de Bienes Adjudicados, a quien le corresponden las
atribuciones y obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de
Contratación Administrativa.
(Así reformado el
punto anterior
y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del 2012)
Ficha articulo
13. MEJORAS
A LO OFRECIDO
El Banco por medio del Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o
el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados estará facultado
para aceptar las mejoras, cambios e innovaciones en los materiales y servicios
que le proponga el contratista y que se planteen con posterioridad al
ofrecimiento presentado, siempre que no le represente ningún costo adicional al
Banco o un aumento en el plazo de entrega y que se reviertan a favor del mejor
beneficio para el Banco medido en función de incrementos en la capacidad,
calidad o potencialidad de lo contratado.
(Así reformado el
punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del
24 de mayo del
2012)
Ficha articulo
14. DISPOSICIÓN FINAL
14.1 En todo lo que no esté expresamente normado en el presente
instructivo, le aplicarán supletoriamente todas las disposiciones contenidas en
la Ley de Contratación Administrativa y en su respectivo Reglamento. Además,
para aquellos trabajos que superen el monto establecido de $1.500,00, serán
tramitados por los procedimientos ordinarios de Contratación Administrativa,
que para tales efectos tenga el Banco Popular, para la atención de este tipo de
servicios.
5 de setiembre de 2011.-
Ficha articulo
Fecha de generación: 14/1/2026 01:25:37
|