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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 05/09/2011 >> Texto completo
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Instructivo para contratar los servicios de reparación y atención de averías las 24 horas en las oficinas y edificios donde el Banco Popular brinde sus servicios en todo el país
Texto Completo acta: E47BA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL



(Nota de Sinalevi: El Banco Popular y de Desarrollo Comunal aprobó un nuevo Instructivo para contratar los servicios de reparación y atención de averías las 24 horas en las oficinas y edificios donde el Banco Popular brinde sus servicios y en los bienes inmuebles adjudicados en Administración del Banco Popular en todo el país, y publicado en La Gaceta N° 200 del 17 de octubre de 2013)



 



(Nota de Sinalevi: Sobre este tema el Banco Popular y de Desarrollo Comunal había emitido anteriormente el Instructivo para contratar los servicios de reparación y atención de averías las 24 horas en las oficinas y edificios donde el Banco Popular brinde sus servicios, en todo el país, publicado en La Gaceta N° 166 del 26 de agosto de 2009) 



 



INSTRUCTIVO PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS



DE REPARACIÓN Y ATENCIÓN DE AVERÍAS



LAS 24 HORAS EN LAS OFICINAS Y EDIFICIOS



DONDE EL BANCO POPULAR BRINDE SUS



SERVICIOS EN TODO EL PAÍS



        1. PROPÓSITO



                 1.1  Establecerun instructivo que contemple las actividades generales para la contratación deempresas o personas físicas que presten elservicio de reparación y atenciónde averías (obras menores) las 24 horas y hasta un monto de $1.500,00 (milquinientos dólares) en las oficinas y edificios en donde brinde sus serviciosel Banco Popular y Desarrollo Comunal en todo el paísya los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados,agrupados en Centros de Servicios Financieros (CSF), Sucursales y en oficinasdel Área Metropolitana que no pertenezcan a ningún CSF o Sucursal,asícomo a todos los bienes transferidos o adjudicados.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



            1.2       Conformar un STAFF de empresas o personas físicas que cumplan con los requisitos solicitados en este Instructivo para brindar el servicio de reparación y atención de averías menores, teniendo como meta garantizar los servicios bancarios mantenimiento y mejorando las condiciones de las edificaciones del Banco para cumplir con las necesidades de los clientes y sus funcionarios, según las condiciones de cada edificio.



            1.3Las contrataciones que el Banco llegue a celebrar al amparo de lo regulado eneste Instructivo se sustentan en la autorización que para tales fines otorgóla Contraloría General de la República por medio del oficioNº 07960DCA-2182 el día 26 de agosto del 2011, el cual así fue solicitado por elBanco con fundamento en lo que establece el artículo 2 Bis, inciso c) de la Leyde Contratación Administrativa; así como también el oficioN° 03780DCA-0972 del día 27 de abril del 2012.



( Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)




Ficha articulo



        2. ALCANCE



                 2.1 El presente instructivo se aplicará por parte del Banco Popular para todas las oficinas del Banco en todo el país y a los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)

                 2.2  Las labores de reparación y atención de averías se realizarán sin excepción en todos los edificios que utiliza el Banco Popular y a los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, una vez que ingrese el reporte a la dirección electrónica ingenieria@bp.fi.cr, jmora@bp.fi.cr y el Administrador del instructivo determine que se va a efectuar por este.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



                 2.3  El oferente deberá incluir el suministro de la mano de obra, materiales, herramientas, equipo y accesorios requeridos para la reparación y atención de averías.



                  2.4 Los trabajos se realizarán de manera parcial o total, dentro o fuera de las oficinas o edificios, siguiendo las mejores prácticas relacionadas con cada una de las reparaciones y según las necesidades de cada dependencia.



Se entiende por trabajo parcial aquel que no finaliza una vez iniciado porque se considera que durante su ejecución se puede llegar a interferir en las actividades bancarias y ocasionar incomodidad a los clientes, debiéndose programar su conclusión en un horario en el que no afecte ninguna actividad bancaria y según lo acuerden las partes Proceso de Infraestructura y Proyectos (PIP), gerente, Subproceso Bienes Adjudicados y Contratista), o que por motivos propios del Banco se impida al contratista concluir la prestación del servicio, caso en el que se ejecutará lo correspondiente en el punto 8.6 de este Instructivo.



(Así reformado el punto 2.4) anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del2012)



                2.5  Se incluirán todas las labores complementarias que se requieran para el adecuado desarrollo y término de los trabajos sin que esto implique costo adicional para el Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

Se entiende por labores complementarias aquellas que conlleven realizar acciones como solicitudes y permisos ante entidades reguladoras y fiscalizadoras como municipalidades o empresas de servicios públicos, para poder llevar a cabo la prestación de los servicios requeridos.


Ficha articulo



        3. OFERENTES



a) El Banco realizará invitación pública y abierta a todos los oferentes dentro del territorio nacional, sean empresas o personas físicas que presten servicios de reparación y atención de averías menores, para que se inscriban en un registro que se conformará para la aplicación de este Instructivo el cual será el punto de inicio para poder tener la opción de ofertar algún requerimiento del CSF, Sucursal, bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados y/o del PIP a la(s) que tenga interés. El Banco Popular realizará la invitación a inscribirse mediante publicación por una sola vez de todo el documento en el Diario Oficial La Gaceta y por medio de avisos publicados en dos diarios de circulación nacional o local por lo menos en tres ocasiones anualmente.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



b)   Una vez presentado el formulario de inscripción por parte del proveedor interesado ante el Proceso de Infraestructura y Proyectos del Banco Popular, este deberá analizar y validar la admisibilidad e inclusión de cada oferente en el registro al que tenga interés (CSF, Sucursal, bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados y/o PIP) dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la presentación de los documentos, debiendo comunicarle mediante fax su cumplimiento o no con lo solicitado en el formulario.



(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



En caso de tenerse como cumpliente, en el mismo documento de notificación se le señalará el número de inscripción asignado que posteriormente se utilizará como referencia para la respectiva aplicación del rol en cada CSF, Sucursal, bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, y/o del mismo PIP; caso contrario, en caso de presentarse la información de manera incompleta se le otorgará al proveedor interesado un plazo no mayor a tres (3) días hábiles para que subsane o se refiera a algún punto en particular que el PIP considere necesario para completar su información, contando en este supuesto ese Proceso igualmente con un plazo máximo de tres (3) días hábiles a partir del recibo de las subsanaciones para comunicarle por el mismo medio su cumplimiento o no, siendo que en caso de cumplir hasta en este momento se le asignará el número de inscripción que le corresponda; es decir, que si en el transcurso de los plazos de subsanación señalados anteriormente se presenta para inscripción en el mismo registro un formulario completo de otro proveedor interesado, a éste se le asignará de primero el número del rol que le corresponda, premiándose con esto a quien presente de manera completa la información requerida para estos efectos y no posponiendo, en su perjuicio y en el del Banco, la asignación de su rol en espera de que termine de cumplir con la presentación de la información el anterior proveedor.



(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



Si el proveedor no está de acuerdo con alguna de las decisiones tomadas por el Banco, podrá hacer uso de los recursos ordinarios que regula la Ley General de Administración Pública.



(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



Cada vez que el PIP asigne un número de rol en el registro señalado por el interesado, deberá así comunicarlo al CSF o Sucursal y al Subproceso Administración de Bienes Adjudicados, para su respectivo control.



(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)



El formulario a completar por parte de cada oferente deberá contar como mínimo con la siguiente información, (se adjunta el respectivo formulario):



   I.  Nombre completo del oferente.
   II. Número de cédula física o jurídica, según corresponda.
  III. Constancia de facturación timbrada emitida por la Dirección General de la Tributación Directa, o en su defecto si se encuentra dispensado del trámite de timbraje, la referencia del número de resolución mediante la cual se le eximió de ese trámite.
   IV. Dirección exacta de su taller y del lugar de residencia, teniendo derecho el Banco de verificar en cualquier momento estas direcciones.
  V. Número de fax donde se le notificará su aceptación o no de la solicitud de inscripción en el registro y su número de rol en caso de ser afirmativa la respuesta y en donde se le podrá enviar alguna información o aclaración del servicio requerido en caso de que así lo acepte el proveedor en el momento específico, número(s) de teléfono(s), celular(es) y correo(s) electrónico(s).
 VI. Correo electrónico, teléfono celular o fax como medio tecnológico por el cual se localizará para la solicitud de atención de las respectiva(s) solicitud(es) de reparación que correspondan de acuerdo al rol.
 VII. Detalle de los servicios que presta, debiendo coincidir como mínimo con los requeridos en el objeto de este Instructivo.
 VIII. Mínimo 5 cartas de referencias de clientes a quienes les haya brindado sus servicios (sólo se aceptan dos cartas de personas físicas).
  IX. Indicación expresa de sometimiento a las condiciones que se establecen en este Instructivo.
 X. Indicación de un plazo mínimo de garantía de seis (6) meses sobre las labores realizadas.
XI. Indicación del CSF y/o Sucursal que desea prestar sus servicios, lo que incluye todas las ventanillas y periféricas adscritas a dicho CSF o Sucursal, y/o indicación de que desea brindar sus servicios a los edificios administrativos del Banco lo cual incluye todos los que se encuentren dentro del Área Metropolitana y no se encuentren adscritas a ningún CSF o Sucursal.
  XII. Indicación expresa de su anuencia a atender dentro del rol asignado averías en un radio de 50 kilómetros, del taller del oferente a la oficina que lo requiera.
     XIII. Indicación expresa de su anuencia a atender dentro del rol asignado averías fuera del radio de 50 kilómetros establecido en el punto anterior y a no más de 15 kilómetros adicionales al mínimo señalado anteriormente, del taller de oferente, siempre y cuando no se cuente con un proveedor inscrito en la zona adyacente donde se presenta la avería.
  XIV. Aportar las siguientes declaraciones juradas:

  £ De encontrarse al día con las obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) o bien que cuenta con un arreglo de pago aprobado por la CCSS al momento de presentación de la oferta; el Banco se reserva el derecho de realizar las consultas pertinentes tanto al oferente como a la CCSS para verificar su condición, todo ello de frente a la naturaleza del objeto de contratación.



  £ De que se encuentra al día con el pago de todos los impuestos nacionales.



  £ De que no le afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa. Esta declaración deberá cubrir a todos los socios, directivos y representantes legales en el país en caso de tratarse de persona jurídica.



  £ De que no le afecta el régimen de prohibición establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Esta declaración deberá cubrir a todos los socios, directivos y representantes legales en el país en caso de tratarse de persona jurídica.



£ De encontrarse al día con las operaciones crediticias (deudas, fianzas y ahorro obligatorio) que tenga con el Banco Popular y de Desarrollo Comunal; para personas jurídicas afecta tanto a los apoderados como sus accionistas. En caso de detectarse la morosidad, el oferente deberá regularizar esta condición antes de serle aprobada la solicitud del formulario de inscripción. Si se trata de persona jurídica, deberá adjuntar la siguiente información:



  £ Certificación notarial o registral de la inscripción en el Registro Público y de la personería jurídica del representante legal, indicando su vigencia a la fecha de emisión de la certificación, nombre y apellidos, estado civil, profesión y oficio, nacionalidad y número de documento de identidad que lo acredita y copia del documento de identidad que lo identifica.



£ Certificación notarial indicando el monto del capital social, la cantidad y naturaleza de las cuotas o acciones que lo conforman, y la propiedad de estas con indicación del nombre y apellidos de los propietarios de dichas acciones o cuotas. La certificación de la propiedad de las acciones, deberá ser emitida para las sociedades anónimas con vista del libro o registro de accionistas y para otro tipo de sociedades, según los libros que al respecto establezca el Código de Comercio. Si estos propietarios fueren personas jurídicas, se certificará la naturaleza y propiedad de las cuotas o acciones de esas sociedades.



  £ Los anteriores documentos deben ser presentados en original y su fecha de emisión no podrá ser mayor de un mes contado retroactivamente a partir de la presentación del formulario de inscripción.



      



(*)c)  Los Contratistas podrán brindar sus servicios a cualquier CSF y sus oficinas adscritas, y/o Sucursal y sus oficinas adscritas y/o a los edificios administrativos que se encuentren dentro del Área Metropolitana que no están afiliadas a un CSF o Sucursal, así como a todos los bienes transferidos o adjudicados, según las condiciones del apartado 4 de este documento. El control del rol y su registro estará a cargo del Proceso de Infraestructura y Proyectos. Por lo tanto se aclara que el número de rol que se le asigne a cualquier CSF, Sucursal y/o a los edificios administrativos que se encuentren dentro del Área Metropolitana que no están afiliadas a un CSF o Sucursal, será el mismo que aplicará para asignar las labores que se requieran de reparación y atención de averías a los Bienes adquiridos en pago de obligación, en el entendido que para estos bienes no se realizará una nueva asignación de número de rol, toda vez que los trabajos que se requieren para los Bienes adquiridos en pago de obligación, serán coordinados por el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados por su función de administrador de esos bienes y en coordinación con el Proceso de Infraestructura y Proyectos, por lo que no se considera necesario generar un registro separado con números de rol diferentes a los ya asignados para cada CSF, Sucursal y/o a los edificios administrativos que se encuentren dentro del Área Metropolitana. Por lo tanto, en el momento que se requiera la atención de uno de esos bienes esto será coordinado directamente por medio del Subproceso Administración de Bienes Adjudicados con el Proceso de Infraestructura y Proyectos, que es el administrador del registro y asignación de rol, para que este Proceso le indique de acuerdo a la asignación de tareas para cada proveedor que conforma el rol, los datos de éste para que el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados, lo contacte y le haga la solicitud de reparación o atención de averías, según corresponda a la necesidad.



El proveedor que se asignará será según el Registro que el PIP lleve para tales efectos y se hará de acuerdo a la ubicación del inmueble que requiera de los servicios, aplicando el rol de acuerdo a la cercanía del inmueble con la Sucursal, CSF o edificios administrativos que se encuentren dentro del Área Metropolitana, según sea el caso.



El detalle de los Centros de Servicios Financieros es el siguiente:



 



(*)(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)





El detalle de los servicios financieros es el siguiente:



                  1.   Alajuela (CSF)



                  Alajuela Este



                  Alajuela Centro



                  Barrio San José Alajuela (Periférica Rural)



                  2.   Catedral (CSF)



                  Paseo Colón (Joissar)



                  Plaza González Víquez (Periférica Urbana)



                  Barrio Amón (Ventanilla de Servicios)



                  Crédito sobre Alhajas (Periférica Urbana)



                  Alajuelita (Periférica Urbana)



                  Carit (Ventanilla de Servicios)



                  San Sebastián (Periférica Urbana)



                  Aserrí (Periférica Urbana)



                  3.   Ciudad Neily (CSF)



                  San Vito (Periférica Rural)



                  Palmar Norte (Periférica Rural)



                  4.   Heredia (CSF)



                  Belén (Periférica Rural)



                  Plaza Heredia (Periférica Rural)



                  San Pablo de Heredia (Periférica Rural)



                  Santa Bárbara (Periférica Rural)



                  Santo Domingo (Periférica Rural)



                  Mall Real Cariari (Periférica Rural) Heredia



                  5.   Del Este (CSF)



                  San Francisco (Periférica Urbana)



                  Universidad de Costa Rica (Ventanilla de Servicios)



                  Curridabat (Periférica Urbana)



                  San Antonio de Desamparados (Periférica Urbana)



                  Desamparados Centro (Periférica Urbana)



                  6.   Del Valle (CSF)



                  Quepos (Periférica Rural)



                  Buenos Aires (Periférica Rural)



                  Pérez Zeledón Sur (Periférica Rural)



                  Uvita (Periférica Rural)



                  7.   Goicoechea (CSF)



                  El Alto de Guadalupe (Ventanilla de Servicios)



                  Mall San Pedro (Periférica Urbana)



                  Coronado (Periférica Urbana)



                  8.   Pavas (CSF)



                  Hatillo La verbena (Periférica Urbana)



                  Hatillo (Ventanilla de Servicios)



                  La Uruca (Periférica Urbana)



                  Mata Redonda (Periférica Urbana) Pavas



                  9.   Moravia (CSF)



                  Tibás (Periférica Urbana)



                  10. Cañas (Sucursal)



                  Tilarán (Periférica Rural)



                  Upala (Periférica Rural)



                  Las Juntas de Abangares (Periférica Rural)



                  Monte Verde (Periférica Rural)



                  11. Cartago (Sucursal)



                  Cartago Centro (Periférica Rural)



                  Paraíso (Periférica Rural)



                  El Guarco (Periférica Rural)



                  San Marcos de Tarrazú (Periférica Rural)



                  Tres Ríos (Periférica Rural)



                  Oreamuno (Periférica Rural)



                  12. Grecia (Sucursal)



                  Grecia Centro (Periférica Rural)



                  Naranjo (Periférica Rural)



                  San Pedro de Poás



                  Atenas



                  13. Guápiles (Sucursal)



                  Cariari (Periférica Rural)



                  Siquirres (Periférica Rural)



                  Puerto Viejo Sarapiquí (Periférica Rural)



                  Guácimo (Periférica Rural)



                  14. Liberia (Sucursal)



                  Liberia Centro (Periférica Rural)



                  Sardinal (Ventanilla de Servicios)



                  La Cruz (Periférica Rural)



                  15. Limón (Sucursal)



                  16. Nicoya (Sucursal)



                  Santa Cruz (Periférica Rural)



                  Jicaral (Ventanilla de Servicios)



                  Paquera (Ventanilla de Servicios)



                  Nosara (Ventanilla de Servicios)



                  17. Puntarenas (Sucursal)



                  Orotina (Periférica Rural)



                  Jacó (Periférica Rural)



                  El Roble (Periférica Rural



                  18. Puriscal (Sucursal)



                  Escazú (Periférica Urbana)



                  Santa Ana (Periférica Urbana)



                  19. San Ramón (Sucursal)



                  Palmares (Periférica Rural)



                  Mall Plaza Occidente (Periférica Rural)



                  Zarcero (Periférica Rural)



                  20. San Carlos (Sucursal)



                  La Fortuna (Periférica Rural)



                  Florencia (Periférica Rural)



                  Aguas Zarcas (Periférica Rural)



                  Guatuso (Periférica Rural)



                  Plaza San Carlos (Periférica Rural)



                  Pocosol (Periférica Rural)



                  21. Turrialba (Sucursal)



                22. Edificios administrativos



                Área metropolitana (Proceso de Infraestructura y Proyectos)



                23. Bienes adjudicados en todo el país.



       A estos bienes adjudicados o inmuebles, les aplicará las mismas condiciones y servicios indicados en este instructivo y la ubicación para determinar la distancia será considerando la referencia de las oficinas antes señaladas, desde la 1 hasta la 22.



 



        (Así adicionado el punto 23) anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo de 2012)



           Una vez que el Banco aperture un nuevo CSF, Sucursal o adquiera bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, realizará una publicación en un diario de circulación nacional y un medio de comunicación local, escrito, radial o televisivo invitando a los interesados a inscribirse en el Registro de elegibles de ese nuevo servicio financiero. En el supuesto de que el Banco realice la apertura de una oficina que estará adscrita al CSF, Sucursal o al Área Metropolitana, todo proveedor inscrito a ese registro debe estar dispuesto a prestarle los servicios cuando le corresponda por el orden del rol.

(Así reformado el párrafo anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo de 2012)



            d) Será obligatorio que el lugar de residencia y el lugar de trabajo del Contratista esté dentro del rango de atención de cualquiera de las oficinas que tiene a cargo un Centro de Servicios Financieros, Sucursal, PIP y/o Subproceso Administración de Bienes Adjudicados donde se brindaría el servicio de reparación, las cuales incluirán todas las ventanillas y periféricas que se encuentren adscritas a estos. Esta distancia no podrá exceder un radio de 50 kilómetros con respecto a cualquiera de las oficinas a cargo de un CSF, Sucursal y/o del Área Metropolitana (oficinas que no están adscritas a ningún CSF o Sucursal) a la(s) que se tenga interés.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo de 2012)


Ficha articulo



        4. MODELO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS



                4.1  El modelo de contratación que se usará consiste en establecer un registro con empresas o personas físicas para cada CSF, Sucursal y Proceso de Infraestructura y Proyectos (según detalle del punto 3.c), que presten el servicio de reparación y atención de averías (obras menores) en la totalidad de los ítems descritos en el punto 5 de este Instructivo, las 24 horas del día y los 7 días de la semana, y hasta por un monto de $1.500.00 por reparación lo anterior en las oficinas y edificios en donde brinde sus servicios el Banco Popular y Desarrollo Comunal en todo el país y a los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados; siendo ilimitada la cantidad de proveedores que puedan llegar a ocupar un campo en las listas de registro, siempre y cuando se presente la solicitud dentro del plazo de vigencia de este Instructivo. El contratista estará en la obligación de brindar sus servicios a todas las ventanillas y periféricas adscritas a los CSF y/o Sucursales y/o en el caso de los edificios administrativos, a la totalidad de estos, así como a los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del 2012)



4.2 La asignación de los trabajos será establecida por rol de acuerdo al número de inscripción asignado a cada proveedor por el Proceso de Infraestructura y Proyectos y será independiente para cada uno de los Centros de Servicios Financieros, Sucursales y para PIP (cuando las oficinas no están adscritos a ningún CSF o Sucursal); lo anterior de conformidad con lo establecido en el punto 3.c) de este Instructivo. En caso de no aceptar el orden del rol, se procederá a aplicar lo establecido en el artículo 9 de este Instructivo. Para el caso de los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, el rol que se utilizará será el establecido por el Proceso de Infraestructura y Proyectos y será el mismo que se asignó para cada uno de los Centros de Servicios Financieros, Sucursales y para PIP (cuando las oficinas no están adscritos a ningún CSF o Sucursal); lo anterior de conformidad con lo establecido en el punto 3.c) de este Instructivo.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del 2012)



4.3  El orden del rol será utilizado por el Proceso de Infraestructura y Proyectos, según corresponda. Lo aplicarán para los trabajos asignados a su oficina y a las oficinas adscritas, según detalle del punto 3.b).
         4.4   Cuando el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le comunique al contratista, según el rol, de una reparación a su correo electrónico, teléfono celular o fax, éste deberá comunicarse dentro de la siguiente hora del aviso y presentarse a realizar la respectiva inspección en el sitio de la avería durante las dos (2) horas siguientes de haberse comunicado con PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados. Le deberá presentar a PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados la lista estimada de materiales a utilizar y el costo de la mano de obra, todo lo anterior en un tiempo no mayor de dos (2) horas después de haber realizado la visita al sitio.
El inicio de los trabajos se debe dar cuando PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le remita al contratista copia del reporte de avería y la copia del correspondiente de permiso de ingreso, para lo cual se le dará un plazo de 24 horas para la conclusión del trabajo, excepto cuando el Gerente, PIP y/o Subproceso Administración Bienes Adjudicados justifique otro plazo, quedando debidamente acreditado en los documentos de dicha reparación. En caso de que un proveedor incumpla cualquiera de las indicaciones anteriores, se le aplicaran las sanciones que correspondan de acuerdo a lo regulado en el punto 9 del presente documento.
 
(Así reformado el punto 4.4) anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
 
4.5 Todas las averías serán generadas a través del sistema de reportes del Banco, el cual otorgará automáticamente un número de reporte.
El reporte de reparación será efectuado por cada Gerente o funcionario autorizado para los lugares en donde se requiera de los servicios de reparación o atención de una avería, el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados determinará su asignación al contratista correspondiente en rol.
En las oficinas del negocio se designará un único funcionario para que efectúe los reportes a la dirección electrónica ingeniería@bp.fi.cr, jmora@bp.fi.cr, con el propósito de que este funcionario sea el encargado de recibir a los proveedores de servicios, en los casos en que no amerite el traslado de un funcionario del Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados y que además colabore con el trámite de pago.
(Así reformado el punto 4.5) anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
4.6 El Proceso de Infraestructura y Proyectos (PIP) y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados será el responsable de determinar y brindar los criterios técnicos de los servicios a contratar así como de la razonabilidad del monto cotizado por concepto de mano de obra y la lista de materiales, en un plazo no mayor a dos (2) horas una vez recibida la información cuando el monto no sobrepase los $500, si el monto es mayor tendrá cuatro (4) horas para emitirlo. En caso de que se considere que el precio es inapropiado o que la lista de materiales no es correcta, se le informará al contratista cual es el precio razonable del trabajo a realizar, lo anterior con el propósito de que PIP pueda negociar lo que corresponda con el Contratista dentro de un tiempo no mayor a dos (2) horas. En caso de no llegar a un acuerdo con el contratista, podrá llamar al siguiente proveedor interesado de acuerdo al orden del rol establecido según su inscripción en la respectiva lista. Si se aprobara, PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados según corresponda, deberá ordenar el inicio de los trabajos de conformidad con la fecha y hora fijadas en el permiso de ingreso para el Contratista y comunicar al Gerente de cada CSF, Sucursal, oficial de seguridad y/o encargado del bien adquirido en pago de obligaciones o encargado del contratista.
(Así reformado el punto 4.6) anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
4.7   Cada Gerente deberá mantener una comunicación eficiente con el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados durante el desarrollo de los trabajos solicitados, contar con un archivo de los trabajos realizados donde se incluya copia del reporte de reparación y el permiso de ingreso, las facturas correspondientes por materiales utilizados y mano de obra, adicionalmente enviará una copia al Proceso de Infraestructura y Proyectos trimestralmente.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
4.8 La Gerencia o funcionario autorizado de cada dependencia será el encargado de recibir conforme los trabajos realizados y en el caso de requerir algún criterio técnico específico, la Gerencia realizará una recepción provisional y solicitará el apoyo del Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados, el cual contará con tres (3) días hábiles para realizar la recepción definitiva. En caso de considerar el PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados que falta completar el trabajo, el contratista contará con dos (2) horas para atender lo solicitado. Cuando se concluyan las correcciones indicadas por el PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados, la Gerencia o funcionario autorizado, podrá realizar el recibido definitivo y el respectivo trámite de pago estipulado en el artículo 8 de este Instructivo. En caso de no cumplir definitivamente con el trabajo, se aplicará lo regulado en el punto 8.6.
(Así reformado el punto 4.8) anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
4.9   El Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados realizará además las inspecciones que correspondan junto con su cronograma de fiscalización de edificios.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
4.10 Cada Contratista deberá estar debidamente inscrito en la Dirección General de la Tributación Directa. Por lo que las facturas que presente el Contratista para cobro deberán estar debidamente timbradas, o en su defecto, si fue dispensado del trámite de timbraje, deberá hacer referencia en las facturas o comprobantes que presenten ante el Banco Popular y sus CSF, Sucursales o bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados, del número de resolución mediante la cual se les eximió de ese trámite.
(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)
4.11 Los trabajos incluirán todas las labores complementarias que se requieran para el adecuado desarrollo y término de los servicios requeridos sin que esto implique costo adicional para el Banco Popular.
Se entiende por labores complementarias aquellas que conlleven realizar acciones como solicitudes y permisos ante entidades reguladoras y fiscalizadoras como municipalidades o empresas de servicios públicos, para poder llevar a cabo la prestación de los servicios requeridos.
4.12 El contratista garantizará acabados de primera calidad y la debida terminación de las obras manteniendo el permanente y adecuado funcionamiento de las edificaciones, según las condiciones de cada dependencia, oficina o edificio, de lo contrario no se ejecutará el trámite correspondiente a la recepción de los trabajos y consecuentemente la cancelación por los servicios prestados.

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        5. OBJETO DE CONTRATACIÓN



5.1  Prestar servicios de reparación y atención de averías, que se aplicarán según corresponda en labores como: ajustar, ampliar, anclar, aplicar, cambiar, chorrear, colocar, conectar, construir, compactar, cubrir, demoler, desarmar, desconectar, desinstalar, destaquear, empastar, fijar impermeabilizar, instalar, limpiar, lujar, pegar, picar, remodelar, reparar, repellar, restaurar, retirar, soldar y sustituir.



 



5.2  El proveedor realizará cualquier otra actividad que amerite ser considerada dentro del servicio y que no esté especificada en el punto anterior. En caso que la incorporación de nuevas tareas implique una modificación a este instructivo, el Banco deberá solicitar la debida autorización a la Contraloría General de la República.



 



  5.3  Suministrar la mano de obra, materiales, herramientas y equipo necesario para cada uno de los trabajos que se indiquen.



               



5.4  Los trabajos incluirán todas las labores complementarias que se requieran para la realización correcta de cada trabajo, garantizando un funcionamiento sin interrupciones, a menos de que el trabajo lo amerite (previa aprobación del Gerente y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados) con el objeto de lograr el mejor resultado sin que esto implique ningún costo adicional.



Se entiende por labores complementarias aquellas que conlleven realizar acciones como solicitudes y permisos ante entidades reguladoras y fiscalizadoras como municipalidades o empresas de servicios públicos, para poder llevar a cabo la prestación de los servicios requeridos.





(Así reformado el punto 5.4) anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del 2012)



 



5.5 El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones de seguridad internas del Banco Popular, las de Salud Ocupacional y las que el Gerente y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados solicite para cada trabajo asignado.   



 



 (Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)



 



  5.6   Se clasifican y describen todos los servicios que debe estar dispuesto a prestar un proveedor al formar parte de un registro, en las siguientes categorías:



                 ÍTEM Nº 1. SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN EN ALBAÑILERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos compuestos en su mayoría por concreto como aceras, adoquines, alcantarillas, baldosas, cajas de registro, caños, ceniceros, cunetas, desagües, entrepisos, escaleras, lozas, paredes, pilas, postes, tapias y cualquier otro elemento en concreto que así lo amerite.



                 ÍTEM Nº 2. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN CARPINTERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos compuestos en su mayoría por madera como en barandas, batientes, cornisas, escaleras, marcos, muebles, puertas, rodapiés, ventanas y cualquier otro elemento que así lo amerite.



                 ÍTEM Nº 3. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN CERRAJERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los elementos que requieran llavines (con o sin llave), herrajes y dispositivos de cierre, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 4. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN CIELOS



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos que sean considerados cielos que pueden ser de tipo artesanados, gypsum, fibrolit, luxalón, plywood, tablilla, densglass y cualquier otro elemento que así lo amerite.



                 ÍTEM Nº 5. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN EBANISTERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los módulos, muebles, estaciones, estantes y utensilios de este tipo, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 6. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN FONTANERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los dispositivos mecánicos relacionados con el abastecimiento de agua potable y la evacuación de aguas pluviales, tuberías relacionadas con estas y cualquier elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 7. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN HOJALATERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos con especial atención en cubiertas y dispositivos utilizados para la evacuación de aguas como canoas, bajantes, botaguas, cumbreras, lima hoyas, limatones y cualquier otro elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 8. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO EN JARDINERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, compuestos en su mayoría por jardines y áreas verdes que incluirán zacate, arbustos, árboles y cualquier otro elemento de jardinería que así lo amerite.



                 ÍTEM Nº 9. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN PAREDES MODULARES



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos que se utilicen para cerramientos, divisiones y ordenamiento de espacios, como paneles modulares para paredes, puertas, marcos, contramarcos, ventanas y todos los dispositivos utilizados para completar estos sistemas modulares, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 10. SERVICIO COLOCACIÓN DE PISOS Y ENCHAPES



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos de uso o tránsito como alfombras, azulejos, cerámicas, madera, mosaico, terrazo y cualquier elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 11. SERVICIO DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN EN MANGUETERÍA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos como celosías, brazos hidráulicos, herrajes, estructuras, marcos (de aluminio), contramarcos (según especificaciones), ventanas (incluirá fijas y sistemas móviles) y cualquier elemento que así lo amerite incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.



                 ÍTEM Nº 12. SERVICIO DE REPARACIÓN EN METALMECÁNICA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos compuestos en su mayoría por perfiles metálicos como en alambre navaja, baranda, cerchas, cortinas arrollables, columna, cubiertas, enrejados, escaleras, estructuras, mallas, parrillas, pasamanos, portones (para automóviles y peatones de sistema eléctrico o manual), puertas, rampas, vigas, llavines y cualquier elemento que así lo amerite, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran. Los trabajos de soldadura considerarán todas las medidas y dispositivos de seguridad tanto del soldador como de las instalaciones (conexión de maquina).



                 ÍTEM Nº 13. SERVICIO DE REPARACIÓN EN PINTURA



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos como cubiertas, cielos, columnas, enrejados, escaleras, estructuras, mallas, paredes, parrillas, pisos, portones, tuberías, vigas y cualquier dispositivo que así lo amerite, siguiendo las mejores prácticas de limpieza y aplicación.



                 ÍTEM Nº 14. SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LA RED ELÉCTRICA



                 Los trabajos se realizarán en todos los elementos utilizados para la construcción de redes eléctricas como son ductería metálica, canaleta plástica, cambio de balastros, cambio de tubos fluorescentes, bombillos, cambio de tomas, apagadores, enchufes, disyuntores, revisión de circuitos, cortes de corriente, cables, lámparas, halógenos, luminarias, difusores y cualquier otro elemento que así lo amerite, para el correcto funcionamiento eléctrico de la instalación donde se brinde el servicio.



                 ÍTEM Nº 15. SERVICIO DE RESTAURACIÓN EN SUPERFICIES DE PISOS Y PAREDES



                 Los trabajos se realizarán en todos los espacios, elementos constructivos y arquitectónicos de uso o tránsito como pisos, paredes y dispositivos que así lo amerite, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran e incluirán labores de estucado, impermeabilización, limpieza, pulido, repellado, masillado, nivelado o los que correspondan según la necesidad.



                 ÍTEM Nº 16. SERVICIO DE REPARACIÓN DE SISTEMAS DE AGUAS SERVIDAS



                 Los trabajos se realizarán en todos los dispositivos mecánicos relacionados con la evacuación de aguas residuales y tuberías relacionadas con estas como drenajes, tanques y cualquier elemento que así lo amerite, incluyendo piezas y accesorios que estos requieran.




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        6. LIMPIEZA Y TRATAMIENTO DE DESECHOS



                6.1  El Contratista tratará y trasladará los desechos producidos durante la ejecución y al término de los trabajos fuera de las instalaciones del Banco Popular y/o los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados y será el único responsable.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)



 



                 6.2  El Contratista mantendrá en todo momento el inmueble libre de basura o escombros causados por el normal desarrollo de los trabajos. Al finalizar la obra, y antes de la recepción, removerá toda la basura del edificio y sus alrededores; retirará los equipos, herramientas y materiales sobrantes de su pertenencia y dejará el sitio en estado de limpieza a satisfacción de los supervisores.



                 6.3  Deberá cumplir todas las disposiciones se seguridad que amerite el proceso de recolección y acarreo de desechos y las que el Gerente o Administrador solicite.



                 6.4   Los desechos que se retiren de las oficinas del Banco Popular y/o los bienes transferidos en pago de obligaciones o adjudicados donde se realicen los trabajos, deberán ser depositados en un Centro de Acopio o botadero debidamente autorizado por la Municipalidad respectiva y será responsabilidad única del contratista.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del 2012)




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        7. LEGISLACIÓN



                 7.1  El Contratista tomará todas las precauciones necesarias para la seguridad en el trabajo. Cumplirá todas las leyes y reglamentos de seguridad y previsión sociales, con el fin de evitar accidentes o daños a las personas que se encuentran en el lugar donde se efectúan los trabajos o cerca del mismo.



                 7.2  El Contratista debe cumplir con la legislación vigente del país en materia laboral y Salud Ocupacional, así como cumplir con las normativas dictadas en la Ley de Riesgos 6727 del Instituto Nacional de Seguros, según se indica en el Reglamento General de los Riesgos de Trabajo.



                 7.3  El Contratista asume todas las obligaciones que establecen el Código de Trabajo y las leyes laborales vigentes, así como las cargas sociales correspondientes a este código.



                  7.4   El Contratista actuará como patrono en relación con todo el personal que intervenga en el proceso de ejecución de los trabajos. Entre ese personal y el Banco Popular no existirá ninguna relación laboral.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del  2012) 



                 7.5  Será responsabilidad del Contratista reparar en forma inmediata cualquier daño ocasionado como consecuencia de los trabajos, sin que esto ocasione costo extra alguno para el Banco.



                 7.6  El Contratista asumirá los costos por daños a personas ya sean estos funcionarios, clientes o visitantes, así como equipos e instalaciones del Banco causados por su personal o los trabajos que realiza.




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        8. FORMA DE PAGO



                 8.1 El pago se realizará como máximo a los cinco días (5) hábiles después de recibido en conformidad cada servicio y la factura con el respectivo visto bueno por parte del Gerente o Administrador, preferiblemente mediante depósito en la cuenta corriente o de ahorros que el adjudicatario mantenga con el Banco Popular. Para un trámite expedito del pago, el adjudicatario debe indicar el número de cuenta corriente o de ahorros que tiene en este Banco. De no contar con una cuenta de ahorros en el Banco Popular, se recomienda la suscripción de una cuenta corriente o de ahorros con el propósito de que el pago se le realice por medio de transferencia bancaria y así sea más ágil el pago; de lo contrario se efectuará mediante cheque.



 



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del  2012)



 



                 8.2  Deberá incluir en la factura final el monto de mano de obra con una descripción de los trabajos realizados, el monto de materiales, adjuntando la factura que corresponde a la compra de materiales utilizados en trabajo efectuado por el contratista y una copia del reporte de reparación.



                 8.3  Toda transacción debe respaldarse con facturas o comprobantes que reúnan los requisitos establecidos por la Dirección General de la Tributación Directa. Si se le ha dispensado del trámite de timbraje, deberá hacer referencia en las facturas o comprobantes que presenten ante el Banco, del número de resolución mediante la cuál se les eximió de ese trámite. El Banco no se responsabiliza por los atrasos que puedan darse en la fase de ejecución, con motivo del incumplimiento de este aspecto.



                 8.4  El pago se realizará en colones, y en caso de cotizaciones en dólares americanos, se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporte el Banco Central de Costa Rica para el día en que se emite el pago.



                 8.5  El contratista debe presentar mensualmente al CSF al cual se encuentra adscrito, constancia emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social, en donde se demuestre que se encuentra al día con el pago de sus obligaciones con la seguridad social de este país (artículo 74 de la Ley Orgánica de la CCSS). Esta constancia aplicará de igual forma para la verificación del cumplimiento de este requisito por parte del contratista, cuando se requiera realizar reparaciones a los bienes adjudicados. Lo anterior por cuanto se trata del mismo registro de proveedores y el mismo rol, dependiendo de la cercanía del bien adjudicado con los CSF, Sucursales o edificios administrativos dentro del Gran Área Metropolitana.



 



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del  2012)



 



                 8.6 En caso que los acabados no cumplan con los requerimientos solicitados por el PIP y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados o se presente un incumplimiento parcial o total del servicio, será motivo para dar por finalizado el trabajo y por lo tanto no se ejecutará el trámite de pago correspondiente sin que implique algún costo adicional para el Banco. Ante el panorama de que el proveedor no concluya la prestación del servicio requerido en los términos regulados en el Instructivo o en el caso de que habiéndolo concluido lo realizó de manera defectuosa siendo que la Gerencia o el funcionario autorizado no avaló su correcto proceder, el Banco no incurrirá en ningún pago por ese concepto y solicitará el requerimiento al siguiente de la lista de inscripción de acuerdo al orden del rol en caso de ser necesario o lo podrá realizar con personal propio del Banco. En los supuestos en que el trabajo se realizó de manera parcial por motivos propios del Banco, según lo indicado en el punto 2.4 de este documento, el pago que se reconocerá al contratista corresponderá sólo a lo que efectivamente haya ejecutado hasta el momento en que el Banco detuvo la prestación del servicio, según lo originalmente contratado, debiendo presentar para estos efectos el contratista la documentación probatoria de respaldo necesaria para cobrar las erogaciones en que incurrió.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo  del  2012)




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           9.  SANCIONES Y MULTAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTOS



                 9.1  En caso de incumplimiento o no atención en el tiempo de respuesta una vez reportada la avería, el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le extenderá al proveedor una llamada de atención por escrito. En caso de reiterar su incumplimiento cuando le corresponda nuevamente prestar el servicio de acuerdo al orden del rol, será sancionado con un mes fuera del registro manteniendo su numeración en el rol y de incumplir nuevamente será retirado del registro.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del  2012)



 



                9.2 Por incumplimiento en el tiempo establecido de entrega del trabajo, el contratista deberá pagar al Banco Popular y de Desarrollo Comunal el 2,5% del monto adjudicado por concepto de reparación, por cada día natural de atraso, hasta un máximo del 25%. La suma que corresponda por concepto de la aplicación de esta cláusula, será rebajada del pago que se le haga al contratista.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100  del 24 de mayo del  2012)




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        10.VIGENCIAS



        Este procedimiento tendrá una vigencia de dos años a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta y podrá prorrogarse la aplicación de este Instructivo, previa autorización del Órgano Contralor, por un plazo igual al plazo inicialmente autorizado.



        De igual manera el plazo de vigencia del formulario de inscripción de los proveedores interesados -de donde se obtendrá el consecutivo del rol en cada Oficina- será el mismo de la vigencia del documento Instructivo.



        Una vez concluidos los plazos de vigencia del Instructivo y del formulario de inscripción y antes de su prórroga -si así lo autoriza la Contraloría General de la República-, cualquier proveedor inscrito podrá manifestar su deseo de no continuar perteneciendo inscrito en la lista de proveedores que se confeccionará en cada Oficina para estos fines, para lo cual deberá comunicarlo al gerente de cada CSF, Sucursal -en cuyos casos así lo harán saber al PIP- o encargado del PIP. Los proveedores podrán solicitar expresamente su deseo de retirarse de un registro en cualquier momento, preferiblemente antes de que le corresponda por el orden del rol prestar un servicio.




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        11. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO



     Cada vez que se asigne un trabajo, el Banco extenderá una Orden de Pedido que hará las veces de Orden de Compra y que se constituirá en el documento que para todos los fines ordene la correspondiente ejecución contractual. El Banco entregará la Orden de pedido o la notificará mediante fax a más tardar un (1) día hábil posterior a la adjudicación, misma que se hará efectiva cuando el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados le comunique al Proveedor la razonabilidad del precio cotizado para el servicio requerido.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)




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        12. INSPECCIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CONTRATO



     El Órgano Fiscalizador tiene como obligación velar porque el contratista se ajuste al estricto cumplimiento de todos los puntos y solicitudes pactadas en este Instructivo así como en la prestación del servicio. Se entenderá que el Órgano Fiscalizador lo constituye el Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados, a quien le corresponden las atribuciones y obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa.

(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)




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        13. MEJORAS A LO OFRECIDO



     El Banco por medio del Proceso de Infraestructura y Proyectos y/o el Subproceso Administración de Bienes Adjudicados estará facultado para aceptar las mejoras, cambios e innovaciones en los materiales y servicios que le proponga el contratista y que se planteen con posterioridad al ofrecimiento presentado, siempre que no le represente ningún costo adicional al Banco o un aumento en el plazo de entrega y que se reviertan a favor del mejor beneficio para el Banco medido en función de incrementos en la capacidad, calidad o potencialidad de lo contratado.



(Así reformado el punto anterior y publicado en La Gaceta N° 100 del 24 de mayo del 2012)




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        14. DISPOSICIÓN FINAL



                 14.1 En todo lo que no esté expresamente normado en el presente instructivo, le aplicarán supletoriamente todas las disposiciones contenidas en la Ley de Contratación Administrativa y en su respectivo Reglamento. Además, para aquellos trabajos que superen el monto establecido de $1.500,00, serán tramitados por los procedimientos ordinarios de Contratación Administrativa, que para tales efectos tenga el Banco Popular, para la atención de este tipo de servicios.



5 de setiembre de 2011.-




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Fecha de generación: 14/1/2026 01:25:37
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