
INSTRUCCIONES
PARA SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN
QUE SE SOLICITA EN EL
ANEXO 1 DEL
INSTRUCTIVO
NOMBRE DE LA ENTIDAD AUTORIZADA: Deberá anotarse el nombre completo de la
entidad autorizada.
FECHA DEL
INFORME: Fecha en la cual se realizaron las operaciones antes descritas.
I- OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISAS
TOTAL DE DIVISAS COMPRADAS (1+2):
. EUA$: Anotar la suma de todas las
compras de divisas, incluyendo las adquiridas por las liquidaciones de
operaciones con derivados cambiarios de cumplimiento efectivo, que haya
realizado la entidad durante el período de operaciones, tanto al público como a
entidades autorizadas.
. T.C. Prom: Corresponde al tipo de
cambio promedio ponderado resultante de dividir los colones (COL) pagados entre
el total de divisas compradas, convertidas a EUA$.
. Col: Corresponde a la suma total en
colones que la entidad autorizada pagó por las divisas compradas. Deben
incluirse las operaciones realizadas tanto con el público como con entidades
autorizadas.
1. Compras al público:
. EUA$: Anotar la suma de todas las
compras de divisas al público, incluyendo las adquiridas por las liquidaciones
de operaciones con derivados cambiarios de cumplimiento efectivo, que haya
realizado la entidad durante el período de operaciones.
. T.C. Prom: Corresponde al tipo de
cambio promedio ponderado resultante de dividir los colones (Col) pagados entre
el total de divisas compradas convertidas a EUA$.
. Col: Anotar el monto total en colones
que la entidad autorizada pagó por las divisas compradas al público.
. Cantidad de operaciones: Anotar la
cantidad de operaciones de compra realizadas con el público.
2. Compras a intermediarios autorizados:
. EUA$: Anotar todas las compras de
divisas a otras entidades, incluyendo las adquiridas por las liquidaciones de
operaciones con derivados cambiarios de cumplimiento efectivo, que haya realizado la entidad durante el período
de operaciones.
. T.C. Prom: Corresponde al tipo de
cambio promedio ponderado resultante de dividir los colones (Col) pagados entre
el total de divisas compradas a entidades convertidas a EUA$.
. Col: Anotar el monto en colones que la
entidad autorizada pagó por las divisas compradas a otras entidades.
. Cantidad de operaciones: Anotar la
cantidad de operaciones de compra realizadas con otras entidades.
. Siglas de la entidad: Toda aquella
entidad autorizada que compra debe indicar las siglas de la (s) entidad (es)
con la (s) cual (es) realizó la operación.
. Monto: Debe señalarse el monto de
divisas comprado a la otra entidad.
TOTAL DE DIVISAS VENDIDAS (3+4):
. EUA$: Anotar la suma de todas las
ventas de divisas, incluyendo las entregadas por las liquidaciones de operaciones
con derivados cambiarios de cumplimiento efectivo, que haya realizado la entidad durante el
período de operaciones, tanto al público como aentidades autorizadas.
. T.C. Prom: Corresponde al tipo de
cambio promedio ponderado resultante de dividir los colones (Col) recibidos
entre el total de divisas vendidas convertidas a EUA$.
. Col: Corresponde a la suma total en
colones que la entidad autorizada recibió por las divisas vendidas. Deben
incluirse las operaciones realizadas tanto con el público como aentidades
autorizadas.
3. Ventas al público:
. EUA$: Anotar la suma de todas las
ventas de divisas al público, incluyendo las entregadas por las liquidaciones
de operaciones con derivados cambiarios de cumplimiento efectivo, que haya realizado la entidad durante el
período de operaciones.
. T.C. Prom: Corresponde al tipo de
cambio promedio ponderado resultante de dividir los colones (Col) recibidos
entre el total de divisas vendidas convertidas a EUA$.
. Col: Anotar el monto total en colones
que la entidad autorizada recibió por las divisas vendidas al público.
. Cantidad de operaciones: Anotar la
cantidad de operaciones de venta realizadas con el público.
4. Ventas a intermediarios autorizados:
▪ EUA$: Anotar todas las ventas de
divisas a otras entidades, incluyendo las entregadas por las liquidaciones de
operaciones con derivados cambiarios de cumplimiento efectivo, que haya
realizado la entidad durante el período de operaciones.
▪ T.C. Prom: Corresponde al tipo de
cambio promedio ponderado resultante de dividir los colones (Col) recibidos
entre el total de divisas vendidas aentidades convertidas a EUA$.
▪ Col: Anotar el monto en colones que la
entidad autorizada recibió por las divisas vendidas a otras entidades.
▪ Cantidad de operaciones: Anotar la
cantidad de operaciones de venta realizadas con otras entidades.
▪ Siglas de la entidad: Toda aquella
entidad autorizada que vende debe indicar las siglas de la (s) entidad (es) con
la (s) cual (es) transó la operación.
▪ Monto: Debe señalarse el monto de
divisas vendidas a la otra entidad.
II-DECLARACIÓN DE
POSICIÓN PROPIA EFECTIVA EN DIVISAS
PPED DEL DÍA
ANTERIOR: Posición propia efectiva endivisas resultante de las
operaciones del día anterior, la cual al cumplir con las normas en cuanto a su
límite global y a su variación diaria máxima permitida, según lo dispuesto en
el ROCC y en el RODC, se corresponde con la PPAD. Debe anotarse el total de
activos, de pasivos y el neto de derivados cambiarios en moneda extranjera -
PNDC (equivalentes en EUA$) del final del día anterior.
OPERACIONES DIARIAS
NETAS LIQUIDADAS: Indicar en este renglón el monto neto resultante del
total de las divisas compradas menos el total de las divisas vendidas, según la
sección I- OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISAS LIQUIDADAS.
OPERACIONES DIARIAS
NETAS CON DERIVADOS CAMBIARIOS LIQUIDADAS: Indicar en este
renglón el monto resultante del total de divisas compradas menos el total de
divisas vendidas que se liquidaron en el día.
OPERACIONES DIARIAS
NETAS CON DERIVADOS CAMBIARIOS: Indicar en este renglón el monto resultante
del total de divisas compradas menos el total de divisas vendidas del día.
PPED FINAL POR
OPERACIONES: corresponde al nuevo saldo de activos, pasivos y
neto de derivados cambiarios producto de sumar o restar el neto de las
operaciones cambiarias de contado y con derivados cambiarios del día.
MODIFICACIÓN POR
INGRESOS Y GASTOS FINANCIEROS: Corresponde a las operaciones que no afecten
el mercado cambiario, según lo establecido en el Artículo 4, inciso b) del
ROCC.
PPED AL FINAL DEL DÍA:
Posición propia efectiva en divisas resultante de las operaciones del día, la
cual deberá cumplir con las normas en cuanto a su límite global y a su
variación diaria máxima permitida, según lo dispuesto en el ROCC y en el RODC,
para convertirse en la PPAD.