N°
35126
(Este decreto fue derogado
por el artículo 2° "Integración del Consejo de Transporte Público"
aprobado mediante decreto ejecutivo N° 36179 del 3 de agosto de 2010)
- EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
De conformidad con
los incisos 1) y 18) del artículo 140 y el numeral 146 de la Constitución
Política, artículos 28.1, 28.2.b., 59, 89, 103 de la Ley General de la
Administración Pública, Nº 6227, Ley de Creación del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes Nº 4786 y sus reformas, los numerales 8 y 9 de la Ley
Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en
Vehículos en la Modalidad Taxi, Nº 7969 y sus reformas.
Considerando:
1º-Que mediante el
artículo 5 de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado
de Personas en Vehículos en la Modalidad Taxi, Nº 7969, se crea el Consejo de
Transporte Público, como órgano con desconcentración máxima, con personería
jurídica instrumental.
2º-Que
de conformidad con el numeral 9 de la Ley supra citada, los miembros del
Consejo de Transporte Público serán nombrados mediante Decreto Ejecutivo,
nombramiento que será por un plazo máximo equivalente al del nombramiento del
Presidente, pudiendo ser reelegidos.
3º-Que
siguiendo el procedimiento legal correspondiente, la señora Ministra de Obras
Públicas y Transportes, realizó la convocatoria para la conformación e
integración del Consejo de Transporte Público, misma que se efectuó mediante
publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 99 del 24 de mayo del
2006.
4º-Que
de conformidad con el inciso a) artículo 8 de la Ley de cita, la integración de
la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, comprende en su
conformación a la Ministra de Obras Públicas y Transportes o su delegado, quien
lo presidirá.
5º-Que
mediante oficio 20084025 de fecha 20 de octubre del 2008, la Señora Ministra de
Obras Públicas y Transportes, designo a la señora Lic. Rosaura Montero Chacón,
portadora de la cédula de identidad Nº 1-410-570, en su condición de
Viceministra del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, como delegada de
la señora Ministra ante la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público,
el cual presidirá en calidad de presidenta.
6º-Que
el artículo 89 de la Ley General de la Administración, establece que todo
servidor podrá delegar sus funciones propias en su inmediato inferior cuando
ambos tengan funciones de igual naturaleza. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º-Designar a la Lic. Rosaura Montero Chacón, portadora de la cédula de
identidad Nº 1-410-570, en su condición de Viceministra del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, como delegada de la señora Ministra ante la Junta
Directiva del Consejo de Transporte Público, el cual presidirá en calidad de
presidenta.