Artículo 2º-Requisitos para la autorización de la
inscripción. Se debe presentar ante la Superintendencia General de Entidades
Financieras una carta de solicitud de inscripción debidamente firmada por el
interesado cuando se trate de una persona física, o por el representante legal
cuando sea una persona jurídica, autenticada por Notario Público, y con
indicación del lugar dentro del perímetro de la ciudad de San José o el medio
donde atenderá notificaciones. Si se trata de una persona física extranjera
deberá contar con un domicilio en Costa Rica verificable, para efectos de notificación.
Dicha solicitud deberá estar acompañada de la siguiente información:
a) Para personas físicas:
i. Nombre completo y demás calidades del solicitante.
ii. Profesión u oficio.
iii. Fotocopia por ambos lados
de la cédula de identidad para el caso de nacionales, fotocopia de la cédula de
residencia para extranjeros, o fotocopia del pasaporte en caso de no poseer
cédula
de residencia, debidamente
certificada por Notario Público con fecha de emisión no mayor a dos meses.
iv. Dirección exacta del lugar
de residencia.
v. Dirección exacta del lugar
donde se ubica o ubicará la oficina o local comercial, y las agencias,
sucursales o similares.
vi. Teléfono de la casa de
habitación y de la oficina o local comercial donde realiza o realizará sus
actividades.
vii. Certificado de
delincuencia de Costa Rica y de su país de origen con fecha de emisión no mayor
a dos meses. En caso de ser un ciudadano extranjero cuyo gobierno es federal,
deberá presentar dicho certificado a nivel federal y estatal.
viii. Declaración jurada rendida ante Notario Público
en la que se consigne en forma detallada las actividades que lleva o llevará a
cabo, las cuales deben coincidir con al menos una de las que establece el
Artículo 15 de la Ley 8204; además, la declaración debe incluir un detalle de
la forma en que se realizan o se realizarán las operaciones.
ix. Indicación de las entidades financieras, el
titular y las personas autorizadas, así como los números de las cuentas
corrientes, los números de las cuentas de ahorro, fideicomisos, o cualquier otro
medio o instrumento financiero que se pretenda emplear o se utilice para el
manejo o administración de fondos derivados de las actividades que serán objeto
de inscripción. Para tal fin, deberá presentar el estado de cada una de las
cuentas corrientes o de ahorros para los últimos doce meses, emitido por la
respectiva entidad.
x. Estados financieros anuales correspondientes al
último periodo fiscal, e intermedios con fecha corte no mayor a tres meses de la
fecha de presentación de la solicitud, ambos firmados por la persona física y
por un Contador Privado. En caso de no poseer estados financieros, podrá
presentar una certificación emitida por un Contador Público Autorizado sobre
los ingresos y gastos, y la situación patrimonial.
xi. Copia del Manual de Cumplimiento establecido en el
Artículo 3 de la Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204.
xii. Cualquier otra información que estime la SUGEF,
para efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos indicados en los subincisos
anteriores.
b) Para personas jurídicas:
i. Nombre completo del representante legal y
apoderados de la sociedad.
ii. Profesión u oficio del representante o
representantes legales.
iii. Fotocopia certificada por Notario Público, con
fecha de emisión no mayor a dos meses, de la cédula de identidad del
representante y demás apoderados en el caso de nacionales, fotocopia
certificada de la cédula de residencia para extranjeros, o fotocopia
certificada del pasaporte en caso de no poseer cédula de residencia.
iv. Dirección exacta del lugar de residencia del
representante legal y demás apoderados.
v. Domicilio social de la empresa.
vi. Dirección exacta del lugar donde su ubica o
ubicará la oficina o local comercial, y las agencias, sucursales o similares.
vii. Teléfono del lugar de trabajo del representante
legal y demás apoderados, y de la solicitante.
viii. Declaración jurada del representante legal o
apoderado generalísimo sin límite de suma, rendida ante Notario Público, en la
que se consigne en forma detallada las actividades que lleva
o llevará a cabo la solicitante, las cuales deben
coincidir con al menos una de las que establece el Artículo 15 de la Ley 8204; además,
la declaración debe incluir un detalle de la forma en que
se realizan o realizarán las operaciones.
ix. Indicación de las entidades financieras, el
titular y las personas autorizadas, así como los números de las cuentas
corrientes, los números de las cuentas de ahorro, fideicomisos, o cualquier otro
medio o instrumento financiero que se pretenda emplear o se utilice para el
manejo o administración de fondos derivados de las actividades que serán objeto
de inscripción. Para tal fin, deberá presentar el estado de cada una de las
cuentas corrientes y de ahorros para los últimos doce meses, emitido por la respectiva
entidad.
x. Fotocopia certificada con fecha de emisión no mayor
a dos meses, de la escritura constitutiva de la empresa y sus reformas.
xi. Fotocopia certificada de la cédula jurídica con
fecha de emisión no mayor a dos meses.
xii. Certificación emitida por Notario Público que
haga constar el número de acciones emitidas, suscritas y pagadas, el tipo y
valor de cada tipo de acción; y el nombre, calidades y dirección exacta de los
accionistas, según los asientos de inscripción del Libro de Accionistas de la
sociedad. También deberá dar fe de que las personas que aparecen en dichos
asientos o en el pacto constitutivo son los únicos accionistas a la fecha de
emisión de la certificación.
En caso de que los accionistas sean personas
jurídicas, se debe presentar el mismo detalle de los socios hasta el nivel de
persona física con participación superior al 5%, mediante certificación extendida
por un Notario Público. Dicha certificación debe tener una fecha de emisión no
mayor a dos meses.
xiii. Los socios, directores y representantes legales
deberán presentar certificado de delincuencia de Costa Rica y de su país de
origen.
Para el caso de ciudadanos extranjeros cuyo gobierno
es federal deberán presentar dicho certificado a nivel federal y a nivel estatal.
Ese certificado debe tener una fecha de emisión no mayor a dos meses.
xiv. Certificación de quienes ejercen la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad y de las personas que
sean apoderados generales o generalísimos con o sin limitación de suma de la
empresa. Dicha certificación debe tener una fecha de
emisión no mayor a dos meses.
xv. Certificación emitida por notario público que haga
constar los nombres de los miembros de la Junta Directiva, así como fotocopias
certificadas de las cédulas de identidad, cédulas de
residencia o pasaporte, según corresponda. Dicha
certificación debe tener una fecha de emisión no mayor a dos meses.
xvi. Estados financieros anuales correspondientes al
último periodo fiscal e intermedios con fecha corte no mayor a tres meses de la
fecha de presentación de la solicitud, ambos firmados por el Representante
Legal y por el contador de la empresa.
xvii. Copia del Manual de Cumplimiento establecido en
el Artículo 3 de la Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204.
xviii. Cualquier otra información que estime la SUGEF,
para efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos indicados en los subincisos
anteriores.
c) Para fideicomisos o administración de recursos de
terceros: Si la solicitud es de una persona física o jurídica que actúa como fiduciario
o realiza cualquier tipo de administración de recursos
por cuenta de terceros, o ambos, ésta se deberá
acompañar de los documentos que se señalan seguidamente:
i. Información de la persona física o jurídica que
figura como fiduciario o administrador de recursos, de conformidad con lo establecido
en este Artículo en los incisos a) y b) anteriores,
según corresponda.
ii. Detalle de los contratos de fideicomiso que
administra, en donde se indique el objeto del fideicomiso, fecha de
constitución, las personas físicas o jurídicas que actúan como fideicomitentes
y fideicomisarios, plazo del fideicomiso, y detalle y monto del patrimonio
fideicometido. Asimismo, deberá presentar copia de un ejemplar de cada uno de
los tipos de fideicomisos vigentes que administre, entendiendo por tipo como
aquellos contratos suscritos con diferentes fideicomitentes bajo iguales
cláusulas.
iii. Detalle de los contratos de otro tipo de
administración de recursos que administra, en donde se indique el objeto del
contrato, fecha de constitución, las personas físicas o jurídicas que
participan, plazo del contrato, y monto. Asimismo, deberá presentar copia de un
ejemplar de cada uno de los tipos de contratos vigentes que administre,
entendiendo por tipo como aquellos contratos suscritos con diferentes clientes
bajo iguales cláusulas.
iv. Copia del Manual de Cumplimiento establecido en el
Artículo 3 de la Normativa para el Cumplimiento de la Ley 8204.
v. Cualquier otra información que estime la SUGEF,
para efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos indicados en los subincisos
anteriores.
Cuando se trate de documentos expedidos en el
exterior, éstos deben cumplir con los trámites consulares respectivos, y deben
ser traducidos al idioma español.